III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Variedades comerciales de plantas. (BOE-A-2021-21286)
Orden APA/1437/2021, de 16 de diciembre, por la que se modifican los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y XIV del Reglamento general del registro de variedades comerciales, aprobado por el Real Decreto 170/2011 de 11 de febrero; el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de cereales, aprobado por Orden ARM/3368/2010, de 27 de diciembre; el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de plantas forrajeras, aprobado por Orden ARM/3370/2010, de 27 de diciembre; y el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de sorgo, aprobado por Orden ARM/3374/2010, de 27 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 23 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159634

El contenido del presente proyecto se ajusta a los principios contemplados en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y
eficacia, pues se trata del instrumento más adecuado para garantizar que la normativa
se aplica de un modo homogéneo en todo el territorio nacional, garantizando de este
modo el interés general. También se adecúa al principio de proporcionalidad, pues no
existe otra alternativa menos restrictiva de derechos o que imponga menos obligaciones
a los destinatarios. Por lo que respecta a los principios de seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia, esta norma se adecúa a los mismos pues es coherente con el
resto del ordenamiento jurídico, y se ha procurado la participación de las partes
interesadas, evitando cargas administrativas.
En la elaboración de la presente orden se ha consultado a las comunidades
autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.
En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:
Artículo primero. Modificación de los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y XIV del
Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales, aprobado por el Real
Decreto 170/2011, de 11 de febrero.
Los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y XIV del Reglamento General del Registro de
Variedades Comerciales, aprobado por el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero,
quedan modificados como sigue:
Uno.

El anexo I queda modificado como sigue:

a) En el apartado 1, se modifican los taxones botánicos de algunas especies,
quedando modificadas como sigue:
«Trigo: Triticum aestivum L. subsp. aestivum.
Trigo duro: Triticum turgidum L. subsp. durum (Desf.) van Slageren.
Trigo espelta: Triticum aestivum L. subsp. spelta (L.) Thell.»
b) En el apartado 6 se modifica su primer párrafo, así como los datos
correspondientes a las especies del mismo que se señalan a continuación, con el
siguiente texto:
«6.

Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.

Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que, con
anterioridad al 1 de enero de 2022, hayan iniciado los exámenes oficiales para su
admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si
cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su
caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el
examen técnico.
Especies que cumplen con los protocolos de examen de la OCVV(1):
Denominación común

Protocolo

Avena nuda L.

Avena desnuda, avena descascarillada.

TP 20/3 de 6.03.2020.

Avena sativa L. (incluye A. byzantina K.
Koch).

Avena y avena roja.

TP 20/3 de 6.03.2020.

Hordeum vulgare L.

Cebada.

TP 19/5 de 19.03.2019.

Oryza sativa L.

Arroz.

TP 16/3 de 01.10.2015.

Secale cereale L.

Centeno.

TP 58/1 de 31.10.2002.

Triticum aestivum L. subsp. aestivum.

Trigo.

TP 3/5 de 19.3.2019.

cve: BOE-A-2021-21286
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Nombre científico