I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Servicios sociales. (BOE-A-2021-21315)
Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 161869
i) Cumplir cualquier otro deber establecido en el resto del ordenamiento jurídico y,
en especial, los previstos por la normativa específica que regule las prestaciones del
Sistema de Servicios Sociales.
j) Reintegrar las prestaciones económicas percibidas indebidamente.
k) Los deberes establecidos en los reglamentos específicos de cada centro o
servicio.
2. En el caso de las personas menores de edad, el ejercicio de sus deberes se
garantizará a través de sus representantes legales, y en el caso de las personas
incapacitadas, este ejercicio se realizará con el apoyo de sus representantes legales, en
los términos previstos en la normativa vigente.
Artículo 11.
Carta de Derechos y Deberes.
1. La consejería competente en materia de servicios sociales aprobará la Carta de
Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales, garantizando la
máxima difusión de su contenido en todo el ámbito del Sistema de Servicios Sociales.
2. La Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios
sociales se redactará de forma sencilla y clara, utilizando un lenguaje comprensible y, si
fuera necesario, se redactará con sistemas alternativos o aumentativos de comunicación.
TÍTULO I
El Catálogo y las prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la Región de
Murcia
Artículo 12. El Catálogo de prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la
Región de Murcia.
1. El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la Región de
Murcia es un instrumento de desarrollo uniforme y homogéneo del Sistema de Servicios
Sociales mediante el que se determinan, ordenan y califican las prestaciones del
Sistema de Servicios Sociales, diferenciando entre:
a) Prestaciones garantizadas, que serán exigibles como derecho subjetivo.
b) Prestaciones condicionadas, que dependerán de la disponibilidad de recursos y
del orden de prelación y concurrencia que al efecto se establezca, pudiendo, en su caso,
determinarse la obligatoriedad de su existencia y su disponibilidad.
2. En los términos que determine el Catálogo de Prestaciones del Sistema de
Servicios Sociales, una misma prestación podrá ser calificada como garantizada o
condicionada en razón al grupo de población o de necesidad a la que atienda.
3. El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales deberá garantizar
la adecuación y coherencia de su contenido con la planificación autonómica y el Mapa de
Servicios Sociales de la Región de Murcia, así como, en su caso, con la planificación
local.
El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales establecerá, para
cada una de las prestaciones sociales que ofrece cada nivel de atención, al menos, los
siguientes aspectos:
a) Naturaleza, denominación y definición.
b) Administración Pública a quien compete su prestación.
c) Tipo de prestación: garantizada o condicionada.
d) Objeto y necesidad a la que responde.
cve: BOE-A-2021-21315
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 13. Contenido del Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales
de la Región de Murcia.
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 161869
i) Cumplir cualquier otro deber establecido en el resto del ordenamiento jurídico y,
en especial, los previstos por la normativa específica que regule las prestaciones del
Sistema de Servicios Sociales.
j) Reintegrar las prestaciones económicas percibidas indebidamente.
k) Los deberes establecidos en los reglamentos específicos de cada centro o
servicio.
2. En el caso de las personas menores de edad, el ejercicio de sus deberes se
garantizará a través de sus representantes legales, y en el caso de las personas
incapacitadas, este ejercicio se realizará con el apoyo de sus representantes legales, en
los términos previstos en la normativa vigente.
Artículo 11.
Carta de Derechos y Deberes.
1. La consejería competente en materia de servicios sociales aprobará la Carta de
Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales, garantizando la
máxima difusión de su contenido en todo el ámbito del Sistema de Servicios Sociales.
2. La Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios
sociales se redactará de forma sencilla y clara, utilizando un lenguaje comprensible y, si
fuera necesario, se redactará con sistemas alternativos o aumentativos de comunicación.
TÍTULO I
El Catálogo y las prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la Región de
Murcia
Artículo 12. El Catálogo de prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la
Región de Murcia.
1. El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de la Región de
Murcia es un instrumento de desarrollo uniforme y homogéneo del Sistema de Servicios
Sociales mediante el que se determinan, ordenan y califican las prestaciones del
Sistema de Servicios Sociales, diferenciando entre:
a) Prestaciones garantizadas, que serán exigibles como derecho subjetivo.
b) Prestaciones condicionadas, que dependerán de la disponibilidad de recursos y
del orden de prelación y concurrencia que al efecto se establezca, pudiendo, en su caso,
determinarse la obligatoriedad de su existencia y su disponibilidad.
2. En los términos que determine el Catálogo de Prestaciones del Sistema de
Servicios Sociales, una misma prestación podrá ser calificada como garantizada o
condicionada en razón al grupo de población o de necesidad a la que atienda.
3. El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales deberá garantizar
la adecuación y coherencia de su contenido con la planificación autonómica y el Mapa de
Servicios Sociales de la Región de Murcia, así como, en su caso, con la planificación
local.
El Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales establecerá, para
cada una de las prestaciones sociales que ofrece cada nivel de atención, al menos, los
siguientes aspectos:
a) Naturaleza, denominación y definición.
b) Administración Pública a quien compete su prestación.
c) Tipo de prestación: garantizada o condicionada.
d) Objeto y necesidad a la que responde.
cve: BOE-A-2021-21315
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 13. Contenido del Catálogo de Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales
de la Región de Murcia.