III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2021-21781)
Orden CIN/1478/2021, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las ayudas Ramón y Cajal y de las ayudas Juan de la Cierva-formación, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166728

en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, para el contrato menor la entidad beneficiaria
deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo
a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del
bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente
número de entidades que los realicen, presten o suministren.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación,
o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de
eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección
cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
d) No se consideran gastos subvencionable el IVA u otros impuestos indirectos
análogos, tales como el IGIC o el IPSI.
Artículo 52.

Régimen de compatibilidades.

Sin perjuicio del régimen general de concurrencia y acumulación de ayudas descrito
en las bases reguladoras y en la convocatoria, las personas que sean contratadas al
amparo de estas ayudas podrán prestar colaboraciones complementarias en tareas
docentes, en su misma institución o en otras, por un máximo de ochenta horas anuales,
a petición propia y con la aprobación de su institución, respetando, en su caso, la
normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
Artículo 53.

Forma de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes de participación serán presentadas por los Centros de I+D y las
personas candidatas, respectivamente, de conformidad con el procedimiento que se
describe en este artículo y el plazo que se establece en el artículo 41.a).
2. La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse
obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede
electrónica del ministerio, de la siguiente forma:
Solicitudes de los Centros de I+D:

1.º Salvo que ya estuviera inscrito anteriormente, con carácter previo a la
presentación de la solicitud, la persona que ostenta la representación legal de la entidad
solicitante se inscribirá en el Registro Unificado de Solicitantes, en la sede electrónica del
ministerio, apartado «Registro de representante», donde deberá identificarse y definir su
nombre de usuario y palabra clave. La entidad solicitante se inscribirá en el Sistema de
Entidades (SISEN) en la sede electrónica del ministerio.
2.º La persona que ostenta la representación legal de la entidad cumplimentará el
formulario electrónico de solicitud, disponible en la sede electrónica del ministerio y cuyo
contenido se describe en el artículo 54.
Una vez finalizada la cumplimentación, validará y enviará telemáticamente la
solicitud. Este envío no implica la presentación efectiva de la solicitud, que deberá
realizarse de acuerdo con el apartado siguiente.
No serán admitidas aquellas solicitudes que no realicen la cumplimentación y envío
telemático conforme a lo dispuesto en este apartado.
3.º La persona que ostenta la representación legal de la entidad solicitante realizará
la presentación efectiva de la solicitud mediante su firma y registro electrónicos, en el
plazo señalado en el artículo 41.a).
La firma se realizará en la sede electrónica del ministerio con un sistema de firma
electrónica avanzada. El certificado electrónico deberá cumplir los requisitos
establecidos en el artículo 35. La persona que ostenta la representación legal que firme
la solicitud deberá disponer de poderes suficientes de representación de la entidad
solicitante en el ámbito de esta actuación.
Aquellas solicitudes que no realicen la presentación efectiva de la solicitud
conforme a lo dispuesto en el presente apartado se tendrán por desistidas, previa

cve: BOE-A-2021-21781
Verificable en https://www.boe.es

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