III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21287)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Nueva EDAR de A Illa de Arousa (Pontevedra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159658
instalaciones auxiliares, rastrillado, escarificado, aporte y reutilización de tierra vegetal
(ajardinamiento y restauración de taludes), plantación de especies arbóreas y arbustivas,
siembras, etc. No obstante, a instancia de lo solicitado por la Dirección General de
Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consejería de Medio
Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia, adicionalmente se adoptará
medidas para evitar la presencia y expansión de especies alóctonas mediante la elección
de especies autóctonas y se prestará especial atención en la elección de la mezcla para
la siembra de los taludes. Además, se contempla la realización de una prospección del
ámbito de trabajo para identificar y erradicar invasoras antes de los trabajos, así como
incorporar al manual de buenas prácticas las fichas de las especies invasoras presentes
en la zona.
Por su parte, el Instituto de Estudios del Territorio de la Consellería de Medio
Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia ha indicado que la nueva EDAR
puede provocar una incidencia en el paisaje, por lo que recomienda la aplicación de
medidas en cuanto al acabado de la edificaciones e instalaciones, plantaciones con
especies propias del lugar con una disposición semejante a la actual, y apantallamientos
visuales de la actuación.
El promotor ha señalado que las edificaciones proyectadas cumplen las indicaciones
que contiene la Guía de colores y materiales de Galicia (Tomo VIII. Rías Baixas).
De igual modo, se indica que las especies arbóreas y arbustivas que se emplearán
en la recuperación de la cobertura vegetal son especies autóctonas. Asimismo, son
especies que pueden encontrarse en viveros, y de escaso o nulo mantenimiento. Se han
elegido básicamente las especies que se relacionan a continuación: Carballo (Quercus
robur), Rusco (Ruscus aculeatus), Espino blanco (Crataegus monogyna). Las
actuaciones se llevarán a cabo en 4 zonas: Zona 1. Taludes de terraplén de la EDAR;
Zona 2. Zonas verdes interiores de la EDAR; Zona 3. Instalaciones auxiliares; Zona 4.
Frente de la EDAR con la carretera.
Por otra parte, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio
Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de
Galicia ha recomendado desmantelar la EDAR actual, aunque sea de titularidad privada,
con el fin de evitar construcciones industriales que alteren y deterioren el paisaje de la
zona, así como restaurar la parcela en la medida de lo posible.
A este respecto el promotor ha indicado que no es objeto del proyecto el
desmantelamiento de la nave industrial ni la restauración de la parcela donde está
ubicada la EDAR actual, que podrá seguir siendo utilizada por su propietario en el marco
industrial en el que se encuentra ubicada. En el caso en que se considere el desmontaje
y retirada de los equipos electromecánicos que contiene, deberá de ser el explotador
actual quien se encargue de la gestión de los residuos que pudieran existir dentro de las
obligaciones propias de su actividad.
La documentación ambiental incluye una memoria de prospección arqueológica,
donde se recoge una ficha de cada uno de los 11 bienes culturales inventariados en el
entorno de actuación (fábricas, casas, jardín, escuela, hórreo, chimenea, muelle, etc. de
adscripción cultural contemporánea) destacándose la presencia en la zona de elementos
arquitectónicos y etnográficos relacionados con la arquitectura industrial conservera. El
elemento más próximo es el muelle de Pau (a 18 metros de las obras más cercanas).
Además, el promotor establece una serie de medidas preventivas y correctoras entre las
que destacan la realización del proyecto, control y seguimiento por arqueólogos
acreditados con proyecto autorizado por el organismo competente, seguimiento de los
desbroces, comunicación inmediata de cualquier evidencia arqueológica, etc.
cve: BOE-A-2021-21287
Verificable en https://www.boe.es
Patrimonio cultural.
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159658
instalaciones auxiliares, rastrillado, escarificado, aporte y reutilización de tierra vegetal
(ajardinamiento y restauración de taludes), plantación de especies arbóreas y arbustivas,
siembras, etc. No obstante, a instancia de lo solicitado por la Dirección General de
Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consejería de Medio
Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia, adicionalmente se adoptará
medidas para evitar la presencia y expansión de especies alóctonas mediante la elección
de especies autóctonas y se prestará especial atención en la elección de la mezcla para
la siembra de los taludes. Además, se contempla la realización de una prospección del
ámbito de trabajo para identificar y erradicar invasoras antes de los trabajos, así como
incorporar al manual de buenas prácticas las fichas de las especies invasoras presentes
en la zona.
Por su parte, el Instituto de Estudios del Territorio de la Consellería de Medio
Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia ha indicado que la nueva EDAR
puede provocar una incidencia en el paisaje, por lo que recomienda la aplicación de
medidas en cuanto al acabado de la edificaciones e instalaciones, plantaciones con
especies propias del lugar con una disposición semejante a la actual, y apantallamientos
visuales de la actuación.
El promotor ha señalado que las edificaciones proyectadas cumplen las indicaciones
que contiene la Guía de colores y materiales de Galicia (Tomo VIII. Rías Baixas).
De igual modo, se indica que las especies arbóreas y arbustivas que se emplearán
en la recuperación de la cobertura vegetal son especies autóctonas. Asimismo, son
especies que pueden encontrarse en viveros, y de escaso o nulo mantenimiento. Se han
elegido básicamente las especies que se relacionan a continuación: Carballo (Quercus
robur), Rusco (Ruscus aculeatus), Espino blanco (Crataegus monogyna). Las
actuaciones se llevarán a cabo en 4 zonas: Zona 1. Taludes de terraplén de la EDAR;
Zona 2. Zonas verdes interiores de la EDAR; Zona 3. Instalaciones auxiliares; Zona 4.
Frente de la EDAR con la carretera.
Por otra parte, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio
Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de
Galicia ha recomendado desmantelar la EDAR actual, aunque sea de titularidad privada,
con el fin de evitar construcciones industriales que alteren y deterioren el paisaje de la
zona, así como restaurar la parcela en la medida de lo posible.
A este respecto el promotor ha indicado que no es objeto del proyecto el
desmantelamiento de la nave industrial ni la restauración de la parcela donde está
ubicada la EDAR actual, que podrá seguir siendo utilizada por su propietario en el marco
industrial en el que se encuentra ubicada. En el caso en que se considere el desmontaje
y retirada de los equipos electromecánicos que contiene, deberá de ser el explotador
actual quien se encargue de la gestión de los residuos que pudieran existir dentro de las
obligaciones propias de su actividad.
La documentación ambiental incluye una memoria de prospección arqueológica,
donde se recoge una ficha de cada uno de los 11 bienes culturales inventariados en el
entorno de actuación (fábricas, casas, jardín, escuela, hórreo, chimenea, muelle, etc. de
adscripción cultural contemporánea) destacándose la presencia en la zona de elementos
arquitectónicos y etnográficos relacionados con la arquitectura industrial conservera. El
elemento más próximo es el muelle de Pau (a 18 metros de las obras más cercanas).
Además, el promotor establece una serie de medidas preventivas y correctoras entre las
que destacan la realización del proyecto, control y seguimiento por arqueólogos
acreditados con proyecto autorizado por el organismo competente, seguimiento de los
desbroces, comunicación inmediata de cualquier evidencia arqueológica, etc.
cve: BOE-A-2021-21287
Verificable en https://www.boe.es
Patrimonio cultural.