III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-21499)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional del Sector Lácteo, para el desarrollo de determinadas actividades en el ámbito sectorial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 163922

Sexto.
Dicha colaboración se articula mediante un Convenio que se ajusta al régimen
jurídico establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente Convenio tiene como objeto establecer las bases de colaboración entre
el MAPA e INLAC, para el desarrollo de determinadas actividades en el ámbito sectorial.
Segunda. Obligaciones de las partes.

a. Colaborar con INLAC en el desarrollo de actividades de promoción del sector
lácteo, contribuyendo a difundir y promover las bondades de la leche y los productos
lácteos entre los consumidores.
b. Promover acciones que pongan en relieve la sostenibilidad ambiental, social y
económica del sector lácteo, así como acciones que valoricen sus esfuerzos por el
bienestar animal.
c. Incorporar al sector lácteo en las campañas de promoción y comunicación del
MAPA.
d. Colaborar con INLAC en la difusión del mensaje «3 lácteos al día» a través de
las herramientas de comunicación disponibles por el MAPA.
e. Colaborar con INLAC en iniciativas encaminadas a informar a los consumidores
sobre las diferencias entre los productos de origen vegetal y la leche y los productos
lácteos, así como de la legislación existente en cuanto a su etiquetado.
f. Definir en colaboración con INLAC las consultas e informes que resulten de
interés preparar a partir de la información contenida en la base de datos INFOLAC.
g. Apoyar encuentros con los eslabones de la cadena alimentaria que no estén
representados en INLAC, así como estimular el llegar a acuerdos que aseguren un
correcto funcionamiento de la cadena láctea.
h. Participar en encuentros que puedan surgir con otros Ministerios u Organismos
implicados en la cadena alimentaria que puedan contribuir a su buen funcionamiento.
i. Colaborar con el sector en la promoción de la diferenciación de los códigos
TARIC para asignar diferentes códigos a los distintos productos lácteos si se definiera
esta necesidad.
j. Apoyar, facilitar y coordinar las acciones necesarias que permitan agilizar los
procedimientos de comercio exterior en el sector lácteo.
k. Facilitar a INLAC, cuando proceda, información de la base de datos INFOLAC
para dar cumplimiento al apartado 4 del artículo 3 del Real Decreto 319/2015, de 24 de
abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y
productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.
l. Colaborar con INLAC en la identificación de las líneas prioritarias de
investigación, desarrollo e innovación en el sector lácteo y apoyar la convocatoria de
proyectos.
m. Difundir informes y resultados de estudios con interés para el sector lácteo.
n. Fomentar, desarrollar y participar en actividades formativas dirigidas al sector
lácteo.

cve: BOE-A-2021-21499
Verificable en https://www.boe.es

1. A efectos del debido cumplimiento de los objetivos del presente Convenio, el
MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones: