III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21287)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Nueva EDAR de A Illa de Arousa (Pontevedra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159660
necesaria la definición de medidas correctoras adicionales. No obstante, en el programa
de vigilancia ambiental se contemplan controles por Entidad de Evaluación Acústica
Acreditada, con mediciones reales que acrediten el cumplimiento de los valores límite de
inmisión al inicio de la actividad y al final del periodo de pruebas de la instalación.
El promotor ha incluido un estudio de olores donde indica que la emisión de olores
durante el funcionamiento de la EDAR podría proceder de las salidas de gases de los
sistemas de desodorización y de los focos abiertos, para lo que propone la
desodorización por vía biológica por medio de biofiltros biotricking. Los resultados
arrojados por las simulaciones realizadas mediante este procedimiento cumplen con los
valores objetivo inferiores de 5 uoE/m³ en las inmediaciones de la EDAR, por lo que la
afección por olores en el entorno de la EDAR según el estudio será mínima. Además, se
ha contemplado la realización de una campaña inicial de medición de la calidad del aire
en la zona de influencia de las instalaciones (inmisión), consistente en la medición en
tres puntos próximos a las misma de amoniaco, sulfuro de hidrógeno y compuestos
orgánicos volátiles a realizar por entidad colaboradora en materia de contaminación
ambiental, al final del periodo de puesta en marcha. Se realizarán controles durante la
fase de explotación, sobre los compuestos químicos causantes de los malos olores
(aminas, amoniaco y sulfhídrico), de modo que no se superarán los valores umbrales de
estos gases previstos en la legislación sectorial vigente.
La Dirección General de Salud Pública de la Consellería de Sanidad de la Xunta de
Galicia ha destacado además la vigilancia necesaria para garantizar una gestión
adecuada de residuos, sustancias peligrosas, control de plagas, legionella, incendios, etc
y exige que el programa de vigilancia ambiental contemple una propuesta detallada de
control de la calidad del medio receptor, en el que se indiquen parámetros a medir,
valores de referencia, localización de los puntos de muestreo, periodicidad de los
muestreos y medidas a tomar en caso de incumplimientos.
En cuanto a la reutilización de aguas depuradas, el promotor cumplirá el
Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre mediante la reutilización del agua depurada
para agua de riego y agua de servicios conforme a la normativa indicada, por lo que la
calidad requerida será la correspondiente a agua para uso urbano tipo 1.2 Servicios. La
solución técnica proyectada para alcanzar los niveles de calidad del agua necesarios
plantea el tratamiento del agua residual decantada con una desinfección por UV, con
desinfección de reserva por medio de hipoclorito sódico y filtración con filtro a presión
de 20 micras. El agua se obtendrá de un depósito de agua de servicios de 18 m3 de
capacidad, en la salida del canal de desinfección por UV.
Las zonas con existencia de productos químicos (policloruro de aluminio y el
polielectrolito catiónico en la zona de deshidratación de fangos), cumplirán con la
normativa de almacenamiento de productos químicos correspondiente. Se proyecta la
colocación de un depósito de Poliéster Reforzado de Fibra de Vidrio de 2.000 litros de
capacidad de doble pared, situado en el interior de la sala de deshidratación. Además, se
seguirá la Instrucción Técnica MIE-ITC-APQ-6 «Almacenamiento de líquidos corrosivos
en recipientes fijos», asegurando el cumplimiento de la misma en todos sus aspectos.
Además, el suelo del área donde se ubican estará constituido por la solera de hormigón
y un acabado con resina epoxi antideslizante y con resistencia a ataques químicos.
Se desarrollará un sistema integrado de control de vectores y plagas siguiendo las
pautas recogidas en la norma UNE-EN 16636:2015, con un diagnóstico que contemple
diversos aspectos como la identificación de las especies de artrópodos y roedores a
combatir. Se definirán medidas para el seguimiento y control respecto a la propagación
de la legionella. En cuanto a los incendios, la documentación ambiental recoge que todas
las plantaciones se realizarán en cumplimiento de la Ley 3/2007 de prevención y defensa
contra los incendios forestales de Galicia. De acuerdo con la información del Plan de
prevención y defensa contra incendios forestales de Galicia, el concello de A Illa de
Arousa no está incluido en el listado de Parroquias de Alta Actividade Incendiaria, pero
está clasificada como zona de alto riesgo por lo que se llevarán a cabo acciones más
intensas de vigilancia, disuasión e investigación y se aplicarán las restricciones y las
cve: BOE-A-2021-21287
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159660
necesaria la definición de medidas correctoras adicionales. No obstante, en el programa
de vigilancia ambiental se contemplan controles por Entidad de Evaluación Acústica
Acreditada, con mediciones reales que acrediten el cumplimiento de los valores límite de
inmisión al inicio de la actividad y al final del periodo de pruebas de la instalación.
