III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2021-21338)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Concierto suscrito con DKV Seguros y Reaseguros, SAE, para el aseguramiento de la asistencia sanitaria a los mutualistas destinados y/o residentes en el extranjero y sus beneficiarios durante los años 2022, 2023 y 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 162117

2.2.4 Programas preventivos. En el apartado A del anexo 1 se relacionan las
asistencias preventivas incluidas en la Cartera de Servicios del Concierto. En todo caso,
la información sobre estos programas preventivos deberá figurar en la página web de la
Entidad.
2.2.5 Atención de Urgencias. Se incluye la atención de urgencia en los casos en
que la situación clínica obligue a una atención sanitaria inmediata durante las 24 horas
del día todos los días del año, en el lugar en que se produzca la necesidad de la
asistencia y en los centros sanitarios.
2.2.6 Cuidados Paliativos. Comprende la atención integral, individualizada y
continuada, de personas con enfermedad en situación avanzada no susceptible de
recibir tratamientos con finalidad curativa y con una esperanza de vida limitada, así como
de las personas a ellas vinculadas.
2.2.7 Rehabilitación. Los tratamientos de rehabilitación y fisioterapia en pacientes
con déficit funcional recuperable prescritos por médicos rehabilitadores o especialistas
responsables de las patologías susceptibles de dichos tratamientos, aunque requieran la
intervención de distintos profesionales o técnicas rehabilitadoras.
2.2.8 Salud Bucodental /Odontoestomatología:
A. Prestaciones incluidas: Previa prescripción de facultativo especialista, será a
cargo de la Entidad el tratamiento de las afecciones estomatológicas en general,
incluyendo toda clase de extracciones y limpieza de boca una vez por año o, más si
fuera necesario, previo informe justificativo del facultativo especialista.
Además, para los beneficiarios menores de 15 años, comprende las revisiones
periódicas que se consideren precisas para el mantenimiento de una buena salud
bucodental, la aplicación de flúor tópico y en las piezas permanentes: selladores
oclusales, obturaciones, empastes o reconstrucciones, tratamientos pulpares
(endodoncias), tartrectomías y tratamientos de incisivos y caninos en caso de
enfermedad, malformaciones o traumatismos.
Para las mutualistas y beneficiarias embarazadas se incluye el seguimiento
preventivo de la cavidad oral con aplicación de flúor tópico de acuerdo con las
necesidades individuales.
Para los pacientes discapacitados psíquicos se incluye los gastos de hospitalización,
quirófano y anestesista necesarios para la realización de los tratamientos y prestaciones
odontológicas excluidos de la cobertura del Concierto.
Se incluyen a cargo de la Entidad las prótesis de maxilar superior e inferior tanto
implantosoportadas como las no implantosoportadas, para pacientes con
malformaciones congénitas que cursan con anodoncia, grandes traumatismos y para
pacientes con procesos oncológicos que afectan a la cavidad oral que impliquen la
pérdida de dientes relacionada directamente con la patología o su tratamiento.
Asimismo, serán a cargo de la Entidad los gastos de ortodoncia en menores por
maloclusiones severas tras intervenciones quirúrgicas de fisura palatina, labio leporino u
otra malformación esquelética facial para niños entre 6 y 15 años.
B. Exclusiones: Se excluyen de la cobertura del Concierto, con las salvedades
previstas en la letra anterior, tanto en lo referente a su coste, como a su colocación, los
empastes y las endodoncias a beneficiarios en general de 15 años o más, las prótesis
dentarias, los implantes osteointegrados, el tratamiento de ortodoncia y la periodoncia,
así como los tratamientos con finalidad exclusivamente estética y la realización de
pruebas complementarias para la valoración y seguimiento de tratamientos excluidos de
la Cartera de Servicios.
No obstante, estas prestaciones estarán incluidas cuando medie enfermedad
profesional o accidente en acto de servicio previo reconocimiento por MUFACE del
derecho a las prestaciones derivadas de tales contingencias.
2.2.9 Farmacia, productos sanitarios y productos dietéticos: Serán a cargo de la
Entidad, cuando exista una prescripción médica por escrito, cualquier medicamento o
principio activo, efecto o accesorio y producto dietoterápico complejo y de nutrición

cve: BOE-A-2021-21338
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Núm. 308