III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-21344)
Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Viernes 24 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 162364

b) Actividades cubiertas por el régimen de comercio de derechos de emisión de la
Unión Europea en las cuales se prevean emisiones equivalentes de CO2 que no sean
sustancialmente inferiores a los parámetros de referencia establecidos para la
asignación gratuita de derechos.
c) Actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de
tratamiento biológico mecánico que impliquen un aumento de su capacidad o de su vida útil.
d) Actividades en las que la eliminación de desechos puede causar daños a largo
plazo al medio ambiente.
8. Para poder acceder a las ayudas, la fecha de finalización de los proyectos
presentados, definida la misma según se especifica en el artículo 15, apartado 3, debe
ser anterior al 30 de junio de 2026, sin perjuicio de que las correspondientes
convocatorias establezcan requisitos más estrictos.
Artículo 4.

Beneficiarios.

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas
con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro
de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de
septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad
jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los
dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o
participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen
actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación
y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
e) Empresas, tal como se definen en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio.
f) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación
tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el
Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros
Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se
crea el Registro de tales centros.
g) Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i
como actividad principal.
h) Empresas Innovadoras de Base Tecnológica, según el artículo 56 de la
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
i) Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen
difusión y divulgación tecnológica y científica.
2. Cuando las ayudas se otorguen en virtud de esta orden a Universidades o
Centros de Investigación o Tecnológicos para la ejecución de un proyecto que no
involucre actividad económica, no tendrán consideración de ayudas de Estado de
acuerdo a los preceptos establecidos en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea.

cve: BOE-A-2021-21344
Verificable en https://www.boe.es

1. Podrán obtener la condición de beneficiarios en las correspondientes
convocatorias que se celebren al amparo de esta orden, siempre que realicen la
actividad que fundamenta su concesión en los términos que las mismas establezcan y
cumplan todos los requisitos exigidos, las siguientes personas jurídicas que estén
válidamente constituidas, y tengan domicilio fiscal en España: