III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21764)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166476
menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de categorías 1A
y 1B por m³ de material o componente, previa prueba de acuerdo con CEN / TS 16516 e
ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos de determinación
comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las
emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones
asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en
cuanto la posible contaminación de suelos y agua.»
• Para la prevención y el control de la contaminación y protección y restauración de
la biodiversidad y los ecosistemas: «Cuando las actuaciones de rehabilitación tengan
lugar en áreas sensibles a la biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas
protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la
biodiversidad, así como otras áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el
cumplimiento de los artículos 6 (3) y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la
Directiva de aves. Además, cuando sea preceptivo, se llevará a cabo una Evaluación de
Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo con la Directiva EIA.»
• Para mitigación del cambio climático: «En la rehabilitación de edificios se tendrá en
consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia
energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo,
permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable.»
• Para adaptación al cambio climático: «Las medidas de rehabilitación permitirán
contribuir a la adaptación de los edificios al cambio climático, adoptando las soluciones
de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación
existente y su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de
cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado…»
• Para transición a una economía circular:
«(I) Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no
peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista
europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 / EC) generados, en las
actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y
recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos
para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(II) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos
relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las
mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la
eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y
reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los
sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
(III) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la
circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de
desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más
eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la
reutilización y el reciclaje.»
Por último, todas las actuaciones deberán adecuarse a las etiquetas climáticas que le
correspondan. Las etiquetas y su porcentaje de contribución asociado en el PRTR son
las siguientes:
– 035 «Medidas de adaptación al cambio climático y prevención y gestión de riesgos
relacionados con el clima: Inundaciones (incluidas las acciones de sensibilización, la
protección civil, los sistemas e infraestructuras de gestión de catástrofes y los enfoques
ecosistémicos)», con una contribución a objetivos climáticos del 100 %.
cve: BOE-A-2021-21764
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166476
menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de categorías 1A
y 1B por m³ de material o componente, previa prueba de acuerdo con CEN / TS 16516 e
ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos de determinación
comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las
emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones
asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en
cuanto la posible contaminación de suelos y agua.»
• Para la prevención y el control de la contaminación y protección y restauración de
la biodiversidad y los ecosistemas: «Cuando las actuaciones de rehabilitación tengan
lugar en áreas sensibles a la biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas
protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la
biodiversidad, así como otras áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el
cumplimiento de los artículos 6 (3) y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la
Directiva de aves. Además, cuando sea preceptivo, se llevará a cabo una Evaluación de
Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo con la Directiva EIA.»
• Para mitigación del cambio climático: «En la rehabilitación de edificios se tendrá en
consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia
energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo,
permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable.»
• Para adaptación al cambio climático: «Las medidas de rehabilitación permitirán
contribuir a la adaptación de los edificios al cambio climático, adoptando las soluciones
de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación
existente y su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de
cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado…»
• Para transición a una economía circular:
«(I) Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no
peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista
europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 / EC) generados, en las
actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y
recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos
para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(II) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos
relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las
mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la
eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y
reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los
sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
(III) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la
circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de
desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más
eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la
reutilización y el reciclaje.»
Por último, todas las actuaciones deberán adecuarse a las etiquetas climáticas que le
correspondan. Las etiquetas y su porcentaje de contribución asociado en el PRTR son
las siguientes:
– 035 «Medidas de adaptación al cambio climático y prevención y gestión de riesgos
relacionados con el clima: Inundaciones (incluidas las acciones de sensibilización, la
protección civil, los sistemas e infraestructuras de gestión de catástrofes y los enfoques
ecosistémicos)», con una contribución a objetivos climáticos del 100 %.
cve: BOE-A-2021-21764
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312