III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-21344)
Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 162356

como estipulando la necesidad de facilitar el acceso del almacenamiento a las redes y los
mercados del sistema eléctrico. En el Reglamento (UE) 2019/943 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 5 de junio de 2019, se resalta que, para integrar el porcentaje creciente
de energías renovables, el futuro sistema eléctrico debe hacer uso de todas las fuentes
disponibles de flexibilidad, en particular de las soluciones del lado de la demanda y el
almacenamiento de energía. Dichas regulaciones europeas han quedado reflejadas en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, donde se definen nuevos
agentes del sector eléctrico como los titulares de instalaciones de almacenamiento,
modificando la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Por otra parte, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030,
remitido a la Comisión Europea en marzo de 2020, proporciona el marco director del
programa de inversiones y reformas para una transición medioambiental justa que
desarrolle las capacidades estratégicas de la economía verde.
El PNIEC incluye, entre sus objetivos energéticos, lograr en 2030 una presencia de
las energías renovables sobre el uso final de energía del 42%, donde la producción de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable deberá representar el 74% de
la generación eléctrica, conllevando una importante reducción del nivel de emisiones de
CO2 y favoreciendo el paso a una economía baja en carbono. Para dotar de mayor
firmeza a las redes eléctricas, en un escenario de mayor penetración de las renovables,
se hace necesario introducir elementos que doten flexibilidad y gestionabilidad a la red,
donde el almacenamiento constituye uno de los pilares y elementos habilitadores. El
almacenamiento es aún más importante si se tiene en cuenta que España es una isla
energética, dadas las limitadas conexiones eléctricas con nuestros países vecinos.
Específicamente, el PNIEC incluye la «Medida 1.2 Gestión de la demanda,
almacenamiento y flexibilidad», que tiene como objetivo el desarrollo del marco
regulatorio del almacenamiento energético para contribuir a su despliegue.
Desde el punto de vista del almacenamiento, el PNIEC prevé una potencia adicional
de 6 GW, que aportará una mayor capacidad de gestión a la generación. De manera
complementaria, la Estrategia de Almacenamiento Energético, aprobada por el Gobierno
el 9 de febrero de 2021, profundiza en las necesidades de almacenamiento establecidas
en el PNIEC, cuantificándolas en, al menos, 20 GW de almacenamiento disponible
en 2030 y aborda, entre otras cuestiones, las distintas alternativas disponibles y las
líneas de acción prioritarias que permitan un efectivo despliegue del almacenamiento
energético y su efectiva integración en el sistema, de manera que se aporte flexibilidad a
la generación eléctrica renovable, lo cual, junto con el impulso de la gestión de la
demanda, permitirá una mayor integración de la generación renovable en el sistema,
contribuyendo a la seguridad, fiabilidad y calidad del suministro. Las actuaciones
promovidas por el presente régimen de ayudas están alineadas con la Estrategia de
Almacenamiento Energético y contribuyen a su desarrollo, según se detalla en dicha
estrategia en la línea de acción 2, y en particular en la medida 2.6, para proporcionar
señales de inversión en almacenamiento coherentes con las necesidades de la red; la
medida 3.2. Fortalecer y promover la industria nacional de almacenamiento para su uso
en todas las aplicaciones posibles; así como la línea de acción 6, relativa a las palancas
del desarrollo tecnológico del almacenamiento.
Por su parte, y partiendo del PNIEC, la Estrategia de Descarbonización a Largo
Plazo 2050 (ELP) dibuja la trayectoria de transformación del sistema energético para los
años 2030 a 2050, trazando la evolución hacia la neutralidad climática antes de ese
último año. La ELP incluye la necesidad de almacenamiento diario, semanal y estacional
para el período considerado. Es de especial relevancia la necesidad de almacenamiento
para el sector eléctrico, que será 100% renovable para el año 2050.
Adicionalmente, el almacenamiento energético se incluye dentro de una de las acciones
estratégicas «Clima, energía y movilidad» del Plan Estatal de Investigación Científica y
Técnica y de Innovación (PEICTI) 2021-2023, que es el principal instrumento de la
Administración para el desarrollo y consecución de los objetivos de la Estrategia Española

cve: BOE-A-2021-21344
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Núm. 308