III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-21499)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional del Sector Lácteo, para el desarrollo de determinadas actividades en el ámbito sectorial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 163923

o. Propiciar la participación de INLAC como jurado en los Premios Alimentos de
España Mejores Quesos.
p. Elaborar una memoria anual sobre el desarrollo de las actividades recogidas en
este Convenio para su valoración y evaluación por la Comisión de Seguimiento y
Coordinación.
2. A efectos del debido cumplimiento de los objetivos del presente Convenio,
INLAC se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a. Desarrollar actividades de promoción del sector lácteo, contribuyendo a difundir y
promover las bondades de la leche y los productos lácteos entre los consumidores.
b. Promover acciones que pongan en relieve la sostenibilidad ambiental, social y
económica del sector lácteo, así como acciones que valoricen sus esfuerzos por el
bienestar animal.
c. Colaborar en iniciativas encaminadas a informar a los consumidores sobre las
diferencias entre los productos de origen vegetal y la leche y los productos lácteos, así
como de la legislación existente en cuanto a su etiquetado. Además, vigilará y dará
traslado al MAPA de la incorrecta utilización de las definiciones, designaciones o
denominaciones de venta reservadas para el sector para que actúe en consecuencia.
d. Mantener y mejorar los índices de indexación de precios, así como colaborar
para que estos se adapten a la legislación vigente a través del SILAC (Sistema de
Información Lácteo).
e. Definir en colaboración con el MAPA las consultas e informes que resulten de
interés preparar a partir de la información contenida en la base de datos INFOLAC.
f. Mantener y optimizar el servicio de vista previa al arbitraje en los contratos.
g. Promover la elaboración de contratos tipo homologados y favorecer su difusión.
h. Promover y participar en encuentros con los eslabones de la cadena alimentaria
que no estén representados en INLAC, así como, estimular el llegar a acuerdos que
aseguren un correcto funcionamiento de la cadena láctea.
i. Promover encuentros que puedan surgir con otros Ministerios u Organismos
implicados en la cadena alimentaria que puedan contribuir a su buen funcionamiento.
j. Avanzar en la diferenciación de los códigos TARIC para asignar diferentes
códigos a los distintos productos lácteos si se definiera esta necesidad.
k. Colaborar con el MAPA para que se agilicen los aspectos regulatorios de los
procedimientos de exportación en el sector lácteo.
l. Colaborar en la identificación de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo
e innovación en el sector lácteo y favorecer la convocatoria de proyectos.
m. Difusión de informes y resultados de estudios con interés para el sector lácteo.
n. Fomentar, desarrollar y participar en actividades formativas dirigidas al sector
lácteo.
o. Elaborar una memoria anual sobre el desarrollo de las actividades recogidas en
este Convenio para su valoración y evaluación por la Comisión de Seguimiento y
Coordinación.
3. Toda la información compartida por las partes, lo será con la debida salvaguarda
de la protección de datos de carácter personal y de acuerdo a la legislación vigente en
materia de competencia.
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
Las actuaciones objeto del presente Convenio se atenderán con los medios humanos
y materiales del MAPA y de INLAC.
El presente Convenio no supone ninguna obligación ni compromiso de tipo
económico para las partes intervinientes.
En caso necesario para el desarrollo de actividades que requieran cofinanciación por
las partes se podrán desarrollar Convenios específicos.

cve: BOE-A-2021-21499
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Núm. 310