I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Cualificaciones profesionales. (BOE-A-2021-21112)
Real Decreto 1129/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI), en relación con el procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158672
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
La obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración General
del Estado será exigible a partir del 1 de julio de 2022.»
Doce.
Se añade una disposición adicional novena con la siguiente redacción:
«Disposición adicional novena. Tramitación electrónica de los procedimientos de
reconocimiento de cualificaciones profesionales en las Comunidades
Autónomas.
Las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas podrán
determinar aquellas personas físicas a las que se les podrá exigir relacionarse con
ellas obligatoriamente a través de medios electrónicos en los procedimientos de
reconocimiento de cualificaciones profesionales, de acuerdo con lo establecido en
los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.»
Trece. Se añade una disposición adicional décima con la siguiente redacción:
«Disposición adicional décima.
Sobre necesidades de profesionales sanitarios.
Previa justificación de los responsables de recursos humanos de los servicios
públicos de salud y atendiendo a las necesidades de profesionales sanitarios y
dificultades de cobertura de plazas, y según el procedimiento que determine el
órgano directivo competente del Ministerio de Sanidad, podrá priorizarse la
resolución de los expedientes de las titulaciones comprendidas en los apartados
en los puntos 5.1.1, 5.1.2, 5.2.2, 5.3.2, 5.4.2, 5.6.2, y 5.7.1 del anexo III, siempre
que reúnan las condiciones mínimas de formación previstas en los artículos 35,
36, 42, 46, 50, 52 y 59.»
Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
Los procedimientos que se hallaren en tramitación a la entrada en vigor del presente
real decreto se sustanciarán de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en el
momento en que se iniciaron.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este real decreto.
El Real Decreto 1101/2021, de 10 de diciembre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector para proyectos de innovación e
investigación orientados a la modernización de los servicios sociales y de los modelos de
atención y cuidado a personas mayores, a la infancia y a personas sin hogar, en el
cve: BOE-A-2021-21112
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1101/2021, de 10 de
diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades del
Tercer Sector para proyectos de innovación e investigación orientados a la
modernización de los servicios sociales y de los modelos de atención y cuidado a
personas mayores, a la infancia y a personas sin hogar, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158672
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
La obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración General
del Estado será exigible a partir del 1 de julio de 2022.»
Doce.
Se añade una disposición adicional novena con la siguiente redacción:
«Disposición adicional novena. Tramitación electrónica de los procedimientos de
reconocimiento de cualificaciones profesionales en las Comunidades
Autónomas.
Las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas podrán
determinar aquellas personas físicas a las que se les podrá exigir relacionarse con
ellas obligatoriamente a través de medios electrónicos en los procedimientos de
reconocimiento de cualificaciones profesionales, de acuerdo con lo establecido en
los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.»
Trece. Se añade una disposición adicional décima con la siguiente redacción:
«Disposición adicional décima.
Sobre necesidades de profesionales sanitarios.
Previa justificación de los responsables de recursos humanos de los servicios
públicos de salud y atendiendo a las necesidades de profesionales sanitarios y
dificultades de cobertura de plazas, y según el procedimiento que determine el
órgano directivo competente del Ministerio de Sanidad, podrá priorizarse la
resolución de los expedientes de las titulaciones comprendidas en los apartados
en los puntos 5.1.1, 5.1.2, 5.2.2, 5.3.2, 5.4.2, 5.6.2, y 5.7.1 del anexo III, siempre
que reúnan las condiciones mínimas de formación previstas en los artículos 35,
36, 42, 46, 50, 52 y 59.»
Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
Los procedimientos que se hallaren en tramitación a la entrada en vigor del presente
real decreto se sustanciarán de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en el
momento en que se iniciaron.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este real decreto.
El Real Decreto 1101/2021, de 10 de diciembre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector para proyectos de innovación e
investigación orientados a la modernización de los servicios sociales y de los modelos de
atención y cuidado a personas mayores, a la infancia y a personas sin hogar, en el
cve: BOE-A-2021-21112
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1101/2021, de 10 de
diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades del
Tercer Sector para proyectos de innovación e investigación orientados a la
modernización de los servicios sociales y de los modelos de atención y cuidado a
personas mayores, a la infancia y a personas sin hogar, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.