III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-21366)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 12 de noviembre de 2021, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de la industria de fabricación de alimentos compuestos para animales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162873
En la página 143726, anexo, número 1. Clasificación del personal y definiciones.
Sección primera. Clasificación. La norma 3.ª queda redactada de la siguiente forma:
«Norma 3.ª
Dentro de los grupos descritos en la Norma anterior, el personal quedará clasificado
en las siguientes categorías:
A)
Personal Técnico:
1.
2.
3.
4.
Titulado/a Superior.
Titulado/a de Grado Medio.
No Titulado/a.
Control de Calidad.
B)
Personal Auxiliar de Laboratorio:
1.
Auxiliar de Laboratorio.
C)
Personal de Informática:
1.
2.
3.
4.
5.
Jefe/a de Equipo de Informática.
Analista.
Jefe/a de Explotación.
Programador/a de Ordenador.
Operador/a de Ordenador.
D)
Personal Administrativo:
1. Jefe/a Administrativo.
2. Oficial Administrativo/a de primera.
3. Oficial Administrativo/a de segunda.
4. Auxiliar Administrativo/a.
E)
Personal Comercial:
F)
Personal de Producción:
1.
2.
3.
4.
5.
7.
8.
Jefe/a de fábrica.
Encargado/a.
Palista, maquinista, operario/a de carro mezclador.
Oficial de primera.
Personal Oficial de segunda.
Especialista.
Personal Peón.
G)
Personal de Mantenimiento y Transporte:
1. Encargado/a de mantenimiento.
2. Oficial de primera.
3. Oficial de segunda.
4. Ayudante.
cve: BOE-A-2021-21366
Verificable en https://www.boe.es
1. Jefe/a de Ventas y/o Compras.
2. Jefe/a de Zona.
3. Persona Promotora de Ventas.
Núm. 309
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162873
En la página 143726, anexo, número 1. Clasificación del personal y definiciones.
Sección primera. Clasificación. La norma 3.ª queda redactada de la siguiente forma:
«Norma 3.ª
Dentro de los grupos descritos en la Norma anterior, el personal quedará clasificado
en las siguientes categorías:
A)
Personal Técnico:
1.
2.
3.
4.
Titulado/a Superior.
Titulado/a de Grado Medio.
No Titulado/a.
Control de Calidad.
B)
Personal Auxiliar de Laboratorio:
1.
Auxiliar de Laboratorio.
C)
Personal de Informática:
1.
2.
3.
4.
5.
Jefe/a de Equipo de Informática.
Analista.
Jefe/a de Explotación.
Programador/a de Ordenador.
Operador/a de Ordenador.
D)
Personal Administrativo:
1. Jefe/a Administrativo.
2. Oficial Administrativo/a de primera.
3. Oficial Administrativo/a de segunda.
4. Auxiliar Administrativo/a.
E)
Personal Comercial:
F)
Personal de Producción:
1.
2.
3.
4.
5.
7.
8.
Jefe/a de fábrica.
Encargado/a.
Palista, maquinista, operario/a de carro mezclador.
Oficial de primera.
Personal Oficial de segunda.
Especialista.
Personal Peón.
G)
Personal de Mantenimiento y Transporte:
1. Encargado/a de mantenimiento.
2. Oficial de primera.
3. Oficial de segunda.
4. Ayudante.
cve: BOE-A-2021-21366
Verificable en https://www.boe.es
1. Jefe/a de Ventas y/o Compras.
2. Jefe/a de Zona.
3. Persona Promotora de Ventas.