III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia. (BOE-A-2021-21296)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia, por la que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 23 de diciembre de 2021

Artículo 4.

Sec. III. Pág. 159705

Sede de la Conferencia Sectorial.

1. La Conferencia Sectorial tendrá su sede en el Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030 que, además, proveerá, cuanto sea necesario para el adecuado
funcionamiento de los servicios, de apoyo técnico a los miembros de la Conferencia
Sectorial y de gestión de su Secretaría.
2. La Conferencia Sectorial podrá celebrar sus sesiones en otro lugar o de forma
telemática cuando así se determine en la convocatoria.
TÍTULO II
Estructura
Artículo 5.

Órganos de la Conferencia Sectorial.

La Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia se estructurará en los siguientes
órganos:
a) El Pleno.
b) La Comisión Sectorial de Infancia y Adolescencia, como órgano de apoyo y
asesoramiento de carácter general.
c) Los Grupos de Trabajo que se constituyan.
Sección I.
Artículo 6.
1.
por:

El Pleno de la Conferencia Sectorial

Composición.

El Pleno de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia está constituido

a. Las personas titulares de las Consejerías de las Comunidades Autónomas que
tengan atribuidas las competencias en materia de políticas de protección y desarrollo de
la infancia y adolescencia;
b. Una persona representante de cada una de las Diputaciones Forales Vascas
designadas por ellas, una por cada uno de los Consells de las Islas Baleares y una por
cada Cabildo insular, con voz pero sin voto.
c. Una persona representante, con al menos rango de director/a general, del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, del Ministerio de Sanidad, del
Ministerio de Igualdad, del Ministerio de Justicia, del Ministerio del Interior, del Ministerio
de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y del Ministerio de Educación y
Formación Profesional, con voz pero sin voto.
d. La persona titular de la Dirección General de Derechos de la Infancia y
Adolescencia, con voz pero sin voto.
e. Las personas titulares de la Direcciones Generales del Instituto de la Juventud,
de la Diversidad Familiar y Servicios Sociales, de Derechos de las personas con
Discapacidad, con voz, pero sin voto.
f. Una persona representante de la Federación Española de Municipios y Provincia,
que deberá ser cargo electo.

cve: BOE-A-2021-21296
Verificable en https://www.boe.es

a) Presidencia: corresponderá a la persona titular del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, que ostenta también la Presidencia de la Conferencia Sectorial.
b) Vicepresidencia primera: una de las personas titulares de los Consejerías de las
Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y de Melilla.
c) Vicepresidencia segunda: la persona titular del Alto Comisionado contra la
Pobreza infantil, con voz pero sin voto.
d) Vocales: