III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-21601)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164540

«subvenciones a los elementos comunes», tendrá prevalencia con respecto al resto de
ayudas establecidas en el articulado, revirtiendo el esfuerzo público que suponen estas
ayudas en una mejora de la imagen pública, visible para todos, de la ciudad.
En virtud de lo anterior, vista la memoria justificativa de la Gerencia del Consorcio de
la Ciudad de Toledo y vistos los informes de la Abogacía del Estado y de la Responsable
de Control, el Consejo de Administración del Consorcio de la Ciudad de Toledo, al
amparo de los artículos 17.3 y 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (LGS), y conforme al artículo 7 apartado 2.i bis) y el artículo 16 bis
apartado 2 y 4 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprueba en sesión
celebrada el día 21 de diciembre de 2021, las bases reguladoras de las subvenciones a
conceder en régimen de concurrencia competitiva por el Consorcio de la Ciudad de
Toledo para la rehabilitación de edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo,
disponiendo su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Toledo, 22 de diciembre de 2021–La Presidenta del Consorcio de la Ciudad de
Toledo, Milagros Tolón Jaime.
BASES REGULADORAS
Artículo 1.

Régimen jurídico.

Para todos aquellos extremos no previstos en las presentes bases será de aplicación la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Artículo 2.

Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto la regulación de subvenciones destinadas a la
rehabilitación de edificios de uso no residencial del casco histórico de Toledo.
Asimismo, se incluyen como actuaciones subvencionables las destinadas a la
rehabilitación de viviendas para uso residencial cuando no sean subvencionables en
virtud de las bases reguladoras para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco
histórico de Toledo, aprobadas mediante Resolución del Consejo de Administración del
Consorcio de la Ciudad de Toledo de 21 de diciembre de 2021.
Estas subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
Artículo 3. Ámbito territorial.
El ámbito territorial es el definido en el Plan Especial del Casco Histórico de Toledo
(PECHT), aprobado por Pleno del Ayuntamiento de Toledo el 17 de septiembre de 1998
y publicado en el DOCM el día 6 de noviembre de 1998, siendo su última modificación
puntual la número 8 aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Toledo, el día 20 de
septiembre de 2018.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras Administraciones Públicas o
de otros entes públicos o privados, supere el coste de la actividad a desarrollar por el
beneficiario.
En relación a los tributos, solamente será subvencionable el Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA) y siempre y cuando el beneficiario de la subvención lo abone
efectivamente. En ningún caso se considera gasto subvencionable cuando este sea
susceptible de recuperación o compensación.

cve: BOE-A-2021-21601
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4. Importe.