III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-21599)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164494
2. Regulan la concesión de ayudas económicas y se complementa con labores de
información y de gestión administrativa de todos los trámites que las obras conllevan, así
como el seguimiento de las mismas.
3. El ámbito de aplicación de estas bases es el del Plan Especial del Casco
Histórico de Toledo, área afectada por la Declaración de Conjunto Histórico.
4. Son subvencionables los siguientes conceptos fundamentales: Rehabilitación
interior de viviendas, actuaciones en los elementos comunes de los edificios y
restauración de elementos arquitectónicos singulares. Igualmente se subvencionan, de
forma complementaria, la elaboración de los Informes de Evaluación de Edificios y la
adquisición de viviendas rehabilitadas.
5. Los máximos protegidos o máximos volúmenes de obra con derecho a
subvención se regulan, según el tipo de ayuda, en función de la superficie útil y
construida de los inmuebles, del tipo de intervención (obra nueva o rehabilitación), del
número de plantas del edificio y de su nivel de catalogación.
6. Los porcentajes de concesión de ayuda se regulan, según el tipo de subvención,
en función del nivel de renta de la unidad de convivencia o del nivel de catalogación del
edificio.
7. Se exigen compromisos de residencial habitual y permanente por unos plazos
adaptados al volumen de obra subvencionado, mínimo cinco años, prohibiéndose la
transmisión intervivos en esos mismos plazos.
Así pues, al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, teniendo en cuenta las previsiones de contenido establecidas en los
artículos 17.3 y 22, y las competencias propias del Consejo de Administración del
Consorcio de la Ciudad de Toledo reconocidas en el artículo 7 apartado 2.i bis) y el
artículo 16 bis apartado 2 y 4 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo,
vista la memoria justificativa del Gerente, el informe de la Abogacía del Estado y el
informe de la Responsable de Control, el Consejo de Administración del Consorcio de la
Ciudad de Toledo, aprueba con fecha de 21 de diciembre de 2021 las bases reguladoras
de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el
Consorcio de la Ciudad de Toledo para la rehabilitación de edificios y viviendas en el
casco histórico de Toledo y dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Toledo, 22 de diciembre de 2021–La Presidenta del Consorcio de la Ciudad de
Toledo, Milagros Tolón Jaime.
BASES REGULADORAS
Artículo 1.
Régimen jurídico.
Para todos aquellos extremos no previstos en las presentes bases será de
aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de subvenciones destinadas a la
rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.
Estas subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
Artículo 3. Ámbito territorial.
El ámbito territorial es el definido en el Plan Especial del Casco Histórico de Toledo
(PECHT), aprobado por Pleno del Ayuntamiento de Toledo el 17 de septiembre de 1998
y publicado en el DOCM el día 6 de noviembre de 1998, siendo su última modificación
cve: BOE-A-2021-21599
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164494
2. Regulan la concesión de ayudas económicas y se complementa con labores de
información y de gestión administrativa de todos los trámites que las obras conllevan, así
como el seguimiento de las mismas.
3. El ámbito de aplicación de estas bases es el del Plan Especial del Casco
Histórico de Toledo, área afectada por la Declaración de Conjunto Histórico.
4. Son subvencionables los siguientes conceptos fundamentales: Rehabilitación
interior de viviendas, actuaciones en los elementos comunes de los edificios y
restauración de elementos arquitectónicos singulares. Igualmente se subvencionan, de
forma complementaria, la elaboración de los Informes de Evaluación de Edificios y la
adquisición de viviendas rehabilitadas.
5. Los máximos protegidos o máximos volúmenes de obra con derecho a
subvención se regulan, según el tipo de ayuda, en función de la superficie útil y
construida de los inmuebles, del tipo de intervención (obra nueva o rehabilitación), del
número de plantas del edificio y de su nivel de catalogación.
6. Los porcentajes de concesión de ayuda se regulan, según el tipo de subvención,
en función del nivel de renta de la unidad de convivencia o del nivel de catalogación del
edificio.
7. Se exigen compromisos de residencial habitual y permanente por unos plazos
adaptados al volumen de obra subvencionado, mínimo cinco años, prohibiéndose la
transmisión intervivos en esos mismos plazos.
Así pues, al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, teniendo en cuenta las previsiones de contenido establecidas en los
artículos 17.3 y 22, y las competencias propias del Consejo de Administración del
Consorcio de la Ciudad de Toledo reconocidas en el artículo 7 apartado 2.i bis) y el
artículo 16 bis apartado 2 y 4 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo,
vista la memoria justificativa del Gerente, el informe de la Abogacía del Estado y el
informe de la Responsable de Control, el Consejo de Administración del Consorcio de la
Ciudad de Toledo, aprueba con fecha de 21 de diciembre de 2021 las bases reguladoras
de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el
Consorcio de la Ciudad de Toledo para la rehabilitación de edificios y viviendas en el
casco histórico de Toledo y dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Toledo, 22 de diciembre de 2021–La Presidenta del Consorcio de la Ciudad de
Toledo, Milagros Tolón Jaime.
BASES REGULADORAS
Artículo 1.
Régimen jurídico.
Para todos aquellos extremos no previstos en las presentes bases será de
aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de subvenciones destinadas a la
rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.
Estas subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
Artículo 3. Ámbito territorial.
El ámbito territorial es el definido en el Plan Especial del Casco Histórico de Toledo
(PECHT), aprobado por Pleno del Ayuntamiento de Toledo el 17 de septiembre de 1998
y publicado en el DOCM el día 6 de noviembre de 1998, siendo su última modificación
cve: BOE-A-2021-21599
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.