III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-21600)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164529

c) Documentación acreditativa de la titularidad del local y, en su caso, del derecho
de uso del inmueble.
d) En los casos de arrendamiento, junto con la documentación que acredite
suficientemente la titularidad del local, se deberá aportar fotocopia del contrato de
arrendamiento del local o escritura de traspaso del mismo y autorización del propietario a
la realización de las obras para las que se solicita subvención, cuando sea legalmente
exigible.
e) Documentación técnica relativa a las obras o actuaciones a realizar con expresa
aceptación de su alcance, de acuerdo con el planeamiento vigente.
f) Licencia municipal de apertura, comunicación previa, o declaración responsable
del uso del local comercial, según proceda, según lo establecido en la Ordenanza
municipal de apertura de establecimientos industriales y mercantiles y realización y
funcionamiento de actividades calificadas y demás normativa de aplicación.
En los supuestos en los que el beneficiario de la ayuda ostente la condición de
propietario del local comercial se le eximirá de la exigencia de la titularidad de la
actividad por su parte en el plazo de un año desde la notificación de la resolución de
reconocimiento del derecho al cobro de la ayuda, según lo establecido en el artículo 6.6
de las presentes bases reguladoras.
g) Solicitud de la licencia municipal de obras y/o visado de restauración, salvo en
los supuestos de solicitud de subvención para elementos especiales, en cuyo caso se
deberá presentar la solicitud de licencia en el plazo máximo de diez días hábiles desde la
notificación de la resolución de concesión de ayuda.
h) Declaración responsable de no encontrarse inhabilitado para contratar con la
Administración Pública o para obtener subvenciones públicas.
i) Certificación de no ser deudor de la Hacienda Pública y de estar al corriente de
sus obligaciones con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Toledo.
El beneficiario podrá autorizar al órgano concedente de la subvención a obtener de
forma directa la acreditación de tales circunstancias.
2. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la
solicitud como en la documentación que la acompañe, podrá comportar la denegación de
la subvención solicitada.
3. Si el escrito de solicitud no reuniera los datos de identificación o alguno de los
extremos exigidos en los puntos anteriores, se requerirá al solicitante, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que en un plazo de diez
días hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación
de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que
deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.
Artículo 16.

Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

Presidente: Directora del Área Administrativa del Consorcio de la Ciudad de Toledo.
Vocales:
El Jefe de Programa del Área de Gestión Patrimonial o persona en quien delegue.
La Directora de Programa del Área de Gestión Patrimonial o persona en quien
delegue.
El Jefe de Asuntos económicos del Área Administrativa o persona en quien delegue.

cve: BOE-A-2021-21600
Verificable en https://www.boe.es

1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Dirección de
Área Administrativa del Consorcio de la Ciudad de Toledo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se creará una Comisión de Valoración, que
actuará como órgano colegiado y estará compuesta por los siguientes miembros: