III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21764)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166469

turísticos, limitando la contaminación por carbono y estimulando la transición hacia
energías renovables, así como actuaciones de movilidad sostenible:
– Mitigación del cambio climático.
– Descarbonización.
– Movilidad sostenible.
EJE 3. Actuaciones en el ámbito de la transición digital: Comprende todas aquellas
actuaciones que faciliten la mejora continua de los procesos incluidos en la cadena de
valor turística mediante el uso de la tecnología:
– Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino.
– Gestión del impacto que genera el turismo en el destino:
• Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que
integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial.
• Acciones en materia de dinamización del sector turístico.
• Gobernanza pública y su acceso a tecnología.
EJE 4. Actuaciones en el ámbito de la competitividad: Comprende todas aquellas
acciones de creación de oferta, mejora del producto, creación de equipamientos,
embellecimiento de espacios públicos, así como todo lo relacionado con la mejora
constante de la gestión del destino:















Comunicación y sensibilización de residentes y de turistas.
Actuaciones de mejora del entorno urbano.
Reconversión de zonas turísticas.
Inventarios de recursos turísticos.
Certificaciones de sostenibilidad.
Creación de nueva oferta turística.
Mejora de la accesibilidad.
Creación de equipamientos de turismo activo.
Gestión de equipamientos para servicios turísticos.
Puesta en valor de productos locales para el turismo.
Programas y protocolos de seguridad e higiene.
Funcionamiento del ente gestor del destino turístico.
Sistemas de evaluación de resultados.
Mejora de la Calidad del Destino.

i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización
ulterior de los mismos;
ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de
la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de
efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de
referencia pertinentes;
iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas
de tratamiento mecánico-biológico;
iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar
daños al medio ambiente.
Actuaciones objeto de financiación: Serán objeto de financiación las actuaciones
propuestas por las Comunidades Autónomas, que cumplan todos los criterios de
elegibilidad antes descritos, puedan finalizarse en plazo y se incluyan en el presente
acuerdo.

cve: BOE-A-2021-21764
Verificable en https://www.boe.es

En cualquier caso, no serán financiables las actividades incluidas en lista de
exclusión establecida en la Decisión de Ejecución del Consejo para esta inversión,
indicando que no serán financiables: