III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2021-21781)
Orden CIN/1478/2021, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las ayudas Ramón y Cajal y de las ayudas Juan de la Cierva-formación, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166726
el proceso de evaluación. En tal caso, las personas en las que hayan concurrido dichas
situaciones y que así lo consideren, podrán hacerlas constar en el CVA sin necesidad de
presentar acreditación al respecto, con la excepción de aquellas que tienen efecto sobre
el cómputo de la fecha límite inferior de obtención del grado de doctor conforme a lo
indicado anteriormente cuya acreditación es requerida junto a la solicitud.
b) No haber sido beneficiaria de una ayuda de las convocatorias anteriores de la
actuación Ramón y Cajal. Se entiende por beneficiaria de la actuación Ramón y Cajal a
aquella persona incluida en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias
anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a
incorporarse al Centro de I+D.
c) No ser beneficiaria de las ayudas Juan de la Cierva-formación o de las ayudas
Juan de la Cierva-incorporación, a excepción de aquellas que la hayan disfrutado
durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación
efectiva al Centro de I+D hasta el uno de junio de 2022, excluyéndose de esa
contabilidad las suspensiones de contrato. Se entiende por beneficiaria de cualquiera de
las actuaciones mencionadas a aquella persona incluida en alguna de las resoluciones
de concesión de convocatorias anteriores de dichas actuaciones, independientemente de
que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarias
aquellas personas que en fecha anterior a la de publicación de la presente convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado» hayan manifestado expresamente su renuncia a tales
ayudas.
d) No presentar más de una solicitud en la presente convocatoria 2021 de ayudas
Ramón y Cajal.
2. En el caso de aquellas personas candidatas que estén en posesión de más de
un título de doctor, los requisitos expresados en el apartado 1 se referirán al primero de
los títulos obtenidos.
Artículo 51.
Características de las ayudas.
a) La primera fase, que tendrá una duración mínima de tres años, equivale a las
ayudas Juan de la Cierva-incorporación de convocatorias anteriores. Esta fase tiene
como objetivo afianzar las capacidades adquiridas durante una primera etapa previa de
formación posdoctoral.
b) La segunda fase tendrá una duración máxima de dos años. Para poder acceder
a esta segunda fase, la persona investigadora podrá presentarse a partir de la
finalización del segundo año a una evaluación de su actividad científico-técnica que se
realizará teniendo en cuenta los criterios para ser investigador/a R3 –investigador/a
establecido/a–, contenidos en la Estrategia de recursos humanos para investigadores de
la Unión Europea (HRS4R por sus siglas en inglés), cuyos descriptores figuran en el
anexo IV, y según el procedimiento descrito en el artículo 63.3. Cuando la evaluación sea
positiva, de acuerdo con los criterios previamente mencionados, la persona investigadora
accederá a una fase del programa que estará dirigida a adquirir las competencias y
capacidades que permitan obtener un puesto de carácter estable y se incrementará la
cuantía de la ayuda. El acceso a la segunda fase será efectivo a partir del momento en
que resulte vigente la adenda al contrato, en los términos descritos en el artículo 63.3 de
esta orden.
3. Durante los primeros tres años y hasta obtener, en su caso, la evaluación
positiva como investigador/a establecido/a (primera fase), la ayuda anual para cada uno
cve: BOE-A-2021-21781
Verificable en https://www.boe.es
1. Las ayudas para la contratación de personal investigador concedidas tendrán
una duración de cinco años y comenzará a contar su plazo desde la fecha de
incorporación del personal investigador a su puesto de trabajo en el centro de I+D
contratante.
2. La duración de la ayuda estará dividida en dos fases:
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166726
el proceso de evaluación. En tal caso, las personas en las que hayan concurrido dichas
situaciones y que así lo consideren, podrán hacerlas constar en el CVA sin necesidad de
presentar acreditación al respecto, con la excepción de aquellas que tienen efecto sobre
el cómputo de la fecha límite inferior de obtención del grado de doctor conforme a lo
indicado anteriormente cuya acreditación es requerida junto a la solicitud.
b) No haber sido beneficiaria de una ayuda de las convocatorias anteriores de la
actuación Ramón y Cajal. Se entiende por beneficiaria de la actuación Ramón y Cajal a
aquella persona incluida en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias
anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a
incorporarse al Centro de I+D.
c) No ser beneficiaria de las ayudas Juan de la Cierva-formación o de las ayudas
Juan de la Cierva-incorporación, a excepción de aquellas que la hayan disfrutado
durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación
efectiva al Centro de I+D hasta el uno de junio de 2022, excluyéndose de esa
contabilidad las suspensiones de contrato. Se entiende por beneficiaria de cualquiera de
las actuaciones mencionadas a aquella persona incluida en alguna de las resoluciones
de concesión de convocatorias anteriores de dichas actuaciones, independientemente de
que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarias
aquellas personas que en fecha anterior a la de publicación de la presente convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado» hayan manifestado expresamente su renuncia a tales
ayudas.
d) No presentar más de una solicitud en la presente convocatoria 2021 de ayudas
Ramón y Cajal.
2. En el caso de aquellas personas candidatas que estén en posesión de más de
un título de doctor, los requisitos expresados en el apartado 1 se referirán al primero de
los títulos obtenidos.
Artículo 51.
Características de las ayudas.
a) La primera fase, que tendrá una duración mínima de tres años, equivale a las
ayudas Juan de la Cierva-incorporación de convocatorias anteriores. Esta fase tiene
como objetivo afianzar las capacidades adquiridas durante una primera etapa previa de
formación posdoctoral.
b) La segunda fase tendrá una duración máxima de dos años. Para poder acceder
a esta segunda fase, la persona investigadora podrá presentarse a partir de la
finalización del segundo año a una evaluación de su actividad científico-técnica que se
realizará teniendo en cuenta los criterios para ser investigador/a R3 –investigador/a
establecido/a–, contenidos en la Estrategia de recursos humanos para investigadores de
la Unión Europea (HRS4R por sus siglas en inglés), cuyos descriptores figuran en el
anexo IV, y según el procedimiento descrito en el artículo 63.3. Cuando la evaluación sea
positiva, de acuerdo con los criterios previamente mencionados, la persona investigadora
accederá a una fase del programa que estará dirigida a adquirir las competencias y
capacidades que permitan obtener un puesto de carácter estable y se incrementará la
cuantía de la ayuda. El acceso a la segunda fase será efectivo a partir del momento en
que resulte vigente la adenda al contrato, en los términos descritos en el artículo 63.3 de
esta orden.
3. Durante los primeros tres años y hasta obtener, en su caso, la evaluación
positiva como investigador/a establecido/a (primera fase), la ayuda anual para cada uno
cve: BOE-A-2021-21781
Verificable en https://www.boe.es
1. Las ayudas para la contratación de personal investigador concedidas tendrán
una duración de cinco años y comenzará a contar su plazo desde la fecha de
incorporación del personal investigador a su puesto de trabajo en el centro de I+D
contratante.
2. La duración de la ayuda estará dividida en dos fases: