II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-21432)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163413
correspondientes o de la copia de los títulos debidamente compulsados, así como, en su
caso, de las publicaciones referidas, no siendo necesario que acrediten aquellos méritos
que ya se hayan inscrito en el registro regulado en el artículo 11 del Decreto 58/2012,
de 27 de abril.
M. Comunidad Autónoma de la Rioja (Decreto 50/1998, de 31 de julio, del Consejo
de Gobierno del Gobierno de la Rioja).
1.
Méritos de determinación autonómica:
Experiencia profesional. Se valorará el desempeño, en condición de personal
funcionario, de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de la
Rioja o de las entidades locales de su territorio, que implique el conocimiento de las
especialidades de la organización territorial y de la normativa de dicha comunidad
autónoma.
Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, la
superación de cursos organizados u homologados por la Dirección General de
Administración Local de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que tengan por objeto las
especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad
Autónoma de La Rioja. La homologación de cursos a los efectos previstos en este
apartado, deberá solicitarse por la entidad organizadora, acompañando al menos el
programa detallado de contenidos, profesorado y horas lectivas del curso.
Actividad docente y publicaciones. Se valorarán las actividades docentes y las
publicaciones, referidas a las especialidades de la organización territorial y de la
normativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2.
Valoración de los méritos:
Experiencia profesional. Se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos; con arreglo al
siguiente baremo:
– El desempeño de puestos de grupo funcionarial igual o superior al que
corresponde a la Subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por cada mes.
– El desempeño de puestos de grupo funcionarial inmediatamente inferior al que
corresponda a la subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por cada mes.
Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán hasta un máximo de 1 punto,
en la forma siguiente:
– Cursos con duración entre 15 y 30 horas: 0,25 puntos por cada curso.
– Cursos con duración superior a 30 horas: 0,40 puntos por cada curso.
Intervención como docente en cursos que reúnan las condiciones establecidas en los
apartados 1-b) y 3-b) de estas bases: 0,02 puntos por cada hora de clase impartida.
Los trabajos publicados se valorarán en función de su extensión profundidad y
calidad científica.
Únicamente se valorarán los servicios, cursos o actividades realizados en los diez
años inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria del correspondiente
concurso de provisión de puestos en el «Boletín Oficial del Estado».
La suma de puntos por los méritos de determinación autonómica no superará en
ningún caso el límite del 10 por 100 de la puntuación total posible, según se establece en
el artículo 99.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
Actividad docente y publicaciones. Se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos, de
acuerdo con los siguientes criterios:
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163413
correspondientes o de la copia de los títulos debidamente compulsados, así como, en su
caso, de las publicaciones referidas, no siendo necesario que acrediten aquellos méritos
que ya se hayan inscrito en el registro regulado en el artículo 11 del Decreto 58/2012,
de 27 de abril.
M. Comunidad Autónoma de la Rioja (Decreto 50/1998, de 31 de julio, del Consejo
de Gobierno del Gobierno de la Rioja).
1.
Méritos de determinación autonómica:
Experiencia profesional. Se valorará el desempeño, en condición de personal
funcionario, de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de la
Rioja o de las entidades locales de su territorio, que implique el conocimiento de las
especialidades de la organización territorial y de la normativa de dicha comunidad
autónoma.
Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, la
superación de cursos organizados u homologados por la Dirección General de
Administración Local de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que tengan por objeto las
especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad
Autónoma de La Rioja. La homologación de cursos a los efectos previstos en este
apartado, deberá solicitarse por la entidad organizadora, acompañando al menos el
programa detallado de contenidos, profesorado y horas lectivas del curso.
Actividad docente y publicaciones. Se valorarán las actividades docentes y las
publicaciones, referidas a las especialidades de la organización territorial y de la
normativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2.
Valoración de los méritos:
Experiencia profesional. Se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos; con arreglo al
siguiente baremo:
– El desempeño de puestos de grupo funcionarial igual o superior al que
corresponde a la Subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por cada mes.
– El desempeño de puestos de grupo funcionarial inmediatamente inferior al que
corresponda a la subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por cada mes.
Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán hasta un máximo de 1 punto,
en la forma siguiente:
– Cursos con duración entre 15 y 30 horas: 0,25 puntos por cada curso.
– Cursos con duración superior a 30 horas: 0,40 puntos por cada curso.
Intervención como docente en cursos que reúnan las condiciones establecidas en los
apartados 1-b) y 3-b) de estas bases: 0,02 puntos por cada hora de clase impartida.
Los trabajos publicados se valorarán en función de su extensión profundidad y
calidad científica.
Únicamente se valorarán los servicios, cursos o actividades realizados en los diez
años inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria del correspondiente
concurso de provisión de puestos en el «Boletín Oficial del Estado».
La suma de puntos por los méritos de determinación autonómica no superará en
ningún caso el límite del 10 por 100 de la puntuación total posible, según se establece en
el artículo 99.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
Actividad docente y publicaciones. Se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos, de
acuerdo con los siguientes criterios: