III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-21749)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Cieza n.º 1, por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166339
II
Presentada el día 22 de julio de 2021 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Cieza número 1, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«El Registrador que suscribe, previa calificación del precedente documento con
arreglo al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de la misma y de su
Reglamento, ha resuelto con esta fecha no practicar las operaciones solicitadas en base
a los siguientes
Hechos:
– Copia autorizada de un acta de notoriedad de declaración de herederos por
fallecimiento de Don J. G. M. autorizada por la Notario de Cieza, Doña Ana María
Alarcón Pomares, el día seis de octubre de dos mil diez, número novecientos noventa y
cuatro de su protocolo.
– Certificados de defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad de
Don P. G. P., así como copia autorizada de su único testamento abierto otorgado en
Málaga, ante su Notario, Don José Manuel Ávila Pla, el día veintiséis de abril de mil
novecientos sesenta y dos, bajo el número mil sesenta y ocho de su protocolo.
– Certificados de defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad de
Doña J. G. P., así como copia autorizada de su único testamento abierto otorgado en
Cieza, ante su Notario, Don Víctor Aguado Zaragoza, el día treinta y uno de julio de mil
novecientos sesenta y tres, bajo el número mil trescientos ocho de su protocolo.
– Traslado exacto a papel llevado a cabo por el Notario de Almería, Don Emilio
Navarro Moreno, de copia autorizada electrónica de una acta de notoriedad de
declaración de herederos abintestato de Don J. S. B. y Daña P. G. P., autorizada por el
Notario de Valencia, Don Salvador Alborch Domínguez, terminada y protocolizada el día
veintisiete de septiembre de dos mil seis, protocolar dos mil trescientos veintisiete.
– Certificado de defunción de Doña M. G. P. y copia autorizada de su testamento
otorgado ante el Notario de Abarán, don Antonio Navarro Cremades, el día veintitrés de
enero de dos mil cuatro, número ciento treinta y nueve de orden.
– Certificados de defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad de
Doña M. G. R., así como copia autorizada de su último testamento abierto otorgado en
Almería, ante su Notario, Don Francisco Balcázar Linares, el día cinco de abril de mil
novecientos ochenta y ocho, bajo el número mil trescientos catorce de su protocolo.
– Copia autorizada de una escritura de renuncia otorgada por Don J. P. P. G., en
Almería, ante su Notario, Don Miguel Ángel Fernández López, el día once de abril de mil
novecientos noventa y seis, protocolar quinientos sesenta.
– Certificado de defunción de Don J. G. R.
– Copias autorizadas de dos actas autorizadas por el Notario de Cartagena, Don
Carlos Fernández de Simón Bermejo, los días veinticinco de mayo y veinte de junio de
dos mil diecisiete, números quinientos tres y quinientos setenta y cuatro de su protocolo,
respectivamente, por las que se declaran los herederos abintestato de Doña M. C. G. R.
cve: BOE-A-2021-21749
Verificable en https://www.boe.es
Primero. El día veintidós de julio de dos mil veintiuno se presenta en este Registro,
causando el asiento 1.270 del Diario 118, primera copia autorizada de una escritura
otorgada en El Puerto de Santa María, ante su Notario, Don Antonio Manuel Torres
Domínguez, el día ocho de marzo de dos mil diecinueve, bajo el número trescientos
sesenta y uno de su protocolo, subsanada mediante diligencia extendida por el citado
fedatario en fecha tres de abril de dos mil diecinueve que figura unida al final de aquélla,
por la que se formalizan las operaciones particionales por óbito de Don J. G. M. y Doña
M. P. C., adjudicándose las fincas registrales 1.897, 1.898 y 1.899 de Cieza en la forma
que en la misma se indica.
Se acompañan los siguientes documentos:
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166339
II
Presentada el día 22 de julio de 2021 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Cieza número 1, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«El Registrador que suscribe, previa calificación del precedente documento con
arreglo al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de la misma y de su
Reglamento, ha resuelto con esta fecha no practicar las operaciones solicitadas en base
a los siguientes
Hechos:
– Copia autorizada de un acta de notoriedad de declaración de herederos por
fallecimiento de Don J. G. M. autorizada por la Notario de Cieza, Doña Ana María
Alarcón Pomares, el día seis de octubre de dos mil diez, número novecientos noventa y
cuatro de su protocolo.
– Certificados de defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad de
Don P. G. P., así como copia autorizada de su único testamento abierto otorgado en
Málaga, ante su Notario, Don José Manuel Ávila Pla, el día veintiséis de abril de mil
novecientos sesenta y dos, bajo el número mil sesenta y ocho de su protocolo.
– Certificados de defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad de
Doña J. G. P., así como copia autorizada de su único testamento abierto otorgado en
Cieza, ante su Notario, Don Víctor Aguado Zaragoza, el día treinta y uno de julio de mil
novecientos sesenta y tres, bajo el número mil trescientos ocho de su protocolo.
– Traslado exacto a papel llevado a cabo por el Notario de Almería, Don Emilio
Navarro Moreno, de copia autorizada electrónica de una acta de notoriedad de
declaración de herederos abintestato de Don J. S. B. y Daña P. G. P., autorizada por el
Notario de Valencia, Don Salvador Alborch Domínguez, terminada y protocolizada el día
veintisiete de septiembre de dos mil seis, protocolar dos mil trescientos veintisiete.
– Certificado de defunción de Doña M. G. P. y copia autorizada de su testamento
otorgado ante el Notario de Abarán, don Antonio Navarro Cremades, el día veintitrés de
enero de dos mil cuatro, número ciento treinta y nueve de orden.
– Certificados de defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad de
Doña M. G. R., así como copia autorizada de su último testamento abierto otorgado en
Almería, ante su Notario, Don Francisco Balcázar Linares, el día cinco de abril de mil
novecientos ochenta y ocho, bajo el número mil trescientos catorce de su protocolo.
– Copia autorizada de una escritura de renuncia otorgada por Don J. P. P. G., en
Almería, ante su Notario, Don Miguel Ángel Fernández López, el día once de abril de mil
novecientos noventa y seis, protocolar quinientos sesenta.
– Certificado de defunción de Don J. G. R.
– Copias autorizadas de dos actas autorizadas por el Notario de Cartagena, Don
Carlos Fernández de Simón Bermejo, los días veinticinco de mayo y veinte de junio de
dos mil diecisiete, números quinientos tres y quinientos setenta y cuatro de su protocolo,
respectivamente, por las que se declaran los herederos abintestato de Doña M. C. G. R.
cve: BOE-A-2021-21749
Verificable en https://www.boe.es
Primero. El día veintidós de julio de dos mil veintiuno se presenta en este Registro,
causando el asiento 1.270 del Diario 118, primera copia autorizada de una escritura
otorgada en El Puerto de Santa María, ante su Notario, Don Antonio Manuel Torres
Domínguez, el día ocho de marzo de dos mil diecinueve, bajo el número trescientos
sesenta y uno de su protocolo, subsanada mediante diligencia extendida por el citado
fedatario en fecha tres de abril de dos mil diecinueve que figura unida al final de aquélla,
por la que se formalizan las operaciones particionales por óbito de Don J. G. M. y Doña
M. P. C., adjudicándose las fincas registrales 1.897, 1.898 y 1.899 de Cieza en la forma
que en la misma se indica.
Se acompañan los siguientes documentos: