I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Pensiones. (BOE-A-2021-21652)
Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 165094
Periodo
cotizado:
menos de 38
años y 6 meses
Periodo cotizado:
igual o superior a
38 años y 6 meses
e inferior a 41
años y 6 meses
Periodo cotizado:
igual o superior a
41 años y 6 meses
e inferior a 44
años y 6 meses
Periodo
cotizado:
igual o superior
a 44 años y 6
meses
Meses que se
adelanta la
jubilación
% reducción
% reducción
% reducción
% reducción
24
21,00
19,00
17,00
13,00
23
17,60
16,50
15,00
12,00
22
14,67
14,00
13,33
11,00
21
12,57
12,00
11,43
10,00
20
11,00
10,50
10,00
9,20
19
9,78
9,33
8,89
8,40
18
8,80
8,40
8,00
7,60
17
8,00
7,64
7,27
6,91
16
7,33
7,00
6,67
6,33
15
6,77
6,46
6,15
5,85
14
6,29
6,00
5,71
5,43
13
5,87
5,60
5,33
5,07
12
5,50
5,25
5,00
4,75
11
5,18
4,94
4,71
4,47
10
4,89
4,67
4,44
4,22
9
4,63
4,42
4,21
4,00
8
4,40
4,20
4,00
3,80
7
4,19
4,00
3,81
3,62
6
4,00
3,82
3,64
3,45
5
3,83
3,65
3,48
3,30
4
3,67
3,50
3,33
3,17
3
3,52
3,36
3,20
3,04
2
3,38
3,23
3,08
2,92
1
3,26
3,11
2,96
2,81
A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se
considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber
seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante
y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la
aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a).
Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos,
sin que se equipare a un período la fracción del mismo.»
«3. Cuando en el momento de acogerse a esta modalidad de jubilación el
trabajador esté percibiendo el subsidio por desempleo del artículo 274, y lo haya
cve: BOE-A-2021-21652
Verificable en https://www.boe.es
coeficientes que resultan del siguiente cuadro en función del período de cotización
acreditado y los meses de anticipación:
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 165094
Periodo
cotizado:
menos de 38
años y 6 meses
Periodo cotizado:
igual o superior a
38 años y 6 meses
e inferior a 41
años y 6 meses
Periodo cotizado:
igual o superior a
41 años y 6 meses
e inferior a 44
años y 6 meses
Periodo
cotizado:
igual o superior
a 44 años y 6
meses
Meses que se
adelanta la
jubilación
% reducción
% reducción
% reducción
% reducción
24
21,00
19,00
17,00
13,00
23
17,60
16,50
15,00
12,00
22
14,67
14,00
13,33
11,00
21
12,57
12,00
11,43
10,00
20
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10,50
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9,78
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8,89
8,40
18
8,80
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7,60
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7,64
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6,91
16
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6,67
6,33
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6,77
6,46
6,15
5,85
14
6,29
6,00
5,71
5,43
13
5,87
5,60
5,33
5,07
12
5,50
5,25
5,00
4,75
11
5,18
4,94
4,71
4,47
10
4,89
4,67
4,44
4,22
9
4,63
4,42
4,21
4,00
8
4,40
4,20
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3,80
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4,19
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3,81
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3,45
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3,36
3,20
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3,08
2,92
1
3,26
3,11
2,96
2,81
A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se
considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber
seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante
y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la
aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a).
Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos,
sin que se equipare a un período la fracción del mismo.»
«3. Cuando en el momento de acogerse a esta modalidad de jubilación el
trabajador esté percibiendo el subsidio por desempleo del artículo 274, y lo haya
cve: BOE-A-2021-21652
Verificable en https://www.boe.es
coeficientes que resultan del siguiente cuadro en función del período de cotización
acreditado y los meses de anticipación: