III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-21601)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164539
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de
Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a
conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de
edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo.
El Consorcio de la Ciudad de Toledo, de acuerdo con el Real Decreto 1424/1998,
de 3 de julio, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de
Toledo, y de acuerdo con los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprobados
por Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la Subsecretaría del Ministerio de
Hacienda, tiene como objetivo esencial servir de apoyo administrativo y de gestión al
Real Patronato de la Ciudad de Toledo para el mejor cumplimiento por éste de sus fines
propios. En el citado real decreto se establece como fin del Real Patronato «promover y
coordinar todas aquellas acciones que deban realizar en Toledo las administraciones y
entidades que lo componen, orientadas a la conservación de Toledo, a la difusión de los
valores que simboliza, así como al desarrollo y potenciación de las actividades culturales
y turísticas vinculadas a la ciudad».
El Consorcio de la Ciudad de Toledo pretende, con la publicación de estas bases
reguladoras y la posterior concesión efectiva de sus ayudas, fomentar la recuperación, la
conservación y el mantenimiento de aquellos edificios de la ciudad histórica, no tan
numerosos como los residenciales, destinados a usos diversos: Oficinas y servicios
profesionales, usos dotacionales, tales como culturales, educativos, sociales, incluyendo
viviendas tuteladas, sedes sociales de instituciones y entidades sin ánimo de lucro,
religiosos,… Todos estos edificios, algunos de ellos de gran entidad arquitectónica, son
parte del patrimonio edificado de la ciudad, ciudad a la que nuestra institución tiene
encomendada, como hemos dicho anteriormente, su custodia y conservación. Dado su
uso diverso, es difícil encontrar una denominación común para todos ellos. El nombre
bajo el que se agrupan, y da título a estas bases reguladoras, surge más del análisis de
las circunstancias que los diferencian del resto del qué los une entre sí: Edificios de uso
no residencial sin categoría de local comercial.
Desde la creación del Consorcio de la Ciudad de Toledo, y su puesta efectiva en
funcionamiento en el año 2001, no existía una línea de ayudas en concurrencia
competitiva para los edificios no residenciales. Nuestras intervenciones sobre este grupo
de edificios se han realizado por vías jurídicas y administrativas diversas, convenios,
cesiones y subvenciones de concesión directa. Sin descartar estas herramientas de
gestión, se ha visto necesario habilitar una línea de ayudas para la conservación y
mantenimiento de lo ya realizado antes, permitiendo, a su vez, la incorporación de
nuevas iniciativas de conservación de edificios pertenecientes a colectivos no habituales.
Desde aquí queremos incentivar, al igual que en las líneas de subvención destinadas
a viviendas y locales comerciales, fomentar la iniciativa privada para la ejecución de
obras de rehabilitación en este grupo de edificios, con criterios de calidad, adecuando las
intervenciones al nivel de protección de los edificios.
Existe un especial interés por parte del Consorcio de la Ciudad de Toledo, con la
aprobación de estas bases reguladoras, en contribuir a que las obras de rehabilitación
que se realicen en estos edificios tengan entre sus prioridades la mejora de la imagen
exterior de las fachadas, fomentando el uso de materiales «nobles» (revocos de cal,
elementos de cantería, canalones de cobre, pinturas a la cal, silicato, …) y el diseño de
calidad, siempre conforme a las directrices marcadas en las Ordenanzas del Plan
Especial del Casco Histórico de Toledo (PECHT) y las Ordenanzas del Plan de Color.
Este apartado de ayudas, denominado de forma habitual en nuestras bases reguladoras
cve: BOE-A-2021-21601
Verificable en https://www.boe.es
21601
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164539
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de
Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a
conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de
edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo.
El Consorcio de la Ciudad de Toledo, de acuerdo con el Real Decreto 1424/1998,
de 3 de julio, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de
Toledo, y de acuerdo con los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprobados
por Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la Subsecretaría del Ministerio de
Hacienda, tiene como objetivo esencial servir de apoyo administrativo y de gestión al
Real Patronato de la Ciudad de Toledo para el mejor cumplimiento por éste de sus fines
propios. En el citado real decreto se establece como fin del Real Patronato «promover y
coordinar todas aquellas acciones que deban realizar en Toledo las administraciones y
entidades que lo componen, orientadas a la conservación de Toledo, a la difusión de los
valores que simboliza, así como al desarrollo y potenciación de las actividades culturales
y turísticas vinculadas a la ciudad».
El Consorcio de la Ciudad de Toledo pretende, con la publicación de estas bases
reguladoras y la posterior concesión efectiva de sus ayudas, fomentar la recuperación, la
conservación y el mantenimiento de aquellos edificios de la ciudad histórica, no tan
numerosos como los residenciales, destinados a usos diversos: Oficinas y servicios
profesionales, usos dotacionales, tales como culturales, educativos, sociales, incluyendo
viviendas tuteladas, sedes sociales de instituciones y entidades sin ánimo de lucro,
religiosos,… Todos estos edificios, algunos de ellos de gran entidad arquitectónica, son
parte del patrimonio edificado de la ciudad, ciudad a la que nuestra institución tiene
encomendada, como hemos dicho anteriormente, su custodia y conservación. Dado su
uso diverso, es difícil encontrar una denominación común para todos ellos. El nombre
bajo el que se agrupan, y da título a estas bases reguladoras, surge más del análisis de
las circunstancias que los diferencian del resto del qué los une entre sí: Edificios de uso
no residencial sin categoría de local comercial.
Desde la creación del Consorcio de la Ciudad de Toledo, y su puesta efectiva en
funcionamiento en el año 2001, no existía una línea de ayudas en concurrencia
competitiva para los edificios no residenciales. Nuestras intervenciones sobre este grupo
de edificios se han realizado por vías jurídicas y administrativas diversas, convenios,
cesiones y subvenciones de concesión directa. Sin descartar estas herramientas de
gestión, se ha visto necesario habilitar una línea de ayudas para la conservación y
mantenimiento de lo ya realizado antes, permitiendo, a su vez, la incorporación de
nuevas iniciativas de conservación de edificios pertenecientes a colectivos no habituales.
Desde aquí queremos incentivar, al igual que en las líneas de subvención destinadas
a viviendas y locales comerciales, fomentar la iniciativa privada para la ejecución de
obras de rehabilitación en este grupo de edificios, con criterios de calidad, adecuando las
intervenciones al nivel de protección de los edificios.
Existe un especial interés por parte del Consorcio de la Ciudad de Toledo, con la
aprobación de estas bases reguladoras, en contribuir a que las obras de rehabilitación
que se realicen en estos edificios tengan entre sus prioridades la mejora de la imagen
exterior de las fachadas, fomentando el uso de materiales «nobles» (revocos de cal,
elementos de cantería, canalones de cobre, pinturas a la cal, silicato, …) y el diseño de
calidad, siempre conforme a las directrices marcadas en las Ordenanzas del Plan
Especial del Casco Histórico de Toledo (PECHT) y las Ordenanzas del Plan de Color.
Este apartado de ayudas, denominado de forma habitual en nuestras bases reguladoras
cve: BOE-A-2021-21601
Verificable en https://www.boe.es
21601