III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21372)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Eólico La Herrada de 51 MW en Montealegre del Castillo (Albacete)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162919
aves esteparias se registraron un total de 8 incidencias (1,1%). Asimismo, respecto a las
rapaces se registraron tres colisiones de cernícalo vulgar, una de águila real y una de
alcotán europeo. Respecto de los quirópteros, se registran un total de 20 incidencias.
Con esta información, el promotor estima que la mortalidad asociada al proyecto se
encuentra alrededor de las 44,18 incidencias/año.
Asimismo, durante la fase de funcionamiento, la presencia de aerogeneradores
puede provocar una alteración o pérdida de hábitat y efecto barrera para la avifauna. El
EsIA señala que la presencia y funcionamiento de los aerogeneradores suponen una
barrera para la movilidad de las aves, ya que fragmentan la conexión entre las áreas de
alimentación, invernada, reproducción y muda. Este tipo de efecto se puede producir
tanto en el caso de un gran parque eólico lineal como por el efecto acumulativo de varios
parques. La afección puede ocasionar una reorganización de los territorios de los
diferentes individuos que ocupan las inmediaciones de la infraestructura y, en último
término, puede provocar diferentes procesos demográficos y genéticos que
desencadenen una disminución de individuos de la población. Respecto del efecto
barrera, el promotor señala en la Adenda al EsIA que la distribución y organización
espacial de los aerogeneradores cumple con las directrices para el diseño de parques
eólicos establecidas por la Junta de Castilla La Mancha.
La ocupación espacial del parque eólico podría suponer también una potencial
pérdida de hábitat de nidificación, campeo y alimentación para las especies de mayor
tamaño presentes en la zona como las rapaces. En la Adenda al EsIA, se estima una
pérdida de hábitat de 125,28 ha debido al efecto rechazo que pueden generar los
aerogeneradores en las especies presentes en el hábitat de estudio, sobre todo las
rapaces.
Respecto de las molestias a la fauna, según el EsIA pueden producirse por la
actividad de mantenimiento del parque eólico, la circulación de vehículos, etc., lo que
provoca la huida temporal o permanente de ejemplares. El promotor señala que las
actividades de mantenimiento durante el día son puntuales, pero pueden ser de gran
intensidad. Por otro lado, durante la noche las alteraciones pueden producirse por la
contaminación lumínica, debido a las balizas de tipo intermitente de los
aerogeneradores. El promotor valora este impacto como compatible.
El promotor propone las siguientes medidas preventivas y compensatorias para
minimizar los impactos descritos sobre la fauna:
– Se procurará realizar las labores de desbroce de vegetación en fechas fuera de la
época de nidificación y cría de la avifauna más sensible a este tipo de actuaciones. En la
fase de obras, las zanjas que no hayan sido cerradas deberán contar con sistemas de
escape para posibles ejemplares de fauna que pudieran quedar atrapados durante la
noche.
– En cuanto al tipo de iluminación, se dispondrá de un sistema Dual Media A/Media
C además de un nivel intermedio de luces de baja intensidad Tipo E en torre, salvo que
un estudio aeronáutico demuestre que estas no son apropiadas, en cuyo caso se
emplearán luces de baja intensidad A o B. La iluminación se instalará en todos los casos
en la parte superior de la góndola del aerogenerador y deberá estar sincronizada tanto
de día como de noche.
– Con carácter general, las luminarias para el alumbrado no pueden enviar luz por
encima del plano horizontal en su posición de instalación. Asimismo, se favorecerán,
dentro de las posibilidades del entorno, los pavimentos oscuros.
– En caso de producirse cualquier incidente de las aves o quirópteros con el
proyecto (colisión, intento de nidificación, etc.), el promotor lo pondrá en conocimiento
del órgano ambiental competente de forma inmediata.
– Ejecución y desarrollo del Programa de Vigilancia Ambiental propuesto, tanto para
aves como para murciélagos.