El promotor ha incluido un estudio de olores donde indica que la emisión de olores
durante el funcionamiento de la EDAR podría proceder de las salidas de gases de los
sistemas de desodorización y de los focos abiertos, para lo que propone la
desodorización por vía biológica por medio de biofiltros biotricking. Los resultados
arrojados por las simulaciones realizadas mediante este procedimiento cumplen con los
valores objetivo inferiores de 5 uoE/m³ en las inmediaciones de la EDAR, por lo que la
afección por olores en el entorno de la EDAR según el estudio será mínima. Además, se
ha contemplado la realización de una campaña inicial de medición de la calidad del aire
en la zona de influencia de las instalaciones (inmisión), consistente en la medición en
tres puntos próximos a las misma de amoniaco, sulfuro de hidrógeno y compuestos
orgánicos volátiles a realizar por entidad colaboradora en materia de contaminación
ambiental, al final del periodo de puesta en marcha. Se realizarán controles durante la
fase de explotación, sobre los compuestos químicos causantes de los malos olores
(aminas, amoniaco y sulfhídrico), de modo que no se superarán los valores umbrales de
estos gases previstos en la legislación sectorial vigente.
La Dirección General de Salud Pública de la Consellería de Sanidad de la Xunta de
Galicia ha destacado además la vigilancia necesaria para garantizar una gestión
adecuada de residuos, sustancias peligrosas, control de plagas, legionella, incendios, etc
y exige que el programa de vigilancia ambiental contemple una propuesta detallada de
control de la calidad del medio receptor, en el que se indiquen parámetros a medir,
valores de referencia, localización de los puntos de muestreo, periodicidad de los
muestreos y medidas a tomar en caso de incumplimientos.
En cuanto a la reutilización de aguas depuradas, el promotor cumplirá el
Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre mediante la reutilización del agua depurada
para agua de riego y agua de servicios conforme a la normativa indicada, por lo que la
calidad requerida será la correspondiente a agua para uso urbano tipo 1.2 Servicios. La
solución técnica proyectada para alcanzar los niveles de calidad del agua necesarios
plantea el tratamiento del agua residual decantada con una desinfección por UV, con
desinfección de reserva por medio de hipoclorito sódico y filtración con filtro a presión
de 20 micras. El agua se obtendrá de un depósito de agua de servicios de 18 m3 de
capacidad, en la salida del canal de desinfección por UV.
Las zonas con existencia de productos químicos (policloruro de aluminio y el
polielectrolito catiónico en la zona de deshidratación de fangos), cumplirán con la
normativa de almacenamiento de productos químicos correspondiente. Se proyecta la
colocación de un depósito de Poliéster Reforzado de Fibra de Vidrio de 2.000 litros de
capacidad de doble pared, situado en el interior de la sala de deshidratación. Además, se
seguirá la Instrucción Técnica MIE-ITC-APQ-6 «Almacenamiento de líquidos corrosivos
en recipientes fijos», asegurando el cumplimiento de la misma en todos sus aspectos.
Además, el suelo del área donde se ubican estará constituido por la solera de hormigón
y un acabado con resina epoxi antideslizante y con resistencia a ataques químicos.
Se desarrollará un sistema integrado de control de vectores y plagas siguiendo las
pautas recogidas en la norma UNE-EN 16636:2015, con un diagnóstico que contemple
diversos aspectos como la identificación de las especies de artrópodos y roedores a
combatir. Se definirán medidas para el seguimiento y control respecto a la propagación
de la legionella. En cuanto a los incendios, la documentación ambiental recoge que todas
las plantaciones se realizarán en cumplimiento de la Ley 3/2007 de prevención y defensa
contra los incendios forestales de Galicia. De acuerdo con la información del Plan de
prevención y defensa contra incendios forestales de Galicia, el concello de A Illa de
Arousa no está incluido en el listado de Parroquias de Alta Actividade Incendiaria, pero
está clasificada como zona de alto riesgo por lo que se llevarán a cabo acciones más
intensas de vigilancia, disuasión e investigación y se aplicarán las restricciones y las
cve: BOE-A-2021-21287
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Núm. 306