III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-21617)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Molina de Aragón, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la ciudad de Molina de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164780
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en la ciudad de
Molina de Aragón.
Este plan persigue la evaluación del estado actual del sector en el municipio e
impulsar acciones y proyectos que consoliden un modelo de turismo sostenible.
Segunda. Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que los convenios y acuerdos en los
que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen
las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las
Comunidades Autónomas, se desarrollará con carácter voluntario, mediante los
convenios administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios
deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Tercera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y el Ayuntamiento de Molina
de Aragón se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido en
la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio
convenio.
El Ayuntamiento de Molina de Aragón se compromete a ejecutar las actuaciones
objeto del plan y a destinar los recursos humanos y materiales que sean necesarios para
cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las actuaciones de
conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
Coste de las actuaciones y aportaciones de las partes.
El coste de las actuaciones previstas en el presente convenio se cifra
en 1.370.000,00 euros, que se financiará conjuntamente por las partes firmantes con
arreglo a la siguiente distribución.
cve: BOE-A-2021-21617
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164780
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes
firmantes con el objetivo de ejecutar el Plan de Sostenibilidad Turística en la ciudad de
Molina de Aragón.
Este plan persigue la evaluación del estado actual del sector en el municipio e
impulsar acciones y proyectos que consoliden un modelo de turismo sostenible.
Segunda. Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se
articula mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones
Públicas que pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal
y como reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las
Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través
de los acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que los convenios y acuerdos en los
que se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen
las partes que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y
administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las
Comunidades Autónomas, se desarrollará con carácter voluntario, mediante los
convenios administrativos que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios
deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Tercera.
Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este plan, la Secretaría de Estado de
Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y el Ayuntamiento de Molina
de Aragón se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido en
la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio
convenio.
El Ayuntamiento de Molina de Aragón se compromete a ejecutar las actuaciones
objeto del plan y a destinar los recursos humanos y materiales que sean necesarios para
cumplir los plazos de ejecución y a justificar la ejecución de las actuaciones de
conformidad con lo dispuesto en el presente convenio.
Coste de las actuaciones y aportaciones de las partes.
El coste de las actuaciones previstas en el presente convenio se cifra
en 1.370.000,00 euros, que se financiará conjuntamente por las partes firmantes con
arreglo a la siguiente distribución.
cve: BOE-A-2021-21617
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.