I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Palmeral de Elche. (BOE-A-2021-21669)
Ley 6/2021, de 12 de noviembre, de protección y promoción del palmeral de Elche.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 166136

históricas y otras entidades cívicas, ecologistas o culturales vinculadas al Palmeral de
Elche.
d) Ostentará la Secretaría, con voz pero sin voto, quien lo sea del Ayuntamiento de
Elche o el funcionario o funcionaria municipal con titulación superior en quien delegue.
La designación de los miembros se realizará de manera que se garantice el principio
de presencia equilibrada de mujeres y hombres, de conformidad con lo previsto en la
normativa estatal y autonómica sobre igualdad entre mujeres y hombres.
3. La Junta Gestora del Palmeral de Elche podrá invitar a sus sesiones a aquellas
personas cuya presencia considere necesaria para asesorarse en las decisiones a
adoptar.
4. La Junta Gestora se reunirá al menos cuatro veces al año.
5. Sin perjuicio de las competencias de la conselleria competente en cultura sobre
los huertos del Palmeral de Elche poseedores de la condición de bien de interés cultural,
corresponde a la Junta Gestora del Patronato del Palmeral de Elche el ejercicio de las
siguientes funciones:
a) Gestionar el Registro del Palmeral de Elche
b) Autorizar las operaciones de tala, trasplante y encaperuzado de ejemplares.
c) Recibir y remitir los acuerdos que correspondan.
d) Ordenar las inspecciones y recabar las informaciones sobre los bienes objeto de
protección.
e) Ordenar la inmediata paralización de cualquier actuación contraria a la
conservación y mantenimiento de los bienes protegidos.
f) Ejecutar subsidiariamente en los términos previstos reglamentariamente las
actuaciones necesarias para el mantenimiento y conservación de los bienes inscritos en
el Registro, cuando no lo hicieren sus titulares, previo requerimiento.
g) Emitir los informes relacionados con:
i. El planeamiento urbanístico y territorial.
ii. Las solicitudes de licencias municipales de obras y resto de medios de
intervención en la actividad urbanística del Ayuntamiento.
iii. La tramitación de autorizaciones reguladas por la legislación sectorial.
iv. Cualquier otra cuestión que afecte al Palmeral de Elche y que pueda ser elevada
ante la Administración pública.
h) Elevar al Patronato los planes anuales de actuación de acuerdo con el Plan
director del Palmeral de Elche.
i) Elevar al Patronato los informes anuales de ejecución del Plan director.
j) Elevar al Patronato la propuesta de Memoria anual de Responsabilidad Social.
k) Aprobar el anteproyecto del presupuesto del Patronato del Palmeral de Elche.
l) El ejercicio de la potestad sancionadora y la restauración de la legalidad, en los
términos establecidos por la normativa en vigor.
6. La Presidencia de la Junta Gestora podrá, en los casos que la situación de
urgencia lo aconseje, y previo informe de técnico competente, dictar medidas cautelares
de paralización, órdenes de ejecución, autorizaciones de tala y de trasplantes, así como
acordar la realización de labores necesarias tales como regar, escamondar, desbrozar,
labrar, gestionar residuos vegetales o cualquier otra, cuando concurra un riesgo grave
para las personas o para los bienes protegidos.
7. Las solicitudes de realización de actividades de trasplante, tala o encaperuzado,
una vez transcurrido el plazo de tres meses para resolverlas sin que se haya
pronunciado la Junta Gestora o, en su caso, la conselleria competente, se entenderán
desestimadas por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las

cve: BOE-A-2021-21669
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 312