V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-51931)
Resolución número 1684/2021, de 14 de diciembre, de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto denominado "Central hidroeléctrica de Bombeo Chira-Soria. Reformado del proyecto de construcción. Modificado II", expediente número AT 18R161.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Viernes 24 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 76613

energético de Canarias.
En el trámite de información a otras Administraciones Públicas ninguna de las
instituciones ha manifestado alegación en relación con la declaración de utilidad
pública por afectar a sus bienes y derechos.
XVIII.- El Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el
Cambio Climático y Planificación Territorial, establece que la Dirección General de
Energía tiene atribuidas las competencias para la concesión de autorizaciones y la
tramitación de comunicaciones previas y declaraciones responsables en materia
energética, ejerciendo exclusivamente sobre las mismas las atribuciones
sectoriales en materia de energía. Así mismo, también tiene atribuidas las
competencias para la declaración en concreto de utilidad pública de las
instalaciones energéticas a efectos de expropiación forzosa de los bienes y
derechos necesarios para su establecimiento, de la urgente ocupación de los
mismos, y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.
Propuesta de resolución
Primero.- Otorgar la autorización administrativa de las instalaciones
contempladas en el proyecto denominado "Central Hidroeléctrica de Bombeo
Chira-Soria. Reformado del Proyecto de Construcción. Modificado II", expediente
número AT 18R161, en Gran Canaria, con número de visado GC97904/02 de
fecha 26 de junio de 2020 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de
Canarias Oriental (COIICO), de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del
Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la
ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias,
aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y resto de normativa de
aplicación.
Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en el
proyecto anteriormente indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos
55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre. En los Anexos de la presente resolución se relacionan los bienes y
titulares afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos
previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Cuarto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente al proyecto
identificado en la presente resolución, debiendo ajustarse a lo establecido en el
Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier
modificación sustancial de las características de la instalación autorizada exigirá
nueva resolución de autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 45.5 de dicho Reglamento.
Quinto.- Las obras se ejecutarán de conformidad con los condicionados
emitidos por los organismos afectados, así como los condicionados incluidos en la

cve: BOE-B-2021-51931
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de
las instalaciones será de 72 meses, contados a partir de la notificación de la
presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el
artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre.