III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21287)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Nueva EDAR de A Illa de Arousa (Pontevedra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159654
proyecta la actuación se localiza en la gran área paisajística de Rías Baixas, en la
comarca paisajística de Umia-O Salnés, en la unidad de paisaje 06-03-320 «Illa de
Arousa e arquipélago de Rúa e os Guidoiros».
Por último, en cuanto al patrimonio cultural, arquitectónico, arqueológico y
etnográfico, se han inventariado una serie de bienes culturales en el entorno de la
actuación, donde se pone de manifiesto el carácter industrial del mismo, pues de los 11
bienes culturales inventariados, 5 son de tipología industrial, asociadas a la
transformación de productos del mar, como las conservas y la salazón. La zona
estudiada comprende la superficie de ocupación del proyecto más una franja de 200 de
diámetro entorno a ésta.
c)
Características del potencial impacto.
La EDAR en servicio de A Illa de Arousa presenta limitaciones al estar construida
hace veinte años, presentando importantes déficits, tanto de capacidad como de
tratamiento. Adicionalmente, el actual sistema de desbaste genera problemas de
colmatación provocados por la entrada de agua sin debastar a la cámara de bombeo.
Por lo tanto, el proyecto contribuirá a la mejora de la depuración de las aguas residuales
y a la reducción del riesgo de vertidos incontrolados, lo que supondrá beneficios
ambientales.
El lugar donde realizarán las obras del proyecto no ostenta ninguna figura de
espacios naturales protegidos ni afectará a hábitats de interés comunitario. No obstante,
el promotor contempla el posible impacto debido a la cercanía del emplazamiento,
unos 40 metros, a la ZEPA «Espacio Marino de las Rías Baixas de Galicia» (ES0000499)
y Área Marina Protegida por el Convenio OSPAR. Por ello, ante la posibilidad de algún
episodio puntual de contaminación durante las obras, se contemplan las siguientes
medidas: la ejecución de una cuneta perimetral, la instalación de una balsa de
decantación para posibles sólidos arrastrados en suspensión y la colocación de barreras
de retención de sedimentos. En este sentido se ha pronunciado la Dirección Xeral de
Desenvolvemento Pesqueiro de la Consellería do Mar de la Xunta de Galicia que ha
indicado que, en la fase de construcción, y ante la proximidad de las obras a la línea de
costa, se pueden producir impactos en el medio marino y la afección sobre los recursos
pesqueros, marisqueros y acuícolas de la zona por resuspensión de partículas de polvo
y lixiviados derivados del acopio de materiales, agravándose esta potencial afección en
periodos lluviosos. Igualmente, este organismo alerta sobre los posibles vertidos
accidentales de grasas, aceites y combustibles. El promotor se ha comprometido a
disponer en toda la longitud de la cuneta de una barrera de retención de sedimentos
formada por fardos de paja o hierba hincados al terreno, que evitarán posibles
desbordamientos de la cuneta y el filtrado de sedimentos y sustancias peligrosas de
aguas torrenciales.
Además, el proyecto no requiere realizar actuaciones sobre el punto de vertido, y por
tanto se evitan actuaciones adicionales que puedan afectar al ZEC «Complejo Ons-O
Grove» (entorno a unos 1.380 m).
La Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia en su informe ha
concluido que no son previsibles efectos ambientales negativos derivados de las
actuaciones proyectadas, ya que se establecen medidas protectoras y correctoras
suficientes y adecuadas, así como un plan de vigilancia ambiental. Por otra parte, y dado
que se utiliza el mismo emisor submarino existente, sin realizar ninguna obra nueva o
modificación del mismo, puede concluirse que no se generarán nuevos impactos, y que
se mejorará la depuración de las aguas residuales y la reducción del riesgo de que se
produzcan desbordamientos y vertidos incontrolados. Por tanto, el proyecto debe mejorar
la calidad de las aguas marinas de la zona. Este organismo ha señalado que, a la vista
de los antecedentes, del análisis de la documentación y de los datos aportados por el
cve: BOE-A-2021-21287
Verificable en https://www.boe.es
Espacios Protegidos y Red Natura 2000.
