I. Disposiciones generales. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2021-21666)
Circular 6/2021, de 22 de diciembre, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y la Circular 4/2019, de 26 de noviembre, a establecimientos financieros de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

ii.

Sec. I. Pág. 166066

Se modifica la letra c) del apartado 6, que queda redactada del siguiente modo:
«c) El estado FI 40, que habrán de remitir las entidades que no tengan que
enviar estados consolidados reservados conforme a lo dispuesto en la norma 68,
salvo que formen parte de un grupo consolidable que sí los remita o sean
sucursales en España de entidades de crédito extranjeras.»

iii.

Se modifica la letra f) del apartado 6, que queda redactada del siguiente modo:
«f) Los estados FI 10, FI 11, FI 12, FI 13, FI 15, FI 140.3, FI 141 y FI 143 que
no remitirán las sucursales en España de entidades extranjeras cuya sede central
se encuentre en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo. Además, el
estado FI 131 no lo tendrán que remitir aquellas sucursales en España de
entidades de crédito extranjeras cuya sede central se encuentre en un Estado
miembro del Espacio Económico Europeo que, en aplicación de lo establecido en
la norma 2, apartado 2, letra b), hayan decidido aplicar los criterios de valoración y
cobertura del riesgo de crédito que utilice su sede central y así hayan informado
de ello al Banco de España.»

c) En la norma 69, «Estados reservados relativos a los requerimientos estadísticos
de la Unión Económica y Monetaria»:
Se sustituye la tabla del apartado 1 por la siguiente:

Estado

Denominación

Periodicidad Plazo máximo de presentación

UEM 1

Balance resumido (negocios en España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 2

Desglose por sujetos y residencia de algunos activos y pasivos (negocios en España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 3

Saneamientos y recuperaciones de préstamos en el mes. Importes netos (negocios en
España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 4

Desglose por sujetos de algunos activos y pasivos con el «Resto de Administraciones
Públicas» (negocios en España).

Trimestral.

Día 20 del mes siguiente.

UEM 5

Desglose por países de algunos activos y pasivos (negocios en España).

Trimestral.

Día 20 del mes siguiente.

UEM 6

Desglose por monedas de algunos activos y pasivos (negocios en España).

Trimestral.

Día 20 del mes siguiente.

UEM 7

Ajustes a los movimientos de la cartera de valores en el mes (negocios en España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 8

Desglose de «Resto de entidades financieras que no son IFM» residentes en España
(negocios en España).

Trimestral.

Día 20 del mes siguiente.

UEM 9

Desglose de algunos activos y pasivos (negocios en España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 10

Coeficiente de reservas mínimas.

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 11.1

Flujos netos de préstamos (adquisiciones menos enajenaciones). Datos mensuales
(negocios en España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 11.2 Saldos vivos de los préstamos transferidos. Datos mensuales (negocios en España).
UEM 11.3

Ajustes de revalorización de los préstamos transferidos. Datos mensuales (negocios en
España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 13

Desglose de algunos préstamos (negocios en España).

Trimestral.

Día 20 del mes siguiente.

UEM 14

Ajustes de revalorización trimestrales (negocios en España).

Trimestral.

Día 20 del mes siguiente.

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 15.1 Gestión centralizada nocional de tesorería (negocios en España).
UEM 15.2

Gestión centralizada nocional de tesorería. Saneamientos y recuperaciones de préstamos
en el mes. Importes netos (negocios en España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

UEM 16

Desglose de instrumentos de patrimonio y activos inmobiliarios (negocios en España).

Mensual.

Día 10 del mes siguiente.

cve: BOE-A-2021-21666
Verificable en https://www.boe.es

i.