III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21612)
Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164693
con lo establecido en el artículo 2, punto 20, del Reglamento (UE) No 651/2014 de la
Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de
ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado, o en el reglamento que, en su caso, lo sustituya, y siendo R la intensidad
máxima de ayuda aplicable en la zona en cuestión, establecida en un mapa de ayudas
regionales aprobado y que esté en vigor en la fecha de concesión de la ayuda.
En los grandes proyectos de inversión, de acuerdo a la definición establecida en el
Anexo III, el importe de la ayuda no podrá exceder del importe ajustado de la ayuda,
calculado con arreglo al mecanismo definido en el anexo III.
Toda inversión inicial emprendida por la misma entidad beneficiaria (a nivel de grupo)
en un período de tres años contado a partir de la fecha de inicio de los trabajos en otra
inversión que recibe ayuda en la misma región de nivel 3 de la Nomenclatura Común de
Unidades Territoriales Estadísticas se considerará parte de un proyecto de inversión
único. Cuando tal proyecto de inversión único sea un gran proyecto de inversión, el
importe total de la ayuda para el proyecto de inversión único no superará el importe
ajustado de la ayuda para grandes proyectos de inversión, calculado con arreglo al
mecanismo definido en el anexo III.
h) Para los proyectos de formación, 2.000.000 euros por proyecto primario.
i) Ningún proyecto primario de cualquier tipología de las anteriores podrá
beneficiarse de más del 20% de la ayuda total a conceder bajo esta orden.
j) Para cada proyecto tractor el porcentaje de ayuda total concedida para PYMES
será, al menos, del 30% de la ayuda a conceder derivada de los presupuestos señalados
en el artículo 14.7 de esta orden.
k) El importe máximo de ayuda concedida en cualquier forma para un mismo grupo
empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe, no
podrá superar el 15% del presupuesto total del programa de acuerdo con lo señalado en
el artículo 14.7 de esta Orden.
Las cantidades señaladas en las letras a) a h) anteriores estarán supeditadas a la
Decisión positiva por parte de la Comisión Europea.
6. La intensidad de la ayuda correspondiente a los préstamos concedidos por
empresa y proyecto primario deberá expresarse en términos de su equivalente en
subvención bruta. El tipo de interés que debe emplearse a efectos tanto del cálculo del
coeficiente de actualización como del cálculo del importe de las ayudas en sí mismo,
debe ser respectivamente, el tipo de actualización y el tipo de referencia aplicables en el
momento de la concesión, tal como se establece en la Comunicación de la Comisión
(2008/C 14/02) relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de
actualización. La metodología de cálculo a seguir para la obtención del importe de la
ayuda, en la que entran como factores los tipos de interés anteriores, será la indicada en
la Comunicación de la Comisión (2008/C 14/02) o en la normativa que pudiera sucederle
y de conformidad con el Anexo I de las Directrices sobre las ayudas de Estado de
finalidad regional (98/C 74/06), y utilizando los criterios de calificación financiera
establecidos en el anexo V de esta orden.
Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención bruta equivalente a las entidades beneficiarias
dentro de cada agrupación (pro proyecto primario y entidad)
Tipos de proyectos
Empresas no pyme
Medianas empresas
Pequeñas empresas y
microempresas
Proyectos de investigación
industrial.
Hasta el 50% del coste
subvencionable del proyecto
Hasta el 60% del coste
subvencionable del proyecto
Hasta el 70% del coste
subvencionable del proyecto
Proyectos de desarrollo
experimental.
Hasta el 25% del coste
subvencionable del proyecto.
Hasta el 35% del coste
subvencionable del proyecto.
Hasta el 45% del coste
subvencionable del proyecto.
cve: BOE-A-2021-21612
Verificable en https://www.boe.es
7. Según los tipos de proyectos, las intensidades brutas máximas por proyecto
primario y entidad beneficiaria serán las siguientes:
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164693
con lo establecido en el artículo 2, punto 20, del Reglamento (UE) No 651/2014 de la
Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de
ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado, o en el reglamento que, en su caso, lo sustituya, y siendo R la intensidad
máxima de ayuda aplicable en la zona en cuestión, establecida en un mapa de ayudas
regionales aprobado y que esté en vigor en la fecha de concesión de la ayuda.
En los grandes proyectos de inversión, de acuerdo a la definición establecida en el
Anexo III, el importe de la ayuda no podrá exceder del importe ajustado de la ayuda,
calculado con arreglo al mecanismo definido en el anexo III.
Toda inversión inicial emprendida por la misma entidad beneficiaria (a nivel de grupo)
en un período de tres años contado a partir de la fecha de inicio de los trabajos en otra
inversión que recibe ayuda en la misma región de nivel 3 de la Nomenclatura Común de
Unidades Territoriales Estadísticas se considerará parte de un proyecto de inversión
único. Cuando tal proyecto de inversión único sea un gran proyecto de inversión, el
importe total de la ayuda para el proyecto de inversión único no superará el importe
ajustado de la ayuda para grandes proyectos de inversión, calculado con arreglo al
mecanismo definido en el anexo III.
h) Para los proyectos de formación, 2.000.000 euros por proyecto primario.
i) Ningún proyecto primario de cualquier tipología de las anteriores podrá
beneficiarse de más del 20% de la ayuda total a conceder bajo esta orden.
j) Para cada proyecto tractor el porcentaje de ayuda total concedida para PYMES
será, al menos, del 30% de la ayuda a conceder derivada de los presupuestos señalados
en el artículo 14.7 de esta orden.
k) El importe máximo de ayuda concedida en cualquier forma para un mismo grupo
empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe, no
podrá superar el 15% del presupuesto total del programa de acuerdo con lo señalado en
el artículo 14.7 de esta Orden.
Las cantidades señaladas en las letras a) a h) anteriores estarán supeditadas a la
Decisión positiva por parte de la Comisión Europea.
6. La intensidad de la ayuda correspondiente a los préstamos concedidos por
empresa y proyecto primario deberá expresarse en términos de su equivalente en
subvención bruta. El tipo de interés que debe emplearse a efectos tanto del cálculo del
coeficiente de actualización como del cálculo del importe de las ayudas en sí mismo,
debe ser respectivamente, el tipo de actualización y el tipo de referencia aplicables en el
momento de la concesión, tal como se establece en la Comunicación de la Comisión
(2008/C 14/02) relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de
actualización. La metodología de cálculo a seguir para la obtención del importe de la
ayuda, en la que entran como factores los tipos de interés anteriores, será la indicada en
la Comunicación de la Comisión (2008/C 14/02) o en la normativa que pudiera sucederle
y de conformidad con el Anexo I de las Directrices sobre las ayudas de Estado de
finalidad regional (98/C 74/06), y utilizando los criterios de calificación financiera
establecidos en el anexo V de esta orden.
Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención bruta equivalente a las entidades beneficiarias
dentro de cada agrupación (pro proyecto primario y entidad)
Tipos de proyectos
Empresas no pyme
Medianas empresas
Pequeñas empresas y
microempresas
Proyectos de investigación
industrial.
Hasta el 50% del coste
subvencionable del proyecto
Hasta el 60% del coste
subvencionable del proyecto
Hasta el 70% del coste
subvencionable del proyecto
Proyectos de desarrollo
experimental.
Hasta el 25% del coste
subvencionable del proyecto.
Hasta el 35% del coste
subvencionable del proyecto.
Hasta el 45% del coste
subvencionable del proyecto.
cve: BOE-A-2021-21612
Verificable en https://www.boe.es
7. Según los tipos de proyectos, las intensidades brutas máximas por proyecto
primario y entidad beneficiaria serán las siguientes: