III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21773)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificado n.º 1 Nueva Plataforma para el Estacionamiento de Aeronaves y Prolongación de la Calle de Rodaje para Implantación de la Actividad de Corte del Fuselaje de Aeronave en el Aeropuerto de Castellón Exp Ac/Con/006/20".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166589

Entre las medidas preventivas, el documento ambiental añade: señalizar y jalonar las
zonas de afección previstas y los caminos de acceso; uso de talleres autorizados para el
mantenimiento de la maquinaria y los cambios de aceite; acondicionar puntos limpios
para el acopio de residuos peligrosos; crear áreas que estén dotadas de sistemas de
retención de posibles derrames y sirvan de almacenamiento temporal de combustible u
otras sustancias contaminantes; evitar la deposición de sobrantes de cementos u
hormigón en el terreno; y ubicar los acopios fuera de zonas con presencia de vegetación
o en zonas de escorrentía.
Los materiales procedentes de las excavaciones, tierras y escombros serán
depositados en vertederos autorizados o destinados a su valorización.

El promotor considera que, durante la fase de obras, puede producirse un impacto
sobre la hidrología en las instalaciones auxiliares. Indica que la red fluvial en la zona de
estudio es de escasa importancia, pero que las instalaciones aeroportuarias se localizan
en un área de recarga del sistema acuífero del Maestrazgo. Califica como alto el grado
de vulnerabilidad a la contaminación del acuífero debido a la fisuración, porosidad y
fenómenos de karstificación de la zona.
Por ello, el promotor señala que todas las aguas recogidas en las zonas de rodaje y
pista y los canales de desagüe de las zonas de taller disponen de tratamiento físico
mediante separadores de hidrocarburos. Además, el efluente libre de aceites y
combustibles cae por gravedad a la arqueta de recogida y desde ahí se envía a la
arqueta general de salida.
El complejo aeroportuario cuenta con una EDAR situada en el extremo sur del ámbito
de entrada de las aguas fecales y pluviales.
Por otro lado, la superficie exterior donde se pretende ubicar la actividad de corte del
fuselaje se encuentra situada más al norte y dispone también de la obra de fábrica
necesaria para salvar el canal de desagüe T2 que bordeará la futura plataforma por la
parte norte de ésta. Para ello, se dispondrá un tubo de PVC de 300 mm hormigonado
que conduzca las aguas recogidas por el canal de drenaje hasta la arqueta de recogida
que desembocará, a través de un colector, en la planta separadora de hidrocarburos
donde se tratarán las aguas. Una vez tratadas, las aguas se evacuarán al canal de
desagüe T2.
Con respecto a las medidas propuestas por el promotor para corregir el impacto de
los posibles vertidos, se encuentran las siguientes: se retirará el posible vertido con los
medios adecuados para asegurar una limpieza completa; se depositarán los productos
de limpieza del vertido en recipientes independientes a la espera de que sean retirados
por el gestor autorizado; y los recipientes se dispondrán sobre bandejas de retención de
fugas, siempre que sea posible.
La Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana
informa que la zona de abastecimiento de Benlloc dispone de varias captaciones, todas
ellas con protección perimetral y valladas, así como de señalización como punto de
captación de agua para consumo humano. Este organismo indica que las captaciones se
encuentran ubicadas a una distancia adecuada, por lo que se considera que la actividad
solicitada no entraña riesgo para la calidad del agua de consumo humano.
Aun así, el proyecto podría incidir tanto en la hidrología, por la intercepción de los
cursos de aguas o la disminución de su calidad, como en la hidrogeología, por variar el
aporte y calidad de aguas. Por ello, este organismo determina que deberá evitarse la
contaminación de aguas superficiales y deberán adoptarse medidas necesarias para que
no se produzca ninguna afectación en la red de drenaje natural ni en zonas con riesgo
de contaminación de acuíferos destinados al abastecimiento de agua de consumo
humano.
Requiere que se preste atención al movimiento de maquinaria por zonas próximas a
las captaciones de agua de consumo humano, ya que puede afectar de forma directa o
indirecta a la calidad de las aguas, al tiempo que se necesitarán medidas preventivas

cve: BOE-A-2021-21773
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Agua.