III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2021-21512)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de instalaciones "Mejora de las comunicaciones del Gasoducto Tivissa-Zaragoza BVV. Tramo posición 23 (Mediana)-posición 24 (E.C. Zaragoza). Provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de diciembre de 2021

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Zaragoza); solicitando para este segundo tramo del proyecto de instalaciones, con
fecha 20 de enero de 2020, autorización administrativa, autorización de ejecución y
reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, al amparo de lo previsto en la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
La construcción de las instalaciones previstas en dicho proyecto tiene por objeto
dotar a la red propia de ENAGÁS de mayores capacidades para poder atender de
manera más eficiente, tanto las necesidades presentes como futuras, reducir los riesgos
de explotación y disponer de una red de tramos plenamente conectados que garanticen
la seguridad y la independencia de la actual red de comunicaciones.
Para atender estos nuevos requerimientos de comunicación que debe soportar la
nueva red de comunicaciones y para garantizar la seguridad de dichas comunicaciones,
resulta necesario el tendido de un nuevo cable que discurrirá enterrado dentro de la zona
de servidumbre de paso permanente del referido gasoducto en toda su longitud, excepto
en aquellos casos en los que, por razones físicas o administrativas, no sea posible.
La referida solicitud de la empresa ENAGÁS, así como el mencionado proyecto de
instalaciones, han sido sometidos a trámite de información pública, de acuerdo con lo
previsto en el Título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, a cuyos efectos
resultaron las correspondientes publicaciones en el «Boletín Oficial del Estado» de núm.
33 de 7 de febrero de 2020, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» núm. 34
de 12 de febrero de 2020, en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Zaragoza
y Cuarte de Huerva, así como, en los diarios «Heraldo de Aragón» y «Periódico de
Aragón», ambos de 11 de febrero de 2020; habiendo transcurrido el plazo
reglamentariamente establecido sin que se hayan recibido alegaciones por parte de
particulares.
Asimismo, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 80 del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, dentro del trámite de solicitud de información a
otras Administraciones, Organismos y/o empresas de interés general, se ha solicitado
informe, con fechas 3, 25 y 26 de febrero de 2020, a los Organismos y entidades
competentes sobre determinados bienes públicos y servicios que pudiesen resultar
afectados por el tendido de fibra óptica en la mencionada conducción de gas natural,
habiéndose recibido algunas contestaciones de los mismos indicando las condiciones en
que deben verificarse las afecciones correspondientes. Con fecha 10 de marzo de 2020
se remitió reiteración a algunos Organismos que no habían contestado.
Durante la información pública el Instituto Aragonés de Fomento presentó escrito de
alegación, con fecha 2 de marzo de 2020, sobre la titularidad de algunas parcelas
referidas en la relación concreta e individualizada de bienes y derechos. La empresa
ENAGÁS señaló en su escrito de contestación, de 16 de junio de 2020, que se
procedería a las subsanaciones correspondientes de acuerdo con la información
catastral.
Por todo ello, se considera que se han respetado en la mayor medida posible los
derechos particulares, los cuales han sido tenidos en cuenta haciéndolos compatibles en
los aspectos técnicos y económicos respecto a un trazado idóneo de la nueva
canalización.
Una vez concluido el referido trámite de información pública, la Dirección del Área de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, con fecha 17 de
junio de 2020, ha emitido informe sobre el expediente relativo a la ejecución de las
instalaciones del referido proyecto, de acuerdo con los artículos 81, 84.5 y 97 del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre; concluyendo que el proyecto reúne las
condiciones técnicas necesarias para su autorización.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 7.35 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con arreglo al cual
corresponde al citado Organismo la función de informar los expedientes de autorización
de instalaciones de la red básica de gas natural, se solicitó informe a la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia que, en su sesión celebrada el día 18 de
noviembre de 2021, ha emitido informe en relación con la referida solicitud de

cve: BOE-A-2021-21512
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