III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Educación infantil. (BOE-A-2021-21761)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil, en el marco del componente 21 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Año 2021

N.º de plazas

Comunidad Autónoma

MURCIA (Región de).

Año 2022

N.º de plazas

Sec. III. Pág. 166420

Año 2023

N.º de plazas

1.313

1.313

1.313

NAVARRA (Comunidad Foral de).

391

391

391

PAÍS VASCO.

506

506

506

RIOJA (La).

154

154

154

21.794

21.794

21.794

TOTALES.

13.

Evaluación y seguimiento

Las actuaciones estarán sometidas al seguimiento y control que se establezca para
el Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las obligaciones
específicas relativas a la información y publicidad, control, verificación, seguimiento y
demás obligaciones impuestas por la normativa interna y de la Unión Europea que para
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE se establezcan y cuya aplicación
será de obligado cumplimiento.

cve: BOE-A-2021-21761
Verificable en https://www.boe.es

Dado que el Programa de Cooperación Territorial de impulso de escolarización en el
Primer Ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública,
prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, está incluido dentro del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRR), está sujeto, en todo caso, al
cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados en dicho Plan, y a la plena
aplicación de los mecanismos de gestión y control que se establezcan para el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE y a la normativa de la Unión
Europea aplicable a la gestión, seguimiento y control que se establezca para el Plan de
Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las específicas relativas a la
información y publicidad, verificación y demás impuestas por la normativa de la Unión
Europea, cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
El importe del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a la
Unión Europea es de 69.528 millones de euros, alcanzando su horizonte temporal de
ejecución hasta 2026.
Se ha considerado en la redacción del presente Acuerdo las «Orientaciones para la
transferencia de fondos a las comunidades autónomas para financiar medidas con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través de Conferencia Sectorial o mediante
ayudas convocadas por el Estado y gestionadas por aquellas como entidades
colaboradoras» del Ministerio de Hacienda de 11 de febrero de 2021.
Asimismo, de conformidad con el artículo 44 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (BOE del 3 de enero), la ejecución del crédito queda sujeta a lo dispuesto en
el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con las
especialidades en él recogidas.
La Comunidad Autónoma asume la responsabilidad en cuanto al seguimiento de la
ejecución del coste estimado a través del seguimiento de la ejecución contable de los
gastos imputados a proyectos o iniciativas del PRR (artículo 46 RD-L36/2020).
Tanto el artículo 7 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado como el
artículo 37 del Real Decreto Ley 36/2020 prevén la obligación que tienen las
Comunidades Autónomas de reembolsar total o parcial de los fondos transferidos en el
caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, a través del
procedimiento de reintegro que se determine por Orden de la Ministra de Hacienda.
Si procede, los hitos y objetivos deberán ajustarse en función de la revisión del coste
estimado, antes mencionada.