III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-21772)
Orden TED/1476/2021, de 27 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria de las mismas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de diciembre de 2021

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inversión importante y en este contexto se aprobó por Acuerdo del Consejo de Ministros
de 27 de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR),
aprobado a su vez por el Consejo Europeo el 13 de julio de 2021.
En este contexto, deben llevarse a cabo medidas en el marco establecido por el
Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que
financiará el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, con el
objetivo de hacer frente a los efectos de la crisis provocada por la COVID-19, así como
los impactos económicos que conlleva. Entre los objetivos del Mecanismo, fijados en el
mencionado Reglamento, además de la recuperación de la economía tras la pandemia y,
consecuentemente, la creación de empleo con carácter inmediato, se persigue un
cambio en el modelo productivo e impulsar transformaciones que permitan avanzar hacia
un nuevo modelo económico y social para Europa y poder hacer frente, desde nuestras
perspectivas, a los nuevos desafíos del futuro.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España tiene entre sus
objetivos que nuestro país apueste por la descarbonización, invirtiendo en
infraestructuras verdes, en la mejora y recuperación del medio ambiente y el fomento de
las energías renovables, siendo la transición ecológica uno de los cuatro ejes
transversales del Plan en nuestro país. Entre las recomendaciones que señala la
Comisión Europea en la comunicación SWD (2020) 508 para España está el ayudar a
las regiones más afectadas de España por la transición energética a abordar las
consecuencias sociales y económicas de la transición, con el objetivo de garantizar que
la transición hacia la neutralidad climática de la UE sea justa en estos territorios que se
enfrentan a graves desafíos socioeconómicos en el marco del proceso de dicha
transición. El Plan incluye, en la medida C10.I1.b correspondiente al Componente 10
«Estrategia de Transición Justa», un «Plan de infraestructuras ambientales, digitales y
sociales en municipios y territorios en transición» dirigido a impulsar la puesta en valor
de zonas de interés medioambiental de dominio público, la renovación de
infraestructuras públicas locales y la provisión de servicios comunitarios y compartidos
para mejorar la capacidad de fijar y atraer población a los municipios afectados por los
cierres de instalaciones energéticas, en el que se enmarca la presente orden ministerial.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de
la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a
la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, todos
los proyectos que se lleven a cabo en cumplimiento de esta orden deben de respetar el
llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH por sus siglas en inglés, Do No Significant Harm) y los objetivos climáticos y
digitales establecidos en el Componente 10 del Plan.
Por otra parte, la Directiva (UE) 2018/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 11 de diciembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, relativa a la
eficiencia energética, a través de su artículo 7 amplía la obligación de ahorro acumulado
de uso final de la energía por parte de los Estados miembros. La presente orden
ministerial contribuirá, asimismo, a alcanzar los objetivos de ahorro de uso final de la
energía establecidos en el referido artículo 7 de la Directiva de eficiencia energética, así
como a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
II
Las subvenciones reguladas en esta orden consistirán en la concesión, por
concurrencia competitiva, de ayudas dirigidas a financiar el coste de ejecución de
proyectos en inmuebles y espacios públicos y bienes de dominio público en municipios

cve: BOE-A-2021-21772
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Núm. 312