III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-21486)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo general de ámbito estatal para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163707
Tareas. Ejemplos. En este Grupo Profesional se incluyen a título enunciativo las
siguientes actividades, así como aquellas otras asimilables a las mismas:
–
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–
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–
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–
–
Elaboración de notas técnicas.
Cálculo de tarifas en nuevos productos.
Trabajos Técnicos de auditoría.
Análisis e investigación de mercados.
Asesoría legal.
Análisis de sistemas.
Estudios de Organización y métodos.
Asistencia y Prevención Sanitaria.
Prevención, inspección y valoración de riesgos.
Evaluación y análisis de inversiones financieras.
Selección y formación de las personas trabajadoras.
Asistencia técnica de instalaciones y comunicaciones.
Niveles retributivos. A efectos de retribución se encuentran distribuidos en los
Niveles 1, 2 y 3 (Anexo I).
3.
Grupo Profesional II.
– Asesoría Técnica o jurídica de inicio o apoyo bajo supervisión de las personas
trabajadoras del Grupo I.
– Valoración, peritación, tramitación y liquidación de siniestros.
– Estimación y tarificación de riesgos y elaboración de los proyectos que los mismos
comportan.
– Revisión y codificación de solicitudes y proposiciones de seguro y emisión de
pólizas.
– Programación, preparación, verificación y operación en sistemas informáticos.
– Inspección, organización y producción comercial.
– Realización de pagos y operaciones de ingreso y disposiciones de efectivo.
– Realización de tareas contables como elaboración y seguimiento de cuentas y
comprobaciones de saldos.
– Gestión de colocación y administración de contratos de coaseguro y reaseguro.
– Coordinación y responsabilización sobre tareas de servicios de carácter general
que forman parte de las que se enumeran en los ejemplos del Grupo Profesional III
como: manejo de máquinas de servicios generales; vigilancia, portería y recepción;
recepción, distribución y salida de correo y material de oficina; limpieza; recados o
encargos sencillos; trámites administrativos externos, etc.
– Trabajos administrativos de personas trabajadoras, de organización y métodos y
en general de cuantas funciones componen los procesos ordinarios de la empresa.
Niveles retributivos. A efectos de retribución se encuentran distribuidos en los
Niveles 4, 5 y 6 (Anexo I).
cve: BOE-A-2021-21486
Verificable en https://www.boe.es
Criterios generales. Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo
Profesional cuenta para el desempeño de sus tareas con cierto grado de autonomía para
ejecutar o realizar tareas en el ámbito de su competencia, así como para proceder a la
resolución de problemas técnicos o prácticos propios de su campo de actuación. Deben
seguir a estos efectos normas, directrices o procedimientos ordinarios al uso de la
empresa.
Formación. Conocimientos singulares de las funciones, tareas y operaciones, con
un nivel de formación mínima correspondiente a Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado
Superior de F.P. o similar, o sus equivalentes con arreglo a la Legislación educativa
vigente.
Tareas. Ejemplos. En este Grupo Profesional se incluyen a título enunciativo las
siguientes actividades, así como aquellas otras asimilables a las mismas:
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163707
Tareas. Ejemplos. En este Grupo Profesional se incluyen a título enunciativo las
siguientes actividades, así como aquellas otras asimilables a las mismas:
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Elaboración de notas técnicas.
Cálculo de tarifas en nuevos productos.
Trabajos Técnicos de auditoría.
Análisis e investigación de mercados.
Asesoría legal.
Análisis de sistemas.
Estudios de Organización y métodos.
Asistencia y Prevención Sanitaria.
Prevención, inspección y valoración de riesgos.
Evaluación y análisis de inversiones financieras.
Selección y formación de las personas trabajadoras.
Asistencia técnica de instalaciones y comunicaciones.
Niveles retributivos. A efectos de retribución se encuentran distribuidos en los
Niveles 1, 2 y 3 (Anexo I).
3.
Grupo Profesional II.
– Asesoría Técnica o jurídica de inicio o apoyo bajo supervisión de las personas
trabajadoras del Grupo I.
– Valoración, peritación, tramitación y liquidación de siniestros.
– Estimación y tarificación de riesgos y elaboración de los proyectos que los mismos
comportan.
– Revisión y codificación de solicitudes y proposiciones de seguro y emisión de
pólizas.
– Programación, preparación, verificación y operación en sistemas informáticos.
– Inspección, organización y producción comercial.
– Realización de pagos y operaciones de ingreso y disposiciones de efectivo.
– Realización de tareas contables como elaboración y seguimiento de cuentas y
comprobaciones de saldos.
– Gestión de colocación y administración de contratos de coaseguro y reaseguro.
– Coordinación y responsabilización sobre tareas de servicios de carácter general
que forman parte de las que se enumeran en los ejemplos del Grupo Profesional III
como: manejo de máquinas de servicios generales; vigilancia, portería y recepción;
recepción, distribución y salida de correo y material de oficina; limpieza; recados o
encargos sencillos; trámites administrativos externos, etc.
– Trabajos administrativos de personas trabajadoras, de organización y métodos y
en general de cuantas funciones componen los procesos ordinarios de la empresa.
Niveles retributivos. A efectos de retribución se encuentran distribuidos en los
Niveles 4, 5 y 6 (Anexo I).
cve: BOE-A-2021-21486
Verificable en https://www.boe.es
Criterios generales. Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo
Profesional cuenta para el desempeño de sus tareas con cierto grado de autonomía para
ejecutar o realizar tareas en el ámbito de su competencia, así como para proceder a la
resolución de problemas técnicos o prácticos propios de su campo de actuación. Deben
seguir a estos efectos normas, directrices o procedimientos ordinarios al uso de la
empresa.
Formación. Conocimientos singulares de las funciones, tareas y operaciones, con
un nivel de formación mínima correspondiente a Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado
Superior de F.P. o similar, o sus equivalentes con arreglo a la Legislación educativa
vigente.
Tareas. Ejemplos. En este Grupo Profesional se incluyen a título enunciativo las
siguientes actividades, así como aquellas otras asimilables a las mismas: