III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2021-21779)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio entre el Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad y el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, M.P., SA, para la puesta en marcha de un Espacio de Observación sobre Ciberseguridad en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166667
Quinto.
Que a nivel europeo la ciberseguridad también se considera prioritaria, como
muestra, por ejemplo, la estrategia presentada en diciembre de 2020 «Estrategia
Europea de Ciberseguridad para la Década Digital» que considera que la mejora de la
ciberseguridad es «esencial para que las personas se beneficien de la innovación, la
conectividad y la automatización, y para salvaguardar los derechos y libertades
fundamentales».
Sexto.
Que el Gobierno de España ha puesto en marcha en abril de 2021 el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, un plan de inversiones y reformas, con un
triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar a
medio plazo un proceso de transformación estructural, y llevar a largo plazo a un
desarrollo más sostenible y resiliente.
La rápida transformación digital de la economía y la sociedad ha convertido a las
competencias digitales en herramientas básicas para poder aprovechar las
oportunidades que ofrece desde el punto de vista económico, social y ambiental: nuevas
y accesibles formas de comunicación y de prestación de servicios.
En este escenario, se va a llevar a cabo competencias digitales ligadas al
aprendizaje en el campo de la ciberseguridad y la confianza digital. En concreto, está
previsto que se destinen a este fin las actuaciones de la Inversión 1, Línea de
actuación 1 del componente 19, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
Competencias Digitales (digital skills).
Los programas incorporados en esta área incorporan un notable esfuerzo de
concienciación y sensibilización que deben llegar al mayor número posible de la
población, a través de campañas de comunicación, acciones de proximidad, y del
desarrollo de recursos específicos para tales fines. La implementación de estos
programas exige por otro lado el conocimiento profundo y la evaluación de la realidad en
relación con la realidad fáctica sobre la que deben operar, para lo que el análisis de los
datos vinculados a la materia objeto del convenio, se revela como un instrumento de
primer orden.
Séptimo.
Que los trabajos que llevan a cabo los firmantes y los estudios que realiza el ONTSI
sobre la materia objeto del Convenio tanto en la ciudadanía como en las empresas son
un excelente punto de partida para ampliar los conocimientos que actualmente existen
sobre esta materia, aglutinar en torno a ellos un hub de conocimiento e investigación que
aproveche las sinergias de los trabajos realizados por cada parte, así como para invitar a
otras entidades a que se unan a este proyecto para facilitar la difusión de conocimientos
y aumentar su impacto en la economía y sociedad, tanto a nivel nacional como
internacional.
Que en virtud de lo anterior, las partes están interesadas en mejorar el conocimiento
actual sobre ciberseguridad y confianza digital en España, prestando especial atención a
estos elementos en el ámbito de la ciudadanía, las empresas y las Administraciones
Públicas, a través de la cooperación entre las instituciones firmantes y las que se sumen
en el futuro en materia de investigación y divulgación de sus resultados.
Todo ello se materializará en la puesta en marcha de un espacio dentro del ONTSI
que realice las funciones de Observatorio Temático sobre Ciberseguridad, que se
concretaran en anexo al presente Convenio, bajo la denominación «ObservaCiber».
cve: BOE-A-2021-21779
Verificable en https://www.boe.es
Octavo.
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166667
Quinto.
Que a nivel europeo la ciberseguridad también se considera prioritaria, como
muestra, por ejemplo, la estrategia presentada en diciembre de 2020 «Estrategia
Europea de Ciberseguridad para la Década Digital» que considera que la mejora de la
ciberseguridad es «esencial para que las personas se beneficien de la innovación, la
conectividad y la automatización, y para salvaguardar los derechos y libertades
fundamentales».
Sexto.
Que el Gobierno de España ha puesto en marcha en abril de 2021 el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, un plan de inversiones y reformas, con un
triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar a
medio plazo un proceso de transformación estructural, y llevar a largo plazo a un
desarrollo más sostenible y resiliente.
La rápida transformación digital de la economía y la sociedad ha convertido a las
competencias digitales en herramientas básicas para poder aprovechar las
oportunidades que ofrece desde el punto de vista económico, social y ambiental: nuevas
y accesibles formas de comunicación y de prestación de servicios.
En este escenario, se va a llevar a cabo competencias digitales ligadas al
aprendizaje en el campo de la ciberseguridad y la confianza digital. En concreto, está
previsto que se destinen a este fin las actuaciones de la Inversión 1, Línea de
actuación 1 del componente 19, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
Competencias Digitales (digital skills).
Los programas incorporados en esta área incorporan un notable esfuerzo de
concienciación y sensibilización que deben llegar al mayor número posible de la
población, a través de campañas de comunicación, acciones de proximidad, y del
desarrollo de recursos específicos para tales fines. La implementación de estos
programas exige por otro lado el conocimiento profundo y la evaluación de la realidad en
relación con la realidad fáctica sobre la que deben operar, para lo que el análisis de los
datos vinculados a la materia objeto del convenio, se revela como un instrumento de
primer orden.
Séptimo.
Que los trabajos que llevan a cabo los firmantes y los estudios que realiza el ONTSI
sobre la materia objeto del Convenio tanto en la ciudadanía como en las empresas son
un excelente punto de partida para ampliar los conocimientos que actualmente existen
sobre esta materia, aglutinar en torno a ellos un hub de conocimiento e investigación que
aproveche las sinergias de los trabajos realizados por cada parte, así como para invitar a
otras entidades a que se unan a este proyecto para facilitar la difusión de conocimientos
y aumentar su impacto en la economía y sociedad, tanto a nivel nacional como
internacional.
Que en virtud de lo anterior, las partes están interesadas en mejorar el conocimiento
actual sobre ciberseguridad y confianza digital en España, prestando especial atención a
estos elementos en el ámbito de la ciudadanía, las empresas y las Administraciones
Públicas, a través de la cooperación entre las instituciones firmantes y las que se sumen
en el futuro en materia de investigación y divulgación de sus resultados.
Todo ello se materializará en la puesta en marcha de un espacio dentro del ONTSI
que realice las funciones de Observatorio Temático sobre Ciberseguridad, que se
concretaran en anexo al presente Convenio, bajo la denominación «ObservaCiber».
cve: BOE-A-2021-21779
Verificable en https://www.boe.es
Octavo.