III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2021-21512)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de instalaciones "Mejora de las comunicaciones del Gasoducto Tivissa-Zaragoza BVV. Tramo posición 23 (Mediana)-posición 24 (E.C. Zaragoza). Provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU,
autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y
declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de instalaciones
«Mejora de las comunicaciones del Gasoducto Tivissa-Zaragoza BVV. Tramo
posición 23 (Mediana)-posición 24 (E.C. Zaragoza). Provincia de Zaragoza».

Por Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 11 de noviembre de 1976, se
otorgó a ENAGÁS, S.A., concesión administrativa para la construcción de una red de
gasoductos para la conducción de gas natural entre Barcelona, Valencia y Vascongadas.
Por Resoluciones de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y
Energía, de fechas, 28 de julio de 1977 (BOE n.º 226 de 21 de septiembre de 1977) para
la provincia de Zaragoza y 28 de julio de 1977 (BOE n.º 224 de 19 de septiembre de
1977) para la provincia de Teruel, se autorizó a la citada empresa, la construcción de las
instalaciones relativas a la red de gasoductos para la conducción de gas natural entre
Barcelona, Valencia y Vascongadas.
Este gasoducto de transporte primario, perteneciente a la red básica de gas natural,
de 26'' de diámetro y 72 bar de presión máxima de operación, obtuvo su autorización de
explotación mediante Acta de Puesta en Servicio de 11 de noviembre de 1979.
Asimismo, por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas,
de 26 de marzo de 2013 (BOE núm. 86, de 10 de abril de 2013), se autorizó el cambio
de titularidad en todas las autorizaciones y concesiones otorgadas a ENAGÁS, S.A. a
favor de Enagás Transporte, S.A.U.
La empresa Enagás Transporte S.A.U. (en adelante, ENAGÁS) presentó, con
fecha 26 de marzo de 2019, ante la Dirección General de Política Energética y Minas el
Documento Ambiental del proyecto «Plan para la mejora de la seguridad de las
comunicaciones en la Red Básica de Gasoductos (R.B.G). Gasoducto Tivissa-Zaragoza
BVV: Tramo Pos. 20 (Castelnou) – Pos. 24 (E.C. Zaragoza). Provincias de Teruel y
Zaragoza», solicitando su traslado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, al objeto de iniciar el trámite de evaluación ambiental simplificada, al
amparo de lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental. Dicho documento ambiental fue posteriormente completado con un estudio de
vulnerabilidad frente a riesgos de 2 de julio de 2019.
Con fecha 30 de agosto de 2019, la empresa promotora presentó una nueva versión
del documento ambiental, completando diversos aspectos considerados insuficientes por
el órgano ambiental, en respuesta al trámite de audiencia previsto en el artículo 45 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Mediante Resolución de 10 de enero de 2020, de la Dirección General de
Biodiversidad y Calidad Ambiental (BOE n.º 17, de 20 de enero de 2020), se formuló
Informe de Impacto Ambiental del referido proyecto, en el que se concluye que no es
necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria, ya que no
se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se
cumplan las medidas y prescripciones establecidas en la documentación ambiental
presentada.
La empresa promotora justifica en razones operativas la división del referido proyecto
en dos tramos constructivos: un primer tramo entre las posiciones de válvulas 20 y 23 y
un segundo tramo entre las posiciones 23 (Mediana) y 24 (estación de compresión de

cve: BOE-A-2021-21512
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