III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-21611)
Resolución de 12 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Bofrost*, SAU.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164651

metodología «demostrar haciendo», aportándole las herramientas necesarias para ello,
alienando el talento a los objetivos establecidos en el centro de trabajo.
– Personal de ventas: Las funciones principales son las de vender / captar /
reponer / gestión administrativa / obligaciones derivadas de lo anterior. Es el/las
trabajador/a encargado de realizar ventas y su entrega o reparto al cliente y con
conocimiento práctico de los artículos que les están confiados, de forma que puedan
orientar al público en sus compras, cantidad, novedades etc. Del mismo modo, dentro de
sus funciones principales está la de desarrollar la cartera de clientes que en cada
momento se le asigne, con especial hincapié en la captación de clientes nuevos, así
como la integración profesional tanto de las captaciones de clientes propios, como de
aquellos que le provengan de la captación del equipo específico determinado para esta
función (según la normativa interna de la empresa). Asimismo, deberá cuidar el recuento
de la mercancía, para su reposición y el estado de ésta, además de controlar y custodiar
adecuadamente la recaudación en metálico obtenida de la venta, así como vigilar y
asegurar el adecuado nivel de temperatura para los alimentos congelados que portan en
su vehículo, debiendo, del mismo modo, verificar y controlar la no caducidad de los
productos en el mismo, cumpliendo con la normativa vigente en materia de fechas
máximas de venta en relación a la caducidad.
– Vendedor/a reserva: Su función consiste en cubrir aquellos tours asignados a otros
colaboradores, en función de las necesidades organizativas y productivas de la empresa,
aplicándose las funciones previstas en el apartado anterior. Además, en su condición de
«personal de ventas reserva», el/la trabajador/a realizará la captación de clientes, así
como la integración profesional tanto de las captaciones de clientes propios, como de
aquellos que le provengan de la captación del equipo específico.
– Repartidor/a: Quien, no teniendo la propiedad o poder directo de disposición del
vehículo ni la licencia administrativa correspondiente, su cometido principal consiste en
el reparto a domicilio de los productos o artículos que en cada momento comercializa o
vende la empresa siéndole de aplicación la misma normativa que al personal de ventas
en materia de jornada.
– Vendedor/a integrador/a: Su función consiste en la integración profesional de los
clientes nuevos, con el objetivo de asegurar que estos clientes nuevos entren a formar
parte de la cartera de clientes fijos de Bofrost*. Para ello el/la trabajador/a colaborará en
la organización de los tours y las zonas de venta que le sean asignadas por su
responsable directo para llevarlas al nivel óptimo de facturación y eficacia, para que
posteriormente sean asignadas a otros/as vendedores/as.
– Personal de recepción: Persona trabajadora que atiende una centralita telefónica,
estableciendo las comunicaciones con el exterior, anotando y transmitiendo cuantos
avisos reciba. Del mismo modo, se encargará de atender, controlar e informar la entrada
y salida de visitas. Además, podrá realizar trabajos auxiliares de ámbito administrativo,
incluyendo, además, los trabajos de mensajería, emisión y recepción de
correspondencia, y similares.
– Guarda: Persona trabajadora que se encarga de la vigilancia y custodia de las
instalaciones, mobiliario, herramientas, maquinarias y otros elementos, en los locales
asignados. Además controlará el adecuado mantenimiento de lo antes reseñado,
siempre que para ello no requiera una titulación o especialización determinada, en cuyo
caso le será facilitada la formación por la empresa. Adicionalmente, prestará apoyo
laboral a algunos departamentos como por ejemplo el departamento de facilities
– Personal de cocina: Persona trabajadora que se encarga de la preparación, cocina
y presentación de los productos, a efectos de realizar los controles de calidad que la
empresa fije en cualquier momento. Además, participará en la definición de los
conceptos para la preparación ideal de los diferentes usos culinarios que se les pueden
dar a los productos de la empresa. También desarrollará las funciones propias de su
categoría en los comedores y cafeterías de la compañía.
– Personal de limpieza: Quien se ocupa del aseo y limpieza de los locales e
instalaciones de la empresa.

cve: BOE-A-2021-21611
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 311