III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-21617)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Molina de Aragón, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la ciudad de Molina de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

1.ª anualidad

Euros

2021
Secretaría de Estado de Turismo.

2.ª anualidad

Euros

Sec. III. Pág. 164781

3.ª anualidad

Euros

525.000,00

Total

Euros

525.000,00

2022
2023

Total SETUR (38,32%).

525.000,00
2021

Consejería de Economía, Empresas y
Empleo.

685.000,00

685.000,00

2022
2023

Total CA (50%).

685.000,00
2021

Ayuntamiento de Molina de Aragón.

2022

80.000,00

2023

80.000,00
80.000,00

Total EL (11,68%).

160.000,00
1.210.000,00

80.000,00

80.000,00

1.370.000,00

Sin perjuicio de que deba presentarse justificación documental a la Secretaría de
Estado de Turismo y a la comunidad autónoma correspondiente, de la forma en que se
describe en las cláusulas quinta y sexta, las aportaciones de cada una de las
administraciones no están vinculadas a actuaciones concretas, sino al desarrollo del plan
en su conjunto.
Quinta. Aportación de la Secretaría de Estado de Turismo.
1. Las aportaciones de la Secretaría de Estado de Turismo se efectuarán con cargo
a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.763.01 del Presupuesto de Gastos de la
Secretaría de Estado de Turismo para el año 2021.
2. La Secretaría de Estado de Turismo transferirá el importe de su aportación a la
entidad local ejecutante, una vez que el convenio adquiera eficacia, como financiación
anticipada de las actuaciones, conforme a lo establecido por el artículo 10 del Real
Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. La aportación de la primera anualidad podrá financiar
cualquier actuación que se realice en los restantes ejercicios del convenio. Su plazo de
ejecución empezará a contar a partir de la efectividad de dicha aportación hasta la
finalización de la vigencia del convenio.
La entidad local autoriza a la Secretaría de Estado de Turismo a obtener de forma
directa, a los efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se
encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. Si por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, las actuaciones no
pudieran ser ejecutadas en el plazo previsto, y por tal motivo se solicitara prórroga en el
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la Secretaría de Estado de
Turismo, estará condicionada a la prestación de garantía por parte del Ayuntamiento de
Molina de Aragón y por el importe de las actuaciones pendientes de ejecución, que
habrá de constituirse en metálico o en aval bancario, y que se mantendrá hasta que la
Administración autorice su cancelación, una vez ejecutadas y debidamente justificadas.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Secretaría de Estado de Turismo con sujeción a lo
dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de Depósitos,
aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre.

cve: BOE-A-2021-21617
Verificable en https://www.boe.es

Total Plan.

80.000,00