III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21371)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Garnacha y sus infraestructuras de evacuación asociadas, Toro (Zamora)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162900
En el proceso de IP la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Occidental, Unidad de Zamora solicitó analizar la influencia del tráfico pesado existente
en la intersección de las carreteras N-122 y CL-602, lo que el promotor acepta,
incorporando un estudio al EsIA que concluye que no tendrá influencia al proponerse
itinerarios alternativos al tráfico pesado, no utilizando dicha intersección y no siendo
necesarias, por tanto, medidas correctoras, lo que dicha Demarcación a su vez acepta.
A su vez, la Delegación Territorial de Zamora del Servicio Territorial de Fomento
indicó que el acceso desde la carretera CL-602 es de uso agrícola, no estando
dimensionado para vehículos pesados de transporte de materiales o maquinaria de
construcción, cuyo tráfico aumentará por esta carretera. Por ello el promotor deberá
solicitar la correspondiente autorización en aplicación del art. 31 de utilización especial
de una carretera, de la Ley 10/2008 de Carreteras de la Junta de Castilla y León.
4.2.9 Población: Los trabajos de construcción pueden producir molestias
temporales por ruidos, polvo, aumento de la circulación de vehículos por la zona, etc.
que por la localización del proyecto y su reversibilidad no son significativos.
El estudio también indica que la ejecución de las obras supone la necesidad de
contratación de mano de obra, con el consiguiente impacto positivo sobre el empleo.
Del informe de la Dirección General de Salud Pública no se deducen impactos sobre la
salud. Del resto de informes recibidos tampoco se deducen impactos sobre la población.
4.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes: El Estudio de Impacto Ambiental incluye (anexo
III) un análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes naturales, que
concluye que los escenarios ambientales de riesgo (incendios o rayos) tienen una
probabilidad baja o muy baja, del que no se deducen especiales efectos ambientales.
Con respecto a la vulnerabilidad frente a accidentes graves, el análisis muestra que
estos pueden tener origen en fallos de los equipos que supongan incendio o explosión, y
en caso de ocurrencia solo se prevén riesgos para las propias instalaciones, ya que tanto
para daños físicos como químicos no hay rutas de exposición posibles elementos
ambientales receptores.
En relación a catástrofes, se considera que el proyecto puede ser vulnerable a caída
de rayo e incendios agrícolas o forestales. Las medidas preventivas instaladas
(pararrayos) y medios de extinción de incendios, así como las características de diseño
de la instalación (puesta a tierra), caminos a modo de cortafuegos que limitan la vía de
exposición entre las zonas forestales y aquellos elementos susceptibles desencadenar el
suceso iniciado llevan a concluir la no existencia de escenarios de riesgo o, en todo
caso, la existencia de riesgos ambientales muy bajos.
El informe de la Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio
Ambiente de la Junta de Castilla y León señala únicamente un riesgo alto de
inundaciones en la zona de Toro, y recuerda que las actuaciones del proyecto no deben
incrementar el riesgo sobre las personas, los bienes materiales o el medio ambiente. Al
contrario que ocurre en el entorno de la ciudad de Toro o aguas abajo, el sector del río
Duero aguas arriba que está más próximo al proyecto no dispone de cartografía de
zonas inundables, si bien es no es esperable que su ámbito de influencia supere las
cotas de la carretera CL-607 y del Canal de San José, que se encuentra entre el río y el
proyecto. Por su parte, el informe de la Confederación Hidrográfica del Duero no hace
mención del riesgo de inundación.
4.4 Programa de vigilancia ambiental: El Estudio de Impacto Ambiental contiene un
programa de vigilancia cuyo objetivo consiste en garantizar el cumplimiento de la
totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, con el que se prevé que
todas las acciones impactantes del Proyecto se vigilen, documenten y reporten para su
conocimiento por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Delegación Territorial
de Medio Ambiente de Zamora. En cada una de las fases de dicho programa se realizará
un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación,
emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Antes de comenzar las obras se
designará un Responsable de Medio Ambiente que, sin perjuicio de las competencias del
cve: BOE-A-2021-21371
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 309
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162900
En el proceso de IP la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Occidental, Unidad de Zamora solicitó analizar la influencia del tráfico pesado existente
en la intersección de las carreteras N-122 y CL-602, lo que el promotor acepta,
incorporando un estudio al EsIA que concluye que no tendrá influencia al proponerse
itinerarios alternativos al tráfico pesado, no utilizando dicha intersección y no siendo
necesarias, por tanto, medidas correctoras, lo que dicha Demarcación a su vez acepta.
