I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos Generales del Estado. (BOE-A-2021-21653)
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 165115

En su Comunicación al Consejo de 3 de marzo de 2021, la Comisión consideró que
actualmente se cumplen las condiciones para mantener en vigor la cláusula general de
salvaguardia en 2022, pronosticando su desactivación en 2023, sin perjuicio de la
valoración general del estado de la economía basada en criterios cuantitativos.
Del mismo modo, en su Comunicación del pasado 2 de junio para la Coordinación de
las políticas económicas en 2021, con el objetivo de superar la COVID-19, apoyar la
recuperación y modernizar nuestra economía, la Comisión señaló que la política económica
debe seguir siendo expansionista a lo largo de 2021 y 2022.
En este contexto, el Gobierno ha fijado el límite de gasto no financiero para 2022
en 196.142 millones de euros.
En cuanto a la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública,
el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de este año, ratificado por el Congreso
de los Diputados el pasado mes de septiembre, determinó el mantenimiento de la
suspensión de las reglas fiscales para el año 2021 por apreciarse la persistencia de
circunstancias excepcionales que autorizan la superación de los límites de déficit
estructural y deuda pública conforme a lo previsto en los artículos 135.4 de la Constitución
Española y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 a abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera.
De esta forma, la presente Ley de Presupuestos para el año 2022 recoge el testigo de
la norma a la que sucede y se redacta con el propósito de consolidar una recuperación
económica y social justa que permita la creación de un escenario económico resiliente y
un crecimiento sostenible basado en la modernización estructural del tejido productivo en
un contexto de cohesión social y territorial.
Resulta de obligada referencia en este punto la incorporación a los Presupuestos de
fondos procedentes de la puesta en marcha del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
dentro del instrumento excepcional de recuperación Next Generation EU, para la
realización de reformas e inversiones sostenibles y favorables al crecimiento.
En línea con el proyecto europeo, el diseño del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia presentado por España en el mes de octubre de 2020, gira en torno a cuatro
ejes transversales: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y
territorial y la igualdad de género.
El esfuerzo por superar los retos estructurales y de inversión que se esperan acometer
en el marco comunitario, resulta compatible con la expectativa plasmada en la
Recomendación del Consejo de 18 de junio de 2021, por la que se emite dictamen sobre
el Programa de Estabilidad de 2021 de España, en relación con la aplicación de políticas
presupuestarias prudentes que permitan la reorientación hacia situaciones presupuestarias
equilibradas a medio plazo.
En este sentido, se espera que la desviación temporal de la trayectoria de ajuste hacia
el objetivo de equilibrio presupuestario se dirija progresivamente hacia la consecución de
situaciones presupuestarias similares a las anteriores a la pandemia, eliminando
gradualmente las medidas de apoyo, siempre que las condiciones epidemiológicas y
económicas lo permitan, a fin de asegurar la sostenibilidad presupuestaria.
Se garantiza de esta forma el compromiso de responsabilidad fiscal, que habrá de
plasmarse en una reducción del déficit que permita cumplir con la exigencia de
consolidación y alcanzar el objetivo de estabilidad presupuestaria a medio plazo.
II
La parte esencial de la Ley de Presupuestos se recoge en el Título I, «De la aprobación
de los Presupuestos y de sus modificaciones», por cuanto que en su Capítulo I, bajo la
rúbrica «Créditos iniciales y financiación de los mismos» se aprueban la totalidad de los
estados de ingresos y gastos del sector público estatal y se consigna el importe de los
beneficios fiscales que afectan a los tributos del Estado.
En este Capítulo I se define el ámbito de los Presupuestos Generales del Estado
teniendo en cuenta la clasificación que realiza la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, clasificación que se hace presente en el resto de la Ley.

cve: BOE-A-2021-21653
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Núm. 312