III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-21615)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca de las Cinco Villas, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística "Más que Cinco Villas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164757

exigir las facturas originales o copias autenticadas conforme a la Ley que justifiquen la
inversión realizada.
Sexta.

Aportación de la Comunidad Autónoma de Aragón.

a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor de la Comarca de las Cinco Villas de las obligaciones
reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Informe del Interventor de la Comarca de las Cinco Villas en el que se haga
constar que todas las facturas han sido pagadas.

cve: BOE-A-2021-21615
Verificable en https://www.boe.es

1. Las aportaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondientes a la
segunda y tercera anualidades del Plan se transferirán en el primer semestre de los
ejercicios 2022 y 2023 a través de la empresa pública Sociedad de Promoción y Gestión
del Turismo Aragonés, S.L.U., que actuará como medio propio e instrumental, constando
la necesaria partida presupuestaria en los Presupuestos de la Dirección General de
Turismo destinados a dicha empresa.
2. La Comunidad Autónoma de Aragón transferirá el importe a la Comarca de las
Cinco Villas, como financiación anticipada, conforme a lo establecido por el artículo 10
del Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio. La aportación podrá financiar las
actuaciones a realizar en los restantes ejercicios del convenio. El plazo de ejecución de
las actuaciones financiadas con la aportación de la comunidad autónoma empezará a
contar a partir de la efectividad de dicha aportación hasta la finalización del convenio.
La entidad local autoriza a la comunidad autónoma a obtener de forma directa, a los
efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se encuentra al
corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. Si por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, las actuaciones no
pudieran ser ejecutadas en el plazo previsto, y por tal motivo se solicitara prórroga en el
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la comunidad autónoma de
Aragón, estará condicionada, en caso de que su normativa lo permita, a la prestación de
garantía por parte de la Comarca de las Cinco Villas y por el importe de las actuaciones
pendientes de ejecución, que habrá de constituirse en metálico o en aval bancario, y que
se mantendrá hasta que la administración autorice su cancelación, una vez ejecutadas y
debidamente justificadas las actuaciones.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Comunidad Autónoma de Aragón con sujeción a lo
dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de Depósitos,
aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta de la Comarca de las Cinco Villas, no pudiendo imputarse a la cuenta
del plan.
Para la cancelación de la garantía será necesario un informe del Interventor de la
Comarca de las Cinco Villas en el que se haga constar que todas las facturas han sido
pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes a la aportación de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través de la
empresa pública Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.L.U., se
realizará dentro de los tres meses siguientes al término del plazo de ejecución de las
actuaciones mediante la presentación en castellano de los siguientes documentos a la
citada empresa: