III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Variedades comerciales de plantas. (BOE-A-2021-21286)
Orden APA/1437/2021, de 16 de diciembre, por la que se modifican los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y XIV del Reglamento general del registro de variedades comerciales, aprobado por el Real Decreto 170/2011 de 11 de febrero; el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de cereales, aprobado por Orden ARM/3368/2010, de 27 de diciembre; el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de plantas forrajeras, aprobado por Orden ARM/3370/2010, de 27 de diciembre; y el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de sorgo, aprobado por Orden ARM/3374/2010, de 27 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Nombre científico
Denominación común
Sec. III. Pág. 159635
Protocolo
Triticum turgidum L. subsp. Durum (Desf.)
van Slageren.
Trigo duro.
xTriticosecale Wittm. ex A. Camus.
Híbridos resultantes del cruce de una especie del género Triticum
TP 121/2 rev.1 de 16.2.2011.
con una especie del género Secale.
(1)
TP 120/3 de 19.3.2014.
El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).»
Dos. En el apartado 6 del anexo II, se modifica su primer párrafo, así como los
datos correspondientes a las especies del mismo que se señalan a continuación, con el
siguiente texto:
«6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.
Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que, con
anterioridad al 1 de enero de 2022, hayan iniciado los exámenes oficiales para su
admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si
cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su
caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el
examen técnico.
Especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV(2):
Nombre científico
Beta vulgaris L.
(2)
Denominación común
Remolacha forrajera.
Protocolo
TG/150/3 de 4.11.1994.
El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»
Tres.
El anexo III queda modificado como sigue:
a) En el apartado 1, se modifican los taxones botánicos de algunas especies,
quedando modificadas como sigue:
«Sorgo: Sorghum bicolor (L.) Moench subsp. bicolor.
Pasto del Sudán: Sorghum bicolor (L.) Moench subsp. drummondii (Steud.) de
Wet ex Davidse.
Híbridos de Sorgo x Pasto del Sudán: Sorghum bicolor (L.) Moench subsp.
bicolor x Sorghum bicolor (L.) Moench subsp. drummondii (Steud.) de Wet ex
Davidse.»
b) En el apartado 6 se modifica su primer párrafo, así como los datos
correspondientes a las especies del mismo que se señalan a continuación, con el
siguiente texto:
Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que, con
anterioridad al 1 de enero de 2022, hayan iniciado los exámenes oficiales para su
admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si
cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su
caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el
examen técnico.
Especies que cumplen con los protocolos de examen de la OCVV(1):
Nombre científico
Zea mays L. (partim).
Denominación común
Maíz.
Protocolo
TP 2/3 de 11.03.2010.
cve: BOE-A-2021-21286
Verificable en https://www.boe.es
«6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.
Núm. 306
Jueves 23 de diciembre de 2021
Nombre científico
Denominación común
Sec. III. Pág. 159635
Protocolo
Triticum turgidum L. subsp. Durum (Desf.)
van Slageren.
Trigo duro.
xTriticosecale Wittm. ex A. Camus.
Híbridos resultantes del cruce de una especie del género Triticum
TP 121/2 rev.1 de 16.2.2011.
con una especie del género Secale.
(1)
TP 120/3 de 19.3.2014.
El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).»
Dos. En el apartado 6 del anexo II, se modifica su primer párrafo, así como los
datos correspondientes a las especies del mismo que se señalan a continuación, con el
siguiente texto:
«6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.
Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que, con
anterioridad al 1 de enero de 2022, hayan iniciado los exámenes oficiales para su
admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si
cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su
caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el
examen técnico.
Especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV(2):
Nombre científico
Beta vulgaris L.
(2)
Denominación común
Remolacha forrajera.
Protocolo
TG/150/3 de 4.11.1994.
El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»
Tres.
El anexo III queda modificado como sigue:
a) En el apartado 1, se modifican los taxones botánicos de algunas especies,
quedando modificadas como sigue:
«Sorgo: Sorghum bicolor (L.) Moench subsp. bicolor.
Pasto del Sudán: Sorghum bicolor (L.) Moench subsp. drummondii (Steud.) de
Wet ex Davidse.
Híbridos de Sorgo x Pasto del Sudán: Sorghum bicolor (L.) Moench subsp.
bicolor x Sorghum bicolor (L.) Moench subsp. drummondii (Steud.) de Wet ex
Davidse.»
b) En el apartado 6 se modifica su primer párrafo, así como los datos
correspondientes a las especies del mismo que se señalan a continuación, con el
siguiente texto:
Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que, con
anterioridad al 1 de enero de 2022, hayan iniciado los exámenes oficiales para su
admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si
cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su
caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el
examen técnico.
Especies que cumplen con los protocolos de examen de la OCVV(1):
Nombre científico
Zea mays L. (partim).
Denominación común
Maíz.
Protocolo
TP 2/3 de 11.03.2010.
cve: BOE-A-2021-21286
Verificable en https://www.boe.es
«6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.