III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21371)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Garnacha y sus infraestructuras de evacuación asociadas, Toro (Zamora)".
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 162899

los espacios de la Red Natura 2000 están a más de 5 km de distancia. Dicho estudio
concluye que al no haber solapamiento de esta ZEC con el área de la implantación no se
provoca pérdida en superficie de hábitats, y no es previsible que sus especies-objetivo
de fauna (nutria, bermejuela, etc.) se desplacen a la zona del proyecto, por lo que no son
previsibles afecciones directas sobre este espacio. A una distancia mayor de 5 km en
sentido este se ubica la ZEC y ZEPA «Riberas de Castronuño» (ES4180017) y la
Reserva Natural de Riberas de Castronuño-Vega del Duero. No se ha apreciado que el
proyecto pueda causar impacto sobre sus objetivos de conservación.
Del informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de
Castilla y León tampoco, se deduce que el proyecto pueda causar un perjuicio a la
integridad de ninguno de estos espacios de la Red Natura 2000.
En el entorno del proyecto, no hay otros espacios naturales protegidos, áreas
protegidas por instrumentos internacionales ni humedales de importancia internacional
Ramsar que puedan verse afectados.
4.2.7 Paisaje: El estudio incluye un anexo X de impacto paisajístico. El proyecto se
ubica entre dos unidades paisajísticas, las Campiñas de la Guareña y la Vega del Duero
entre Zamora y Tordesillas. La primera se caracteriza por cultivos cerealistas en secano,
salpicados por zonas con cultivos de regadío y viñedo, y la segunda por terrazas
fluviales y cultivos de regadío.
En fase de obras, el proyecto supone una alteración del paisaje relevante pero temporal.
Más importante por su duración es el efecto causado en fase de explotación, que el estudio
considera bajo. La mayor concentración de potenciales observadores se situaría a lo largo
de la carretera CL-602 y del Camino de Santiago, ambos discurriendo en paralelo y en la
dirección del Duero, al noreste de la implantación. En su entorno no existen elementos del
patrimonio cultural o natural de particular interés paisajístico, existiendo por el contrario
graveras, zonas en restauración y reforestaciones en un contexto general de cultivos.
También es visible, pero a mayor distancia, desde las carreteras ZA-605, ZA-P-2106, el
núcleo de Villafranca de Duero, el Alcázar de Toro y la ermita de Santa María de la Vega,
siendo destacable el apantallamiento que provoca la vegetación de las riberas de los ríos
Duero y Guareña y el apreciable grado de antropización del conjunto del paisaje. El punto
de mayor afluencia turística en el entorno es el Alcázar de Toro, desde el «Mirador del
Duero y Vega de Toro». La vista en orientación sureste presenta un paisaje muy
antropizado, con instalaciones industriales como la Azucarera Ebro con gran impacto y
relevancia visual, un silo, graveras y areneros al fondo tras el río Duero, y una mayor
uniformidad del paisaje agrícola, con más barbecho y cereal que al viñedo. Es en esta
orientación donde se ubicaría al fondo de la escena la planta fotovoltaica, con una nitidez
muy baja debido a la distancia, no siendo previsible que cause una influencia significativa
sobre el paisaje observado por los usuarios del mirador.
4.2.8 Patrimonio cultural, bienes materiales: El estudio incluye un anexo II sobre el
patrimonio histórico-arqueológico. En la zona de la implantación y en las inmediaciones
no se localiza ningún bien del patrimonio cultural. Para la elaboración del estudio se ha
realizado una prospección arqueológica de cobertura total en la que se ha localizado un
elemento etnográfico (chozo de pastor) y hallazgos arqueológicos aislados que no
constituyen un yacimiento (fragmentos de teja, cerámica e industria lítica en las terrazas
del Duero). El estudio preventivamente contempla la realización de un control
arqueológico durante el movimiento de tierras, y que los elementos etnográficos
próximos se señalicen preventivamente.
El Servicio Territorial de Cultura y Turismo en Zamora ha recibido de conformidad la
prospección arqueológica realizada, y ha prescrito tres medidas a realizar para antes y
durante la ejecución de las obras, que se recogen en el condicionado de esta declaración.
La implantación requiere la ocupación de superficies y la consiguiente afección sobre
el uso actual del suelo, ya sea cinegético, recreativo o agrícola. El estudio considera que
dentro del vallado se contribuirá en cierta medida al desarrollo de especies cinegéticas,
por su posible papel como refugio.
No hay efectos sobre montes de utilidad pública ni vías pecuarias.

cve: BOE-A-2021-21371
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 309