A su vez, la Delegación Territorial de Zamora del Servicio Territorial de Fomento
indicó que el acceso desde la carretera CL-602 es de uso agrícola, no estando
dimensionado para vehículos pesados de transporte de materiales o maquinaria de
construcción, cuyo tráfico aumentará por esta carretera. Por ello el promotor deberá
solicitar la correspondiente autorización en aplicación del art. 31 de utilización especial
de una carretera, de la Ley 10/2008 de Carreteras de la Junta de Castilla y León.
4.2.9 Población: Los trabajos de construcción pueden producir molestias
temporales por ruidos, polvo, aumento de la circulación de vehículos por la zona, etc.
que por la localización del proyecto y su reversibilidad no son significativos.
El estudio también indica que la ejecución de las obras supone la necesidad de
contratación de mano de obra, con el consiguiente impacto positivo sobre el empleo.
Del informe de la Dirección General de Salud Pública no se deducen impactos sobre la
salud. Del resto de informes recibidos tampoco se deducen impactos sobre la población.
4.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes: El Estudio de Impacto Ambiental incluye (anexo
III) un análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes naturales, que
concluye que los escenarios ambientales de riesgo (incendios o rayos) tienen una
probabilidad baja o muy baja, del que no se deducen especiales efectos ambientales.
Con respecto a la vulnerabilidad frente a accidentes graves, el análisis muestra que
estos pueden tener origen en fallos de los equipos que supongan incendio o explosión, y
en caso de ocurrencia solo se prevén riesgos para las propias instalaciones, ya que tanto
para daños físicos como químicos no hay rutas de exposición posibles elementos
ambientales receptores.
En relación a catástrofes, se considera que el proyecto puede ser vulnerable a caída
de rayo e incendios agrícolas o forestales. Las medidas preventivas instaladas
(pararrayos) y medios de extinción de incendios, así como las características de diseño
de la instalación (puesta a tierra), caminos a modo de cortafuegos que limitan la vía de
exposición entre las zonas forestales y aquellos elementos susceptibles desencadenar el
suceso iniciado llevan a concluir la no existencia de escenarios de riesgo o, en todo
caso, la existencia de riesgos ambientales muy bajos.
El informe de la Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio
Ambiente de la Junta de Castilla y León señala únicamente un riesgo alto de
inundaciones en la zona de Toro, y recuerda que las actuaciones del proyecto no deben
incrementar el riesgo sobre las personas, los bienes materiales o el medio ambiente. Al
contrario que ocurre en el entorno de la ciudad de Toro o aguas abajo, el sector del río
Duero aguas arriba que está más próximo al proyecto no dispone de cartografía de
zonas inundables, si bien es no es esperable que su ámbito de influencia supere las
cotas de la carretera CL-607 y del Canal de San José, que se encuentra entre el río y el
proyecto. Por su parte, el informe de la Confederación Hidrográfica del Duero no hace
mención del riesgo de inundación.
4.4 Programa de vigilancia ambiental: El Estudio de Impacto Ambiental contiene un
programa de vigilancia cuyo objetivo consiste en garantizar el cumplimiento de la
totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, con el que se prevé que
todas las acciones impactantes del Proyecto se vigilen, documenten y reporten para su
conocimiento por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Delegación Territorial
de Medio Ambiente de Zamora. En cada una de las fases de dicho programa se realizará
un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación,
emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Antes de comenzar las obras se
designará un Responsable de Medio Ambiente que, sin perjuicio de las competencias del
cve: BOE-A-2021-21371
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 309