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159654
proyecta la actuación se localiza en la gran área paisajística de Rías Baixas, en la
comarca paisajística de Umia-O Salnés, en la unidad de paisaje 06-03-320 «Illa de
Arousa e arquipélago de Rúa e os Guidoiros».
Por último, en cuanto al patrimonio cultural, arquitectónico, arqueológico y
etnográfico, se han inventariado una serie de bienes culturales en el entorno de la
actuación, donde se pone de manifiesto el carácter industrial del mismo, pues de los 11
bienes culturales inventariados, 5 son de tipología industrial, asociadas a la
transformación de productos del mar, como las conservas y la salazón. La zona
estudiada comprende la superficie de ocupación del proyecto más una franja de 200 de
diámetro entorno a ésta.
c)
Características del potencial impacto.
La EDAR en servicio de A Illa de Arousa presenta limitaciones al estar construida
hace veinte años, presentando importantes déficits, tanto de capacidad como de
tratamiento. Adicionalmente, el actual sistema de desbaste genera problemas de
colmatación provocados por la entrada de agua sin debastar a la cámara de bombeo.
Por lo tanto, el proyecto contribuirá a la mejora de la depuración de las aguas residuales
y a la reducción del riesgo de vertidos incontrolados, lo que supondrá beneficios
ambientales.
El lugar donde realizarán las obras del proyecto no ostenta ninguna figura de
espacios naturales protegidos ni afectará a hábitats de interés comunitario. No obstante,
el promotor contempla el posible impacto debido a la cercanía del emplazamiento,
unos 40 metros, a la ZEPA «Espacio Marino de las Rías Baixas de Galicia» (ES0000499)
y Área Marina Protegida por el Convenio OSPAR. Por ello, ante la posibilidad de algún
episodio puntual de contaminación durante las obras, se contemplan las siguientes
medidas: la ejecución de una cuneta perimetral, la instalación de una balsa de
decantación para posibles sólidos arrastrados en suspensión y la colocación de barreras
de retención de sedimentos. En este sentido se ha pronunciado la Dirección Xeral de
Desenvolvemento Pesqueiro de la Consellería do Mar de la Xunta de Galicia que ha
indicado que, en la fase de construcción, y ante la proximidad de las obras a la línea de
costa, se pueden producir impactos en el medio marino y la afección sobre los recursos
pesqueros, marisqueros y acuícolas de la zona por resuspensión de partículas de polvo
y lixiviados derivados del acopio de materiales, agravándose esta potencial afección en
periodos lluviosos. Igualmente, este organismo alerta sobre los posibles vertidos
accidentales de grasas, aceites y combustibles. El promotor se ha comprometido a
disponer en toda la longitud de la cuneta de una barrera de retención de sedimentos
formada por fardos de paja o hierba hincados al terreno, que evitarán posibles
desbordamientos de la cuneta y el filtrado de sedimentos y sustancias peligrosas de
aguas torrenciales.
Además, el proyecto no requiere realizar actuaciones sobre el punto de vertido, y por
tanto se evitan actuaciones adicionales que puedan afectar al ZEC «Complejo Ons-O
Grove» (entorno a unos 1.380 m).
La Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia en su informe ha
concluido que no son previsibles efectos ambientales negativos derivados de las
actuaciones proyectadas, ya que se establecen medidas protectoras y correctoras
suficientes y adecuadas, así como un plan de vigilancia ambiental. Por otra parte, y dado
que se utiliza el mismo emisor submarino existente, sin realizar ninguna obra nueva o
modificación del mismo, puede concluirse que no se generarán nuevos impactos, y que
se mejorará la depuración de las aguas residuales y la reducción del riesgo de que se
produzcan desbordamientos y vertidos incontrolados. Por tanto, el proyecto debe mejorar
la calidad de las aguas marinas de la zona. Este organismo ha señalado que, a la vista
de los antecedentes, del análisis de la documentación y de los datos aportados por el
cve: BOE-A-2021-21287
Verificable en https://www.boe.es
Espacios Protegidos y Red Natura 2000.