– Se procederá al marcaje de 2 ejemplares de águila real o de águila imperial para
tener un seguimiento y datos de dichas especies en la zona, y valorar como afecta al uso
del territorio a ejemplares del entorno del parque eólico. El marcaje se efectuará según
cve: BOE-A-2021-21372
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 309
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162919
aves esteparias se registraron un total de 8 incidencias (1,1%). Asimismo, respecto a las
rapaces se registraron tres colisiones de cernícalo vulgar, una de águila real y una de
alcotán europeo. Respecto de los quirópteros, se registran un total de 20 incidencias.
Con esta información, el promotor estima que la mortalidad asociada al proyecto se
encuentra alrededor de las 44,18 incidencias/año.
Asimismo, durante la fase de funcionamiento, la presencia de aerogeneradores
puede provocar una alteración o pérdida de hábitat y efecto barrera para la avifauna. El
EsIA señala que la presencia y funcionamiento de los aerogeneradores suponen una
barrera para la movilidad de las aves, ya que fragmentan la conexión entre las áreas de
alimentación, invernada, reproducción y muda. Este tipo de efecto se puede producir
tanto en el caso de un gran parque eólico lineal como por el efecto acumulativo de varios
parques. La afección puede ocasionar una reorganización de los territorios de los
diferentes individuos que ocupan las inmediaciones de la infraestructura y, en último
término, puede provocar diferentes procesos demográficos y genéticos que
desencadenen una disminución de individuos de la población. Respecto del efecto
barrera, el promotor señala en la Adenda al EsIA que la distribución y organización
espacial de los aerogeneradores cumple con las directrices para el diseño de parques
eólicos establecidas por la Junta de Castilla La Mancha.
La ocupación espacial del parque eólico podría suponer también una potencial
pérdida de hábitat de nidificación, campeo y alimentación para las especies de mayor
tamaño presentes en la zona como las rapaces. En la Adenda al EsIA, se estima una
pérdida de hábitat de 125,28 ha debido al efecto rechazo que pueden generar los
aerogeneradores en las especies presentes en el hábitat de estudio, sobre todo las
rapaces.
Respecto de las molestias a la fauna, según el EsIA pueden producirse por la
actividad de mantenimiento del parque eólico, la circulación de vehículos, etc., lo que
provoca la huida temporal o permanente de ejemplares. El promotor señala que las
actividades de mantenimiento durante el día son puntuales, pero pueden ser de gran
intensidad. Por otro lado, durante la noche las alteraciones pueden producirse por la
contaminación lumínica, debido a las balizas de tipo intermitente de los
aerogeneradores. El promotor valora este impacto como compatible.
El promotor propone las siguientes medidas preventivas y compensatorias para
minimizar los impactos descritos sobre la fauna:
– Se procurará realizar las labores de desbroce de vegetación en fechas fuera de la
época de nidificación y cría de la avifauna más sensible a este tipo de actuaciones. En la
fase de obras, las zanjas que no hayan sido cerradas deberán contar con sistemas de
escape para posibles ejemplares de fauna que pudieran quedar atrapados durante la
noche.
– En cuanto al tipo de iluminación, se dispondrá de un sistema Dual Media A/Media
C además de un nivel intermedio de luces de baja intensidad Tipo E en torre, salvo que
un estudio aeronáutico demuestre que estas no son apropiadas, en cuyo caso se
emplearán luces de baja intensidad A o B. La iluminación se instalará en todos los casos
en la parte superior de la góndola del aerogenerador y deberá estar sincronizada tanto
de día como de noche.
– Con carácter general, las luminarias para el alumbrado no pueden enviar luz por
encima del plano horizontal en su posición de instalación. Asimismo, se favorecerán,
dentro de las posibilidades del entorno, los pavimentos oscuros.
– En caso de producirse cualquier incidente de las aves o quirópteros con el
proyecto (colisión, intento de nidificación, etc.), el promotor lo pondrá en conocimiento
del órgano ambiental competente de forma inmediata.
– Ejecución y desarrollo del Programa de Vigilancia Ambiental propuesto, tanto para
aves como para murciélagos.
– Se procederá al marcaje de 2 ejemplares de águila real o de águila imperial para
tener un seguimiento y datos de dichas especies en la zona, y valorar como afecta al uso
del territorio a ejemplares del entorno del parque eólico. El marcaje se efectuará según
cve: BOE-A-2021-21372
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 309