III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-21766)
Resolución de 25 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes, la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa y el Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua-Basque Institute, para la realización de actividades culturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166490

– Gestión de los préstamos de las obras, que se concentrarán en el Museo de Bellas
Artes de Bilbao para el transporte hasta el primer centro de la itinerancia.
– Realización y costes del proyecto museográfico para la adaptación de la muestra
en las diferentes salas: París, Roma y Tokio.
– Contratar y asumir el gasto del transporte de concentración desde los lugares de
origen hasta Bilbao y la producción de los embalajes según la normativa internacional.
También asume el almacenamiento en Bilbao, si es necesario, una vez que la exposición
haya finalizado en Tokio, y antes de la dispersión de las obras una vez haya finalizado la
exhibición en Bilbao.
– Trabajos de montaje y desmontaje para la exhibición en Bilbao, así como los
gastos de desembalaje y embalaje en la sede de Bilbao y la dispersión de las obras tras
la clausura.
– Producción de la película integrante de la exposición con subtítulos en inglés.
– Ceder las obras con sus correspondientes embalajes de acuerdo con las
condiciones del transporte aéreo internacional y el cumplimiento de la normativa
fitosanitaria y de seguridad.
– Con el fin de dar cumplimiento a los compromisos asumidos por el IC y AC/E con
respecto al transporte y seguro de las obras integrantes de la exposición y su
disponibilidad presupuestaria, la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao dará
traslado al IC y a AC/E de los cambios que, en su caso, se produzcan en el listado de
obras integrantes de la exposición que se adjunta como Anexo I, así como de los
requerimientos de los prestadores y características de las obras con tiempo suficiente
para que el Instituto Cervantes encargue el servicio del transporte hasta el primer centro
de la itinerancia.
– Gestión de la persona o personas que actúen como correos designados por las
instituciones prestadoras en los periodos de montaje/desmontaje durante toda la
itinerancia.
– Coordinar el catálogo de la exposición, de su producción y asumir una parte de los
gastos de producción (ver anexo II).
El Instituto Etxepare, por su parte asume los gastos derivados de la traducción de los
textos a los idiomas en los que se publicará el catálogo.
Financiación.

Para el año 2021, el Instituto Cervantes financiará los gastos derivados de los
compromisos que asume en el presente convenio con un máximo de 35.000,00 euros,
dotados en su presupuesto, dentro del proyecto 612, para dicho ejercicio, en el que
cuenta con crédito suficiente. Para el año 2022, financiará los gastos derivados del
presente convenio con un máximo de 35.000,00 euros.
AC/E financiará, en 2022, los gastos derivados de los compromisos que asume en el
presente convenio con un máximo de 80.000,00 euros, más el IVA que en su caso
corresponda.
Por su parte, la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao asumirá los gastos
derivados de la realización de los compromisos que asume en el presente convenio,
hasta un máximo de 30.000,00 euros, de los cuales aportará en el año 2021 hasta un
máximo de 20.000,00 euros, más el IVA que en su caso corresponda, dotados en su
presupuesto para dicho ejercicio, en el que cuenta con crédito suficiente.
En el año 2021, el Instituto Etxepare asumirá los gastos derivados de la realización
de los compromisos que asume en el presente convenio, hasta un máximo de 18.000,00
euros, dotados en su presupuesto para dicho ejercicio, en el que cuenta con crédito
suficiente.
Para el año 2022 y para el resto de años que pudiera estar vigente el presente
convenio, en caso de prórroga, la aportación de esos recursos estará supeditada, en
todo caso, a las disponibilidades presupuestarias de cada una de las partes.

cve: BOE-A-2021-21766
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Tercera.