III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21612)
Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
59 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164674
presupuesto, sino que las propuestas deben buscar la cooperación entre las empresas,
que contribuya a la generación de sinergias y la difusión del conocimiento, con
soluciones integradas y eficientes. La línea no busca la mera implementación de la
fabricación del VEC en España, sino incentivar a las empresas para que esta
transformación se realice buscando soluciones altamente innovadoras a los problemas
que puedan surgir con esta transformación y de una manera sostenible. No se pretende
un mero cambio en la fabricación de vehículos, sino que este cambio sea innovador, con
métodos de fabricación sostenibles, que se apoye la economía circular y se busque la
integración social. Se busca incentivar el desarrollo de vehículos inteligentes que puedan
ser instrumentos para el desarrollo de un nuevo concepto de movilidad, que puedan
interactuar con el sistema eléctrico y que tengan un enfoque de economía circular y de
fabricación lo más sostenible posible. Desde un punto de vista de resultados e impacto
de la política, se pretende por una parte mejorar de la competitividad del sector de la
automoción, que además contribuya a su sostenibilidad, con las innovaciones necesarias
que ayuden a mejorar la eficiencia energética y la sustitución de los componentes
clásicos por componentes reutilizables, y con todo ello mejorar el crecimiento económico
y por lo tanto el empleo y el PIB industrial contribuyendo a que tenga una
representatividad del 20% en el conjunto de sectores industriales.
Por ello, la orden establece un modelo colaborativo de solicitud. Las entidades
interesadas en presentar una solicitud se deberán constituir como una agrupación de
empresas sin personalidad jurídica y suscribir con carácter previo a la formalización de la
solicitud un acuerdo interno que debe incluir, las previsiones del artículo 67 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como las condiciones establecidas en el
anexo VI de esta orden de bases.
Las solicitudes deberán además incluir proyectos primarios que involucran a varios
eslabones de la cadena de valor del sector, y dentro de los bloques obligatorios, así
como alguno de los opcionales y los transversales definidos en el Acuerdo de Consejo
de Ministros de 13 de julio de 2021 y reflejados en el artículo 8 y anexo II de esta orden
de bases.
La magnitud y complejidad de las inversiones a realizar es evidente. Como se
describe en profundidad en el articulado, cada solicitud denominada proyecto tractor está
conformada por varios proyectos primarios que pueden realizar una o varias entidades
de la agrupación, en periodos largos de ejecución. Por ello, resulta fundamental
establecer mecanismos que permitan dar certidumbre al proyecto y de seguimiento de
las inversiones, como la creación de grupos de trabajo entre la administración y las
agrupaciones que, con carácter informativo, permita conocer de las incidencias que
pudieran darse en la ejecución. Igualmente, los amplios periodos de inversión que van a
requerir los proyectos que se presenten que abarcarán varios años naturales y dado que
las inversiones serán plurianuales, se estima necesario que las ayudas concedidas
puedan articularse mediante varios pagos en distintas anualidades presupuestarias, y
con seguimiento del avance de las inversiones.
Este programa será cofinanciado con fondos europeos del Plan de Recuperación.
IV
La orden se estructura en treinta y siete artículos distribuidos en dos capítulos, dos
disposiciones adicionales, tres disposiciones finales y seis anexos. En el primer capítulo
figuran las disposiciones de carácter general, que se refieren a aspectos como los
objetivos generales, los tipos de actuaciones financiables, los beneficiarios, las
características de la ayuda y sus límites; el segundo regula el procedimiento de gestión:
Órganos convocantes, forma de realizar la solicitud, proceso de evaluación, tramitación y
pago, justificación y comprobación de la realización de las actuaciones, criterios de
graduación de los posibles incumplimientos, los mecanismos de control de ayudas, la
cve: BOE-A-2021-21612
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164674
presupuesto, sino que las propuestas deben buscar la cooperación entre las empresas,
que contribuya a la generación de sinergias y la difusión del conocimiento, con
soluciones integradas y eficientes. La línea no busca la mera implementación de la
fabricación del VEC en España, sino incentivar a las empresas para que esta
transformación se realice buscando soluciones altamente innovadoras a los problemas
que puedan surgir con esta transformación y de una manera sostenible. No se pretende
un mero cambio en la fabricación de vehículos, sino que este cambio sea innovador, con
métodos de fabricación sostenibles, que se apoye la economía circular y se busque la
integración social. Se busca incentivar el desarrollo de vehículos inteligentes que puedan
ser instrumentos para el desarrollo de un nuevo concepto de movilidad, que puedan
interactuar con el sistema eléctrico y que tengan un enfoque de economía circular y de
fabricación lo más sostenible posible. Desde un punto de vista de resultados e impacto
de la política, se pretende por una parte mejorar de la competitividad del sector de la
automoción, que además contribuya a su sostenibilidad, con las innovaciones necesarias
que ayuden a mejorar la eficiencia energética y la sustitución de los componentes
clásicos por componentes reutilizables, y con todo ello mejorar el crecimiento económico
y por lo tanto el empleo y el PIB industrial contribuyendo a que tenga una
representatividad del 20% en el conjunto de sectores industriales.
Por ello, la orden establece un modelo colaborativo de solicitud. Las entidades
interesadas en presentar una solicitud se deberán constituir como una agrupación de
empresas sin personalidad jurídica y suscribir con carácter previo a la formalización de la
solicitud un acuerdo interno que debe incluir, las previsiones del artículo 67 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como las condiciones establecidas en el
anexo VI de esta orden de bases.
Las solicitudes deberán además incluir proyectos primarios que involucran a varios
eslabones de la cadena de valor del sector, y dentro de los bloques obligatorios, así
como alguno de los opcionales y los transversales definidos en el Acuerdo de Consejo
de Ministros de 13 de julio de 2021 y reflejados en el artículo 8 y anexo II de esta orden
de bases.
La magnitud y complejidad de las inversiones a realizar es evidente. Como se
describe en profundidad en el articulado, cada solicitud denominada proyecto tractor está
conformada por varios proyectos primarios que pueden realizar una o varias entidades
de la agrupación, en periodos largos de ejecución. Por ello, resulta fundamental
establecer mecanismos que permitan dar certidumbre al proyecto y de seguimiento de
las inversiones, como la creación de grupos de trabajo entre la administración y las
agrupaciones que, con carácter informativo, permita conocer de las incidencias que
pudieran darse en la ejecución. Igualmente, los amplios periodos de inversión que van a
requerir los proyectos que se presenten que abarcarán varios años naturales y dado que
las inversiones serán plurianuales, se estima necesario que las ayudas concedidas
puedan articularse mediante varios pagos en distintas anualidades presupuestarias, y
con seguimiento del avance de las inversiones.
Este programa será cofinanciado con fondos europeos del Plan de Recuperación.
IV
La orden se estructura en treinta y siete artículos distribuidos en dos capítulos, dos
disposiciones adicionales, tres disposiciones finales y seis anexos. En el primer capítulo
figuran las disposiciones de carácter general, que se refieren a aspectos como los
objetivos generales, los tipos de actuaciones financiables, los beneficiarios, las
características de la ayuda y sus límites; el segundo regula el procedimiento de gestión:
Órganos convocantes, forma de realizar la solicitud, proceso de evaluación, tramitación y
pago, justificación y comprobación de la realización de las actuaciones, criterios de
graduación de los posibles incumplimientos, los mecanismos de control de ayudas, la
cve: BOE-A-2021-21612
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311