III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema eléctrico. (BOE-A-2021-21544)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la cuantía de retribución del operador del sistema eléctrico para 2022 y los precios a repercutir a los agentes para su financiación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164235
𝑂𝑆
𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2022
TÉRMINO DE RETRIBUCIÓN POR INCENTIVOS.
1.432
𝑂𝑆
𝑅𝑇2022
RETRIBUCIÓN ANUAL OS 2022.
74.692
Tercero. Precios a repercutir a los agentes para la financiación de la retribución del
operador del sistema en 2022.
Los precios a repercutir a los agentes para la financiación de la retribución del
operador del sistema constan de una cuota fija, cuyo valor asciende a 200 euros/mes de
acuerdo con lo definido en el artículo 15.2 de la Circular 4/2019, y de una cuota variable.
El importe a financiar con cargo a las cuotas variables se calcula descontando del
total de retribución del operador del sistema (74.692.000 €), el importe financiado por las
cuotas fijas (1.156.800 €), calculado considerando el total de sujetos de liquidación a
octubre de 2021 (482 sujetos) y la cuota fija establecida, lo que resulta en un valor
de 73.535.200 euros.
De acuerdo con el artículo 14 de la Circular 4/2019, el 50 por ciento de dicho valor es
asumido por el conjunto de los productores de energía eléctrica situados en el territorio
nacional y el otro 50 por ciento por el conjunto de comercializadores y consumidores
directos en mercado que actúen en el ámbito geográfico nacional.
El precio correspondiente a la cuota variable se obtiene dividiendo el importe a
financiar con cargo a las cuotas variables entre la previsión de demanda nacional, que se
ha considerado para 2022 de 261.551.000 MWh. Esta previsión de demanda se
corresponde con la mejor estimación de la CNMC a la fecha de aprobación de esta
Resolución.
En consecuencia, el precio correspondiente a la cuota variable que debe pagar la
demanda y la generación por los programas horarios correspondientes a 2022 asciende
a 0,14058 euros/MWh.
Cuarto.
Saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2020.
Con fecha 30 de abril de 2021, el Operador del Sistema ha aportado a la CNMC el
soporte documental de los costes incurridos en 2020, con cargo a la cuenta regulatoria,
por importe de 2.436.370 euros.
Se considera que estos costes cumplen con los principios establecidos en el
artículo 9, punto 3, de la Circular 4/2019.
El saldo de la cuenta regulatoria a 31/12/2020 asciende a 2.563.630 euros.
Por todo lo anterior, conforme a las funciones asignadas en el artículo 7.1.i) de la
Ley 3/2013 de 4 de junio y de conformidad con la Circular 4/2019, previo trámite de
audiencia, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, resuelve:
Primero.
Establecer la cuantía de retribución del operador del sistema para 2022.
𝑂𝑆
Base de retribución 𝐵𝑅𝑒𝑡2022: 71.593 miles de euros.
𝑂𝑆
Término de retribución por incentivos 𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2022: 1.432 miles de euros. De
conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Circular 4/2019, de 27 de
noviembre, se ha incorporado una estimación del término de retribución por incentivos
cve: BOE-A-2021-21544
Verificable en https://www.boe.es
𝑂𝑆
1. Se establece la retribución del operador del sistema para 2022 𝑅𝑇2022 en 74.692
miles de euros.
2. Esta retribución está integrada por los siguientes términos, de conformidad con lo
establecido en la Circular 4/2019, de 27 de noviembre:
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164235
𝑂𝑆
𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2022
TÉRMINO DE RETRIBUCIÓN POR INCENTIVOS.
1.432
𝑂𝑆
𝑅𝑇2022
RETRIBUCIÓN ANUAL OS 2022.
74.692
Tercero. Precios a repercutir a los agentes para la financiación de la retribución del
operador del sistema en 2022.
Los precios a repercutir a los agentes para la financiación de la retribución del
operador del sistema constan de una cuota fija, cuyo valor asciende a 200 euros/mes de
acuerdo con lo definido en el artículo 15.2 de la Circular 4/2019, y de una cuota variable.
El importe a financiar con cargo a las cuotas variables se calcula descontando del
total de retribución del operador del sistema (74.692.000 €), el importe financiado por las
cuotas fijas (1.156.800 €), calculado considerando el total de sujetos de liquidación a
octubre de 2021 (482 sujetos) y la cuota fija establecida, lo que resulta en un valor
de 73.535.200 euros.
De acuerdo con el artículo 14 de la Circular 4/2019, el 50 por ciento de dicho valor es
asumido por el conjunto de los productores de energía eléctrica situados en el territorio
nacional y el otro 50 por ciento por el conjunto de comercializadores y consumidores
directos en mercado que actúen en el ámbito geográfico nacional.
El precio correspondiente a la cuota variable se obtiene dividiendo el importe a
financiar con cargo a las cuotas variables entre la previsión de demanda nacional, que se
ha considerado para 2022 de 261.551.000 MWh. Esta previsión de demanda se
corresponde con la mejor estimación de la CNMC a la fecha de aprobación de esta
Resolución.
En consecuencia, el precio correspondiente a la cuota variable que debe pagar la
demanda y la generación por los programas horarios correspondientes a 2022 asciende
a 0,14058 euros/MWh.
Cuarto.
Saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2020.
Con fecha 30 de abril de 2021, el Operador del Sistema ha aportado a la CNMC el
soporte documental de los costes incurridos en 2020, con cargo a la cuenta regulatoria,
por importe de 2.436.370 euros.
Se considera que estos costes cumplen con los principios establecidos en el
artículo 9, punto 3, de la Circular 4/2019.
El saldo de la cuenta regulatoria a 31/12/2020 asciende a 2.563.630 euros.
Por todo lo anterior, conforme a las funciones asignadas en el artículo 7.1.i) de la
Ley 3/2013 de 4 de junio y de conformidad con la Circular 4/2019, previo trámite de
audiencia, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, resuelve:
Primero.
Establecer la cuantía de retribución del operador del sistema para 2022.
𝑂𝑆
Base de retribución 𝐵𝑅𝑒𝑡2022: 71.593 miles de euros.
𝑂𝑆
Término de retribución por incentivos 𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2022: 1.432 miles de euros. De
conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Circular 4/2019, de 27 de
noviembre, se ha incorporado una estimación del término de retribución por incentivos
cve: BOE-A-2021-21544
Verificable en https://www.boe.es
𝑂𝑆
1. Se establece la retribución del operador del sistema para 2022 𝑅𝑇2022 en 74.692
miles de euros.
2. Esta retribución está integrada por los siguientes términos, de conformidad con lo
establecido en la Circular 4/2019, de 27 de noviembre: