III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-21300)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Instituto Social de la Marina, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159741
Quinto.
Delegar en los directores de los centros nacionales de formación de Bamio e Isla
Cristina, las siguientes competencias:
1.
En materia de personal:
a) La resolución sobre comisiones de servicio y redistribución de efectivos en el
centro nacional de formación, previa conformidad de la Subdirección General de Acción
Social Marítima.
b) La autorización de comisiones de servicio con derecho a indemnización cuando
supongan desplazamientos dentro del ámbito de la provincia donde tiene su sede el
centro nacional de formación.
c) La materialización formal de las órdenes de viaje y la aprobación de la
liquidación de gastos de viaje y dietas correspondientes a comisiones de servicio al
extranjero o a todo el territorio nacional, con derecho a indemnización, autorizadas por la
Dirección al personal destinado en el centro nacional de formación.
En materia de contratación administrativa y gestión presupuestaria:
a) La facultad de celebrar contratos administrativos, administrativos especiales,
privados –cualquiera que fuese el procedimiento de adjudicación–, basados en acuerdos
marco o adjudicados en el marco de un sistema dinámico de adquisición y siempre que
el valor estimado del mismo no supere la cantidad de 800.000 euros, y siempre que se
imputen a créditos descentralizados o habilitados al centro de gestión del
correspondiente centro nacional de formación. Esta delegación en el director del Centro
Nacional de Formación de Isla Cristina se extenderá también a todos los procedimientos
citados que incluyan los gastos que correspondan a la parte del edificio donde se
encuentra situada la Dirección Local de Isla Cristina y el Centro de Sanidad Marítima de
Isla Cristina.
b) La facultad de aprobar y comprometer el gasto para el reconocimiento,
liquidación de la obligación y propuesta de pago de los contratos celebrados en virtud de
la delegación contenida en el párrafo anterior.
c) La facultad de iniciar el expediente correspondiente a los actos de gestión
presupuestaria de aprobar, comprometer el gasto y reconocer la obligación y proponer el
pago de los gastos derivados de arrendamiento de bienes inmuebles siempre que el
importe máximo de la licitación o el importe de la adjudicación directa no supere
los 100.000 euros y se imputen a los créditos presupuestarios descentralizados o
habilitados en el correspondiente centro nacional de formación.
En ningún caso se entenderán delegadas las facultades que, respecto de los
contratos de naturaleza patrimonial sobre bienes inmuebles, la normativa vigente reserva
a la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) La facultad para aprobar y comprometer otros gastos propios del centro nacional
de formación, incluyendo los de comunidad, tasas e impuestos no derivados de contratos
administrativos o privados, y para reconocer la obligación, y proponer el pago, de dichos
expedientes y de aquellos impulsados por otros órganos de la entidad, siempre que los
gastos generados no excedan de 800.000 euros y se imputen a créditos
descentralizados o habilitados en el correspondiente centro nacional de formación. Esta
delegación en el director del Centro Nacional de Formación de Isla Cristina se extenderá
también a todos los gastos citados que correspondan a la parte del edificio donde se
encuentra situada la Dirección Local de Isla Cristina y el Centro de Sanidad Marítima de
Isla Cristina.
e) Las propuestas de pago por operaciones extrapresupuestarias a realizar en el
ámbito del centro nacional de formación, a excepción de las competencias delegadas en
otros órganos de la entidad.
cve: BOE-A-2021-21300
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159741
Quinto.
Delegar en los directores de los centros nacionales de formación de Bamio e Isla
Cristina, las siguientes competencias:
1.
En materia de personal:
a) La resolución sobre comisiones de servicio y redistribución de efectivos en el
centro nacional de formación, previa conformidad de la Subdirección General de Acción
Social Marítima.
b) La autorización de comisiones de servicio con derecho a indemnización cuando
supongan desplazamientos dentro del ámbito de la provincia donde tiene su sede el
centro nacional de formación.
c) La materialización formal de las órdenes de viaje y la aprobación de la
liquidación de gastos de viaje y dietas correspondientes a comisiones de servicio al
extranjero o a todo el territorio nacional, con derecho a indemnización, autorizadas por la
Dirección al personal destinado en el centro nacional de formación.
En materia de contratación administrativa y gestión presupuestaria:
a) La facultad de celebrar contratos administrativos, administrativos especiales,
privados –cualquiera que fuese el procedimiento de adjudicación–, basados en acuerdos
marco o adjudicados en el marco de un sistema dinámico de adquisición y siempre que
el valor estimado del mismo no supere la cantidad de 800.000 euros, y siempre que se
imputen a créditos descentralizados o habilitados al centro de gestión del
correspondiente centro nacional de formación. Esta delegación en el director del Centro
Nacional de Formación de Isla Cristina se extenderá también a todos los procedimientos
citados que incluyan los gastos que correspondan a la parte del edificio donde se
encuentra situada la Dirección Local de Isla Cristina y el Centro de Sanidad Marítima de
Isla Cristina.
b) La facultad de aprobar y comprometer el gasto para el reconocimiento,
liquidación de la obligación y propuesta de pago de los contratos celebrados en virtud de
la delegación contenida en el párrafo anterior.
c) La facultad de iniciar el expediente correspondiente a los actos de gestión
presupuestaria de aprobar, comprometer el gasto y reconocer la obligación y proponer el
pago de los gastos derivados de arrendamiento de bienes inmuebles siempre que el
importe máximo de la licitación o el importe de la adjudicación directa no supere
los 100.000 euros y se imputen a los créditos presupuestarios descentralizados o
habilitados en el correspondiente centro nacional de formación.
En ningún caso se entenderán delegadas las facultades que, respecto de los
contratos de naturaleza patrimonial sobre bienes inmuebles, la normativa vigente reserva
a la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) La facultad para aprobar y comprometer otros gastos propios del centro nacional
de formación, incluyendo los de comunidad, tasas e impuestos no derivados de contratos
administrativos o privados, y para reconocer la obligación, y proponer el pago, de dichos
expedientes y de aquellos impulsados por otros órganos de la entidad, siempre que los
gastos generados no excedan de 800.000 euros y se imputen a créditos
descentralizados o habilitados en el correspondiente centro nacional de formación. Esta
delegación en el director del Centro Nacional de Formación de Isla Cristina se extenderá
también a todos los gastos citados que correspondan a la parte del edificio donde se
encuentra situada la Dirección Local de Isla Cristina y el Centro de Sanidad Marítima de
Isla Cristina.
e) Las propuestas de pago por operaciones extrapresupuestarias a realizar en el
ámbito del centro nacional de formación, a excepción de las competencias delegadas en
otros órganos de la entidad.
cve: BOE-A-2021-21300
Verificable en https://www.boe.es
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