I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-21096)
Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 156806
líneas de apoyo a los nuevos modelos de negocio y proyectos de renovables
innovadoras previstas en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación
Económica (PERTE) de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento
(ERHA), aprobado por el Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2021.
En primer lugar, es necesario acelerar la mejora de las capacidades de investigación
y desarrollo en tecnologías marinas, en línea la «Hoja de Ruta para el desarrollo de la
Eólica Marina y de las Energías del Mar en España» aprobada por el Consejo de
Ministros de 10 de diciembre de 2021. Esta hoja de ruta fija entre sus objetivos
principales convertir a nuestro país en polo de referencia europeo para el desarrollo
tecnológico y de I+D para el diseño, escalado y demostración de nuevas tecnologías en
este ámbito. Por ello, para permitir la instalación de prototipos experimentales hasta la
aprobación por el Gobierno de un nuevo marco normativo en desarrollo de lo previsto en
la citada Hoja de Ruta, se exceptúa de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición
adicional tercera del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan
medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de
energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua, a
las nuevas solicitudes de autorización administrativa para aquellas instalaciones de
generación eólicas marinas que ya cuenten con autorización administrativa previa o que
se refieran a la infraestructura destinada a la investigación y el desarrollo, incluida las
infraestructuras necesarias de evacuación eléctrica.
En segundo lugar, se modifica la legislación de los bancos de prueba regulatorios
para dotar a su regulación y procedimiento de convocatoria de la flexibilidad requerida
por este tipo de iniciativas.
VII
La apuesta del Gobierno por el impulso de la política de empleo requiere, de manera
urgente, que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como responsable, dentro del
Ministerio de Trabajo y Economía Social, de la ordenación, desarrollo y seguimiento de
los programas y medidas de la política de empleo, cuente con unos recursos humanos
suficientes y adecuados para hacer frente a los retos planteados en el marco de las
reformas estructurales de nuestro país.
El Servicio Público de Empleo Estatal ejerce funciones esenciales y prioritarias para
nuestra sociedad. Esto se ha hecho especialmente evidente durante la pandemia de la
COVID-19, en la que este Organismo ha sido uno de los pilares principales para el
mantenimiento de las empresas y de las personas que se han visto afectadas por las
restricciones que ha sido necesario adoptar para proteger la salud de la ciudadanía.
El sobreesfuerzo de las empleadas y empleados del SEPE durante este periodo ha
posibilitado hacer frente al ingente número de Expedientes de Regulación Temporal de
Empleo, que se han tramitado desde el comienzo de la pandemia. Por ello, como
servicio público fundamental, debe contar, de manera urgente, con los medios suficientes
y necesarios que le permitan prestar un servicio público de calidad.
Además, en los últimos años, la plantilla del personal funcionario en el SEPE se ha visto
reducida como consecuencia de jubilaciones y de cambios de destino, que en el seno del
organismo dan un saldo negativo. Desde diciembre de 2010 a diciembre de 2020 se ha
pasado de 7.002 efectivos a 4.913, en lo referente al personal funcionario de carrera, con
una pérdida total en dicho periodo de 2.089 efectivos estructurales. Por su parte, en el
periodo 2018-2020 han salido del Organismo por cambio de destino, excedencias o
renuncias 321 personas, y se han incorporad, por cambio de destino, 101 personas.
Esta situación ha provocado una escasez de personal que está teniendo un impacto
en la capacidad del Organismo para ofrecer los servicios que le corresponden.
Además, la carencia de personal ha llevado a un incremento de la carga de trabajo
constante en los últimos años, acrecentado por el incremento extraordinario de
procedimientos como consecuencia de la pandemia desde abril de 2020.
cve: BOE-A-2021-21096
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 156806
líneas de apoyo a los nuevos modelos de negocio y proyectos de renovables
innovadoras previstas en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación
Económica (PERTE) de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento
(ERHA), aprobado por el Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2021.
En primer lugar, es necesario acelerar la mejora de las capacidades de investigación
y desarrollo en tecnologías marinas, en línea la «Hoja de Ruta para el desarrollo de la
Eólica Marina y de las Energías del Mar en España» aprobada por el Consejo de
Ministros de 10 de diciembre de 2021. Esta hoja de ruta fija entre sus objetivos
principales convertir a nuestro país en polo de referencia europeo para el desarrollo
tecnológico y de I+D para el diseño, escalado y demostración de nuevas tecnologías en
este ámbito. Por ello, para permitir la instalación de prototipos experimentales hasta la
aprobación por el Gobierno de un nuevo marco normativo en desarrollo de lo previsto en
la citada Hoja de Ruta, se exceptúa de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición
adicional tercera del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan
medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de
energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua, a
las nuevas solicitudes de autorización administrativa para aquellas instalaciones de
generación eólicas marinas que ya cuenten con autorización administrativa previa o que
se refieran a la infraestructura destinada a la investigación y el desarrollo, incluida las
infraestructuras necesarias de evacuación eléctrica.
En segundo lugar, se modifica la legislación de los bancos de prueba regulatorios
para dotar a su regulación y procedimiento de convocatoria de la flexibilidad requerida
por este tipo de iniciativas.
VII
La apuesta del Gobierno por el impulso de la política de empleo requiere, de manera
urgente, que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como responsable, dentro del
Ministerio de Trabajo y Economía Social, de la ordenación, desarrollo y seguimiento de
los programas y medidas de la política de empleo, cuente con unos recursos humanos
suficientes y adecuados para hacer frente a los retos planteados en el marco de las
reformas estructurales de nuestro país.
El Servicio Público de Empleo Estatal ejerce funciones esenciales y prioritarias para
nuestra sociedad. Esto se ha hecho especialmente evidente durante la pandemia de la
COVID-19, en la que este Organismo ha sido uno de los pilares principales para el
mantenimiento de las empresas y de las personas que se han visto afectadas por las
restricciones que ha sido necesario adoptar para proteger la salud de la ciudadanía.
El sobreesfuerzo de las empleadas y empleados del SEPE durante este periodo ha
posibilitado hacer frente al ingente número de Expedientes de Regulación Temporal de
Empleo, que se han tramitado desde el comienzo de la pandemia. Por ello, como
servicio público fundamental, debe contar, de manera urgente, con los medios suficientes
y necesarios que le permitan prestar un servicio público de calidad.
Además, en los últimos años, la plantilla del personal funcionario en el SEPE se ha visto
reducida como consecuencia de jubilaciones y de cambios de destino, que en el seno del
organismo dan un saldo negativo. Desde diciembre de 2010 a diciembre de 2020 se ha
pasado de 7.002 efectivos a 4.913, en lo referente al personal funcionario de carrera, con
una pérdida total en dicho periodo de 2.089 efectivos estructurales. Por su parte, en el
periodo 2018-2020 han salido del Organismo por cambio de destino, excedencias o
renuncias 321 personas, y se han incorporad, por cambio de destino, 101 personas.
Esta situación ha provocado una escasez de personal que está teniendo un impacto
en la capacidad del Organismo para ofrecer los servicios que le corresponden.
Además, la carencia de personal ha llevado a un incremento de la carga de trabajo
constante en los últimos años, acrecentado por el incremento extraordinario de
procedimientos como consecuencia de la pandemia desde abril de 2020.
cve: BOE-A-2021-21096
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305