III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-21600)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164525

1.3 Se encuentran dentro de estas ayudas las correspondientes a la colocación del
mobiliario urbano de acuerdo con la Ordenanza Municipal correspondiente, siempre que
se trate de un elemento debidamente homologado.
1.4 La concesión de las ayudas definidas en el presente artículo se podrá extender
a los locales destinados a cualquiera de los usos previstos en el artículo 8 de estas
bases.
2.

Cuantía máxima del presupuesto protegido.

2.1 La cuantía máxima del presupuesto protegido para acceder a esta modalidad
de ayuda estará en función de la superficie de la fachada del local, aplicando un
coeficiente en función del grado de protección del inmueble en el que se encuentre el
citado local.
El valor será, por tanto, el que resulte de aplicar la siguiente fórmula:
Pmax1 = Mr x SL x K.
Siendo:
Pmax1: Presupuesto máximo protegido para obras de mejora de la imagen exterior
del local comercial.
Mr: Módulo unitario de rehabilitación.
SL: Superficie de la fachada del local.
K: Coeficiente de ponderación, en función del nivel de catalogación del planeamiento
vigente del inmueble objeto de protección.
2.2 El coeficiente K ponderador del presupuesto máximo protegido de las
actuaciones de rehabilitación se establece en la siguiente tabla, en la que figura la
denominación establecida en el artículo 68 del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley de Ordenación del
Territorio y de la Actividad Urbanística (RPLOTAU) y el que se recogía en el anterior Plan
Especial del Casco Histórico de Toledo (PECHT):
Catálogo RPLOTAU

Catálogo PECHT

Coeficiente K

Protección integral.

Nivel M.

1,60

Protección parcial.

Nivel P.

1,40

Protección ambiental.

Nivel E.

1,20

Sin protección.

Sin protección.

1,00

2.3 La cuantía máxima del presupuesto protegido para acceder a las ayudas
correspondientes a la colocación de mobiliario urbano se calculará en función de la
superficie de terraza del local comercial (admitiéndose, exclusivamente a efectos del
cálculo, un máximo de 100 m2).
El valor será, por tanto, el que resulte de aplicar la siguiente fórmula:

Siendo:
Pmax4: Presupuesto máximo protegido para renovación de mobiliario urbano.
Mr: Módulo unitario de rehabilitación.
St: Superficie terraza local comercial, hasta 100 m2.
2.4 La cuantía máxima del presupuesto protegido se establece sin perjuicio de que el
presupuesto total de las obras o de la sustitución del mobiliario urbano pueda exceder de
dicha cantidad y de que la superficie útil de esos locales/terrazas sea superior a 100 m2.

cve: BOE-A-2021-21600
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Pmax4 = 0,2 x Mr